Periódico Oficial de Tlaxcala del 30/3/2022 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

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Periódico Oficial No. 13 Segunda Sección, Marzo 30 del 2022

Méndez, Araceli San Martin Aguilar, Mariana Rojas Franco, Ana Laura Muñoz Cadena, Geovanny Covarrubias González y Guillermo González Guevara, integrantes de la Dirección Jurídica, todo ello, fundado en lo dispuesto por los artículos 2, 3, 33
fracciones I y XLVIII; 42 fracciones II, III
y XII de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, en relación con los preceptos 9 de la vigente Ley de Amparo; 98, 99 de la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, 33 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, 2168, 2169, 2170, 2174, 2175, 2178 del Código Civil para el Estado de Tlaxcala, y con el propósito especifico de que tales profesionistas de manera conjunta o por separado, en nombre y representación del Municipio y/o Ayuntamiento de Apizaco, Tlaxcala, puedan comparecer ante cualquier autoridad judicial, jurisdiccional o ministerial, de tal forma que la representación legal sea asumida con las formalidades y lineamientos correspondientes ante las autoridades administrativas, laborales, penales, civiles, fiscales, agrarias, de amparo, y cualquier otra que sea su naturaleza, ya sea a nivel Federal, Estatal o Municipal, con el objeto de defender los intereses de este Honorable Ayuntamiento del Municipio de Apizaco, Tlaxcala, con toda la suma de facultades que en derecho proceda, que de manera enunciativa pero no limitativa consistirán en: asistir al desahogo de cualquier tipo de audiencias, promuevan y contesten las demandas, denuncias o querellas que interesen o se entablen en contra del Ayuntamiento Municipal, oponiendo en tal caso, las excepciones y defensas procedentes, contesten las reconvenciones planteadas, ofrezcan y desahoguen toda clase de pruebas conforme al marco legal aplicable a la materia que se trate, articulen y absuelvan posiciones, formulen y contesten interrogatorios, nombren, interroguen y tachen testigos, repregunten a los de la contraparte, nombren peritos, los interroguen, ofrezcan cuestionario de puntos concretos a analizar en la prueba
pericial, objeten el nombramiento de peritos y sus conclusiones, redarguyan de falsos si lo fueren, los documentos que exhiba la parte contraria, ofrezcan interrogatorio de puntos concretos a inspeccionar, atraigan cualquier medio tecnológico o científico para mejor proveer y demás medios de convicción establecidos y permitidos por ley, formulen alegatos, promuevan todo tipo de incidentes, interpongan los recursos ordinarios y extraordinarios correspondientes, y en carácter especial derivado de la materia en que se actúe, promuevan Juicio de Amparo Directo o Indirecto, promuevan cualquier tipo de demanda, ratifiquen o restrinjan el escrito de queja durante el período de arbitraje, recusen a los servidores públicos que impartan justicia cuando estos estuviesen impedidos conforme a la ley, pidan la inejecución de sentencias o laudos, comparezcan a los embargos, asistan a las almonedas y remates, presenten formal denuncia o querella, coadyuven con el Ministerio Publico en la investigación de los delitos y apoyen en la integración de las carpetas de investigación, se impongan de sus actuaciones, intervengan en medios alternativos de solución de controversia, justicia restaurativa, formas de terminación anticipada y demás determinaciones del ministerio público y/o fiscal general, intervengan en audiencias penales ante los jueces de control, así como ante los jueces y tribunales de juicio oral y en general realicen todas las promociones y actos que favorezcan los intereses del Ayuntamiento de Apizaco, Tlaxcala, sin limitación alguna, para lo cual deberá ratificarse desde este momento lo que efectúen en ejercicio de la presente delegación de facultades con efectos de poder general para pleitos y cobranzas y actos de representación legal.
Por lo que, expuestos diversos comentarios por los miembros del Cabildo, desahogado el punto y con fundamento en los artículos 2, 3, 33 fracciones I y XLVIII; 42 fracciones II, III y XII de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, 9 de la vigente Ley de Amparo;
98 y 99 de la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 30/3/2022 - Sección 2

TitrePeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaysMexique

Date30/03/2022

Page count8

Edition count441

Première édition12/01/2011

Dernière édition19/04/2023

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