Periódico Oficial del Estado de México del día 02/10/2018 (Sección Primera)

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 4

SEGUNDO.

2 de octubre de 2018

En acatamiento a los Artículos 5.38 Fracción X, incisos b y e del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; 56, 102, 105 y 110 del Reglamento del mismo Ordenamiento, deberá realizar las siguientes obras de urbanización al interior del Condominio, debiendo considerar como corresponda, en los proyectos ejecutivos y su construcción, las previsiones correspondientes a las personas con capacidades diferentes, conforme a las disposiciones correspondientes del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México, y Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Capacidades Diferentes:
A.

Red de distribución de agua potable y los sistemas para su ahorro.

B.

Red separada de drenaje pluvial y sanitario y los sistemas para su manejo y tratamiento, reúso o infiltración al subsuelo, según corresponda.

C.

Red de distribución de energía eléctrica.

D.

Red de alumbrado y sistemas de ahorro.

E.

Guarniciones y Banquetas.

F.

Pavimento en arroyo de calles, estacionamientos y andadores.

G.

Jardinería y Forestación.

H.

Sistema de nomenclatura para las vías privadas.

I.

Señalamiento Vial.

J.

Delimitación del lote objeto del Condominio con muros no menores a 2.20 metros de altura o con la propia edificación o con cualquier otra estructura acorde a la imagen del Conjunto Urbano.

K

Las áreas de uso común con pendiente de terreno deberán ser habilitadas para su mejor aprovechamiento.

L.

Deberá contemplar al menos la construcción de una caseta de vigilancia, contenedores de basura, tableros de control de energía eléctrica, gas y agua, entre otras.

Las obras de urbanización al interior del Condominio, deberán entregarse formalmente a su conclusión, previo cierre de la bitácora de supervisión, conforme hayan sido autorizadas y ofertadas, por medio de acta circunstanciada, por el Titular de la autorización al Comité de Administración del Condominio una vez constituido, debiéndose entregar asimismo copia de las autorizaciones y planos correspondientes. De no constituirse, se levantará el acta respectiva entre la autoridad municipal correspondiente y el desarrollador, quedando, sin mayor trámite el mantenimiento de las obras, bajo la responsabilidad de los Condóminos.
La operación y mantenimiento de la vía privada y obras de urbanización, así como los servicios urbanos al interior del Condominio correrá a cargo de los propios condóminos, a partir de que dichas obras y servicios hayan sido entregadas a la asociación de condóminos, de conformidad con el Artículo 105 último párrafo, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 02/10/2018 (Sección Primera)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaysMexique

Date02/10/2018

Page count36

Edition count5197

Première édition03/01/2000

Dernière édition21/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2018>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031