Periódico Oficial del Estado de México del día 06/09/2017 (Sección Octava)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Octava)

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6 de septiembre de 2017

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

DOCTOR ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS
ARTÍCULOS 77, FRACCION IV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO, 2 Y 8 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017 precisa como un objetivo del Gobierno que presido, el establecimiento de una Gestión Gubernamental que genere resultados a través de la consolidación de un gobierno eficiente que busca proponer adecuaciones al marco jurídico estatal a fin de fortalecer su sistema democrático.
Que México ha avanzado en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Derechos Humanos. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo primero nos dice que en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que el Estado sea parte. Asimismo, refiere que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos, atendiendo principalmente a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad e igualdad.
De igual forma la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 5 refiere que en el Estado de México todos los individuos son iguales y tienen las libertades, derechos y garantías que la Constitución Federal, la Estatal, los Tratados Internacionales en materia de derechos fundamentales de los que el Estado Mexicano sea parte y las demás leyes del Estado y establecen la prohibición a toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Que el respeto a los derechos humanos es crucial en una democracia la cual conlleva a una sana convivencia, por lo que el Estado mexicano tiene el firme compromiso de lograr un Estado de paz, motivo por el cual el gobierno a mi cargo trabaja obligatoriamente en la prevención, investigación, reparación y sanción de las violaciones a los derechos humanos.
De lo anterior, surge la necesidad de crear un Programa Estatal de Derechos Humanos cuyos objetivos generales fortalezcan el cumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos, así como que incrementen la garantía en el ejercicio de los derechos mencionados de las personas que habitan y/o transitan por el territorio mexiquense e iniciar el desarrollo de una política de Estado en materia de Derechos Humanos, a través

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 06/09/2017 (Sección Octava)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Octava)

PaysMexique

Date06/09/2017

Page count8

Edition count109

Première édition31/03/2000

Dernière édition19/12/2018

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