Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/1/2015

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 2

Periódico Oficial No. 3 Primera Sección, Enero 21 del 2015

LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO PRESUPUESTARIO Y CONTABLE DE LOS RECURSOS
DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA NÓMINA EDUCATIVA Y GASTO OPERATIVO.
El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, aprobó los siguientes:
Lineamientos para el registro presupuestario y contable de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo CONSIDERANDOS
Que el 9 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, respecto del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, por lo que es necesario establecer los lineamientos para el registro contable y presupuestario de los recursos.
Que de conformidad con el Art. 26 de la Ley de Coordinación Fiscal, la Federación apoyará a los Estados con los recursos necesarios para cubrir el pago de servicios personales correspondiente al personal que ocupa las plazas transferidas a los Estados, en el marco del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 1992 y los convenios que de conformidad con el mismo fueron formalizados con los Estados, que se encuentren registradas por la Secretaría de Educación Pública; por lo que los presentes lineamientos aplican sólo para el registro del pago de servicios personales con cargo al Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo.
Que de conformidad con el Art. 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, las aportaciones federales deberán registrarse como ingresos propios que deberán destinarse específicamente a los fines establecidos en la misma.
Que el 14 de octubre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determinan los mecanismos a través de los cuales se entregarán los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, correspondientes a la nómina del personal educativo que ocupa las plazas transferidas a las entidades federativas, en las localidades sin disponibilidad de servicios bancarios.
Que algunas entidades federativas cuentan con entidades de la administración pública paraestatal creadas para cumplir con funciones encomendadas a los servicios educativos estatales.
Por lo antes expuesto, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó los siguientes:

Lineamientos para el registro presupuestario y contable de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo Objeto Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los criterios para el registro presupuestario y contable de los recursos destinados al pago de servicios personales correspondiente al personal que ocupa las plazas transferidas a los Estados con cargo al del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal.
Ámbito de Aplicación Estos lineamientos son de observancia obligatoria para las entidades federativas y las entidades de la administración pública paraestatal de las entidades federativas, que administran y ejercen los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo.
Lineamientos para el registro 1.- Registro de los recursos, cuando en las entidades federativas la relación laboral sea a cargo de un ente público del sector paraestatal 1.1. Registro del Ingreso Estimado y Modificado por concepto de Aportaciones La entidad federativa deberá registrar el ingreso estimado al inicio del año con base en las disposiciones de la Ley de Ingresos de la Entidad Federativa.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/1/2015

TitrePeriódico Oficial de Tlaxcala

PaysMexique

Date21/01/2015

Page count30

Edition count516

Première édition12/01/2011

Dernière édition19/04/2023

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Enero 2015>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031