Periódico Oficial del Estado de México del día 30/11/2017 (Sección Novena)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

Página 8

30 de noviembre de 2017

Para el caso de que las instancias ejecutoras no cumplan con lo establecido en el presente Lineamiento, la Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Dirección General de Programas Sociales, lo informará a sus órganos de control interno, a fin de que éstos procedan en términos de la normatividad correspondiente.
DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO
SÉPTIMO.- La Secretaría de Desarrollo Social integrará y administrará el padrón único de beneficiarios, de conformidad con la legislación aplicable y podrá constituirse como fuente de información estadística e histórica estatal sobre la materia, por lo que podrá emitir comentarios respecto de los padrones a cargo de las instancias ejecutoras, con relación a la información que éstas presenten para su integración.
DE LA ESTRUCTURA DEL PADRÓN ÚNICO
OCTAVO.- El padrón único de beneficiarios se conformará con la estructura establecida en el lineamiento CUARTO, de acuerdo con las características de cada programa de desarrollo social, de cada una de las instancias ejecutoras.
DE LA DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN
NOVENO.- Las instancias ejecutoras serán las responsables de tener permanentemente integrados, actualizados y disponibles, los padrones de beneficiarios de los programas de desarrollo social a su cargo, conforme al artículo 92, fracción XIV, inciso p de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.
DE LOS DATOS PERSONALES
DÉCIMO.- Los datos personales de los beneficiarios, que sean recabados por las instancias ejecutoras como requisitos para acceder a los programas de desarrollo social, serán protegidos y tratados en términos de lo que establece la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados en el Estado de México y Municipios, así como la demás normatividad aplicable de la materia.
DE LA INTERPRETACIÓN
DÉCIMO PRIMERO.- La Secretaría de Desarrollo Social, en el ámbito de su competencia, será la encargada de interpretar y atender los casos no previstos en los presentes Lineamientos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquense los presentes Lineamientos en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno y continuarán vigentes hasta en tanto no sean modificados o abrogados.
TERCERO.- Se abrogan los Lineamientos y Criterios para la Integración y Actualización de los Padrones de Beneficiarias/os y para la Administración del Padrón Único de los Programas de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de México, publicados en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, el 30 de noviembre de 2016.
Dado en el Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintinueve días del mes de noviembre de 2017.
LIC. FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 30/11/2017 (Sección Novena)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

PaysMexique

Date30/11/2017

Page count8

Edition count67

Première édition27/02/2004

Dernière édition19/12/2018

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