Periódico Oficial del Estado de México del día 19/09/2018 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

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19 de septiembre de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

CCVI
78

SECRETARÍA DEL TRABAJO
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL.
Antecedentes Con el objeto de atender la propuesta hecha por el Presidente de la República Lic. Enrique Peña Nieto; por la cual crea el Si stema Nacional Anticorrupción SNA, que presenta ocho acciones ejecutivas, puntualmente la número cuatro consistente en la necesidad de evolucionar los Códigos de Ética hacia Reglas de Integridad, con la convicción de trabajar con los distintos niveles y órd enes de gobierno; el Gobierno del Estado de México, impulsó una agenda común en temas de ética, transparencia y combate a la corrupción, publicando así el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los servidores públicos del Estado de México, las Reglas de Integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los Lineamientos Generales para propiciar su integridad a través de Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses, en el Periódico Oficial Gac eta del Gobierno, en fecha 30 de noviembre del 2015.
Que con el objetivo de fortalecer la ética, transparencia y prevención de la corrupción, al respecto, se señalan los 14 principios rectores, contenidos en el artículo 5 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios; asimismo, los 11
principios que todo servidor público deberá observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y las 10 directrices para la efectiva aplicación de dichos principios, contenidos en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, que den por resultado una conducta digna, generando condiciones que hagan posible la igualdad de oportunidades entre las personas, erradicando la discriminación y actos de violencia. Ambas disposiciones publicadas en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, en fecha 30 de mayo del 2017.
Así mismo, los entes públicos están, obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto y la actuación ética y responsable de cada servidor público.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, establece que es imprescindible contar con servidores públicos comprometidos, altamente productivos, que establezcan como prioridad la administración eficiente y transparente.
Que en este contexto, el Instituto de Capacitación y Adiestramiento para el Trabajo Industrial establece este Código de Conducta que puntualiza el comportamiento que espera de sus integrantes, a fin de coadyuvar a lograr los objetivos institucionales.
Que con el Código de Conducta, se promueve la identidad institucional, el valor del servicio público, la ética profesional y los valores comunes que comparten los servidores públicos del Instituto, siendo compromiso y obligatoriedad para todos ellos el aplicarlo.
Que el Código de Conducta es de observancia obligatoria para los servidores públicos del Instituto de Capacitación y Adiestramiento para el Trabajo Industrial, por lo que se encuentran obligados a la prestación de sus servicios bajo los princ ipios y valores que se encuentran en el Presente Código de Conducta para el Instituto de Capacitación y Adiestramiento para el Trabajo Industrial.
BASE LEGAL

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 73 fracción XXIV, 113 y 109 fracción III.
Ley del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 5.
Diario Oficial de la Federación "Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de los Servidores Públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses" del 20 de agosto de 2015.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, artículos 5, 77 fracciones II, XXVIII, XXXVIII y XLVIII, 130 y 137.
Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, artículo 5.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, artículos 2, 7, 8 y 38 Bis.
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, artículo 7.
"Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las Reglas de Integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los lineamientos generales para propiciar su integridad a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses." Publicado en Periódico Oficial, Gaceta del Gobierno, No. 106, de fecha 30 de noviembre de 2015.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 19/09/2018 (Sección Primera)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaysMexique

Date19/09/2018

Page count56

Edition count5195

Première édition03/01/2000

Dernière édition11/06/2024

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