Periódico Oficial del Estado de México del día 08/04/2022 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Viernes 8 de abril de 2022

Sección Segunda
Tomo: CCXIII No. 66

Lo anterior, sin dejar de salvaguardar el derecho humano de acceso a la cultura física y deporte, a través de las dependencias de la administración municipal.
e
Dar seguimiento a las observaciones y recomendaciones formuladas por el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, a través de las Contralorías de los Municipios del Estado de México conforme a sus atribuciones establecidas en la normatividad vigente.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- En términos de los artículos 61, fracciones XXXII, XXXIII, XXXIV y XXXV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2 fracción VIII, 8 fracción XIV, 31 fracción XI, 53, 54 y 54 Bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; 11 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 12 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios; y 95 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, en uso de sus atribuciones legales, continuará con los procesos de atención a recomendaciones y de aclaración y solventación de observaciones derivadas de la fiscalización de las Cuentas Públicas de las Entidades Municipales.

ARTÍCULO OCTAVO.- La revisión, fiscalización y calificación de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2020, de los Ayuntamientos del Estado de México, Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia, Organismos Descentralizados Operadores de Agua, Institutos Municipales de Cultura Física y Deporte, Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango, Instituto Municipal de la Mujer de Toluca y del Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal para el Mantenimiento de Vialidades de Cuautitlán Izcalli MAVICI, no implica liberación de responsabilidades que pudieran llegarse a determinar con posterioridad por las autoridades de control y/o fiscalización federales o estatales que efectúen en el ámbito de su competencia; o bien, de aquellas que pudieran resultar de diversas auditorías o revisiones que en ejercicio de sus atribuciones realice este órgano técnico, al mismo período o períodos diferentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y otras disposiciones jurídicas aplicables.

ARTÍCULO NOVENO.- Con la finalidad de dar seguimiento en la evolución de las acciones llevadas a cabo respecto a las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal del año 2020, de los Ayuntamientos del Estado de México, Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia, Organismos Descentralizados Operadores de Agua, Institutos Municipales de Cultura Física y Deporte, Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango, Instituto Municipal de la Mujer de Toluca y del Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal para el Mantenimiento de Vialidades de Cuautitlán Izcalli MAVICI, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México deberá enviar a la Comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización informes trimestrales del avance de la solventación o acciones realizadas por éste respecto de las recomendaciones, solicitudes de aclaración, pliegos de observaciones y promociones de responsabilidad administrativa; así como la información cualitativa y cuantitativa de los avances de los resultados de la fiscalización del ejercicio 2020.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil veintidós.

COMISIÓN DE VIGILANCIA DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN.- PRESIDENTA.- DIP. EVELYN OSORNIO
JIMÉNEZ.- RÚBRICA.- SECRETARIO.- DIP. ROMÁN FRANCISCO CORTÉS LUGO.- RÚBRICA.- PROSECRETARIA.DIP. MARÍA LUISA MENDOZA MONDRAGÓN.- RÚBRICA.- MIEMBROS.- DIP. ENRIQUE VARGAS DEL VILLAR.RÚBRICA.- DIP. DIP. MARTÍN ZEPEDA HERNÁNDEZ.- RÚBRICA.- DIP. RIGOBERTO VARGAS CERVANTES.RÚBRICA.- DIP. SERGIO GARCÍA SOSA.- RÚBRICA.- DIP. OMAR ORTEGA ÁLVAREZ.- RÚBRICA.- DIP. KARINA
LABASTIDA SOTELO.- RÚBRICA.- DIP. AZUCENA CISNEROS COSS.- RÚBRICA.- DIP. DANIEL ANDRÉS SIBAJA
GONZÁLEZ.- RÚBRICA.- DIP. JESÚS GERARDO IZQUIERDO ROJAS.- RÚBRICA.- DIP. ISAAC MARTÍN MONTOYA
MÁRQUEZ.- RÚBRICA.- DIP. GUILLERMO ZAMACONA URQUIZA.- RÚBRICA.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 08/04/2022 (Sección Segunda)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaysMexique

Date08/04/2022

Page count108

Edition count4517

Première édition04/01/2000

Dernière édition11/06/2024

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