Periódico Oficial del Estado de México del día 12/06/2020 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
del Gobernador Oficina Oficina del Gobernador
LICENCIADO ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado de México, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 77, fracciones II, IV, XXVIII y LI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, y CONSIDERANDO
Que mediante Decreto número 41 de la H. LIV Legislatura del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 13 de diciembre de 2001, se expidió el Código Administrativo del Estado de México, en cuyo artículo 4.7 se establece el Consejo Consultivo Estatal de Turismo sustentable como un órgano colegiado, interinstitucional y plural de consulta, asesoría y opinión técnica de la Secretaría de Turismo.
Que el 24 de junio de 2013 se publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, el Reglamento Interior del Consejo Consultivo Estatal de Turismo Sustentable, en el cual se estableció su estructura y atribuciones para su debido funcionamiento.
Que por la importancia de órgano colegiado, es necesario contar con disposiciones reglamentarias acordes a la dinámica de la administración pública que establezcan la estructura y las atribuciones que permitan el adecuado funcionamiento del Consejo Consultivo Estatal de Turismo Sustentable, motivo por el cual se proponen las reformas a su Reglamento.
En estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este Acuerdo se encuentra debidamente firmado por la Secretaria de Turismo, Maestra Evelyn Osornio Jiménez.
En mérito de lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y
DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO
CONSULTIVO ESTATAL DE TURISMO SUSTENTABLE
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman el séptimo párrafo del artículo 2, el primer párrafo y los incisos b, c, d, e, f y g de la fracción III, los incisos a, b, c, d, e, f y g de la fracción IV, segundo y tercer párrafo del artículo 5, las fracciones VII y VIII del artículo 13, el primer párrafo del artículo 14, las fracciones I, II, IV y V del artículo 17, el primer párrafo del artículo 18 y las fracciones I, II, IV y V del artículo 20, se adicionan un octavo párrafo al artículo 2, los incisos h, i, j, k, l, m, n, o, p, q y r a la fracción IV del artículo 5, la fracción IX al artículo 13 y se derogan los incisos h, i, j y k a la fracción III del artículo 5, el segundo párrafo y sus fracciones I, II, III, IV y V y el tercer párrafo del artículo 18 del Reglamento Interior del Consejo Consultivo Estatal de Turismo Sustentable, para quedar como sigue:
Artículo 2.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 12/06/2020 (Sección Primera)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaysMexique

Date12/06/2020

Page count12

Edition count5162

Première édition03/01/2000

Dernière édition23/04/2024

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