Periódico Oficial del Estado de México del día 01/06/2022 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Miércoles 1o. de junio de 2022

VIII.

Sección Primera
Tomo: CCXIII No. 98

Asesor Técnico, quién será el enlace de la Comisión Estatal, designado por la misma, con carácter presencial, teniendo derecho a voz.

Artículo 5. Los integrantes a que se refieren las fracciones I y III tendrán derecho a voz y voto, los demás sólo tendrán derecho a voz, la o el Presidente tendrá el voto de calidad en caso de empate.
Artículo 6. Las o los titulares del Comité Interno designarán a un suplente únicamente con causa debidamente justificada, con nivel jerárquico inmediato inferior, acreditando dicha representación mediante oficio dirigido al Enlace de Mejora Regulatoria previo a la celebración de la sesión correspondiente.
Los cargos de los integrantes del Comité Interno serán honoríficos.
CAPÍTULO TERCERO
De las Sesiones del Comité Interno Artículo 7. El Comité Interno sesionará por lo menos cuatro veces al año, de manera ordinaria en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre y de forma extraordinaria cuantas veces considere necesario el Enlace de Mejora Regulatoria para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, bajo las siguientes directrices:
I.
II.

III.
IV.
V.
VI.
VII.

Las sesiones ordinarias se celebrarán conforme al calendario que autorice el Comité Interno en la última sesión de trabajo;
Las sesiones ordinarias serán convocadas mediante documento impreso o por correo electrónico, con al menos cinco días hábiles de anticipación, a excepción de las extraordinarias, las cuales se harán del conocimiento con 24 horas de anticipación;
Las convocatorias deberán contener la fecha, lugar y hora de la sesión, así como el orden del día; en su caso, se incluirán los anexos sobre los asuntos a tratar;
Las sesiones del Comité Interno se celebrarán cuando exista quorum legal de la mitad más uno de sus integrantes. En caso contrario la sesión se declarará desierta y deberá convocarse a una sesión posterior;
Los acuerdos y determinaciones requerirán del voto de la mayoría de los miembros que puedan emitirlo;
Previo a la sesión ordinaria del Comité Interno, las y los integrantes deberán remitir a la o el Secretario Técnico, dentro de los tres días hábiles anteriores a la convocatoria, los asuntos que consideren deban ser tratados en la sesión, anexando soporte documental, a fin de ser integrados al orden del día.
En cada sesión del Comité Interno se redactará un acta en la que se asentarán los acuerdos tomados y aprobados, así como el seguimiento de los acuerdos de sesiones anteriores hasta su conclusión, firmándola quienes intervinieron en ella.
CAPÍTULO CUARTO
De las Atribuciones del Comité Interno
Artículo 8. El Comité Interno de Mejora Regulatoria del Banco de Tejidos del Estado de México tendrá las siguientes atribuciones:
I.
II.
III.
IV.
V.

VI.
VII.

Coordinar el proceso de Mejora Regulatoria y supervisar su cumplimiento, con base a la Ley, su Reglamento y los lineamientos que apruebe la Comisión Estatal.
Aprobar y dar seguimiento al Programa Anual de Mejora Regulatoria y la Agenda Regulatoria;
Aprobar el Análisis de Impacto Regulatorio, para su envío a la Comisión, con base en los estudios y diagnósticos que hubieren realizado para determinar el impacto y efectividad de las regulaciones cuya creación, reforma o eliminación se propone;
Participar en la elaboración de la Agenda Regulatoria;
Opinar sobre la necesidad de reformas legales o de cualesquiera otras disposiciones de carácter general vinculadas con el Banco de Tejidos del Estado de México que, a su juicio, sean necesarias para abonar a la desregulación, a la simplificación e integralidad del marco jurídico estatal y proponerlas a la Dirección General del Banco de Tejidos del Estado de México;
Participar en la revisión y evaluación permanente de la regulación interna, a efecto de contribuir al Proceso de Calidad Regulatoria, a la desregulación y la simplificación administrativa, que dé lugar a la prestación más eficiente y eficaz del servicio público;
Realizar las acciones de coordinación pertinentes con otras dependencias, cuando sea necesario establecer sistemas de Mejora Regulatoria;

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 01/06/2022 (Sección Primera)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaysMexique

Date01/06/2022

Page count68

Edition count5182

Première édition03/01/2000

Dernière édition23/05/2024

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