Periódico Oficial del Estado de México del día 17/08/2023 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Jueves 17 de agosto de 2023

1.

Sección Primera
6.5.

Procedimiento de patrullaje preventivo
6.6.

Procedimiento de patrullaje disuasivo
6.7.

Procedimiento de patrullaje reactivo
6.8.

Patrullaje en vehículo
6.9.

Patrullaje pie tierra
7.

Sanciones
8.

Firmas
9.

Anexos
Tomo: CCXVI No. 29

INTRODUCCIÓN

La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional propone fortalecer los derechos y obligaciones contenidos en otras convenciones internacionales y proveer un marco jurídico en los casos en que los estados no cuenten con tratados específicos en la materia.
En los principios rectores en materia de prevención del delito y justicia penal en el contexto del desarrollo y un nuevo orden económico internacional, de las Naciones Unidas, se aconseja promover e intensificar la participación de la comunidad en todas las fases de la prevención del delito y de la justicia penal.
De modo análogo, el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer Cumplir la Ley de las Naciones Unidas afirma que todo órgano encargado de hacer cumplir la ley debe ser representativo de la comunidad y en su conjunto, responder a sus necesidades y rendirle cuentas.
El Manual Ampliado de Derechos Humanos para la Policía, emitido por la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, puntualiza que como práctica de los derechos humanos, todos los funcionarios de policía deben aumentar los patrullajes y las medidas preventivas en las zonas de alta frecuencia delictiva.
Ahora bien, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en este ordenamiento jurídico.
Además, que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública menciona que dicho ordenamiento, es reglamentario del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Seguridad Pública y tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como establecer la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la federación, las entidades federativas y los municipios, en esta materia.
En este orden de ideas, el Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, prevé en su contenido que las policías de las entidades federativas tienen un papel fundamental en la vigilancia y patrullaje de los caminos estatales y en zonas rurales con poca cobertura municipal, es por ello que resulta indispensable asegurar la creación y/o el fortalecimiento de policías de caminos estatales, determinar su ámbito de actuación y facultades en materia de vialidad, que garanticen no solo la seguridad en la circulación de vehículos y personas en cada entidad, sino también la adecuada división de funciones y atribuciones con las policías municipales.
Aunado a lo anterior, la más reciente reforma constitucional en materia de seguridad estableció que la función de la seguridad pública a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios, tiene como finalidad salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación
3

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 17/08/2023 (Sección Primera)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaysMexique

Date17/08/2023

Page count168

Edition count5182

Première édition03/01/2000

Dernière édition23/05/2024

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