Periódico Oficial de Tlaxcala del 9/10/2019 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Periódico Oficial No. 41 Segunda Sección, Octubre 9 del 2019

de tipo motriz, sensorial o psíquico, practicar un deporte reglamentado.

establecer los medios, formalidades y requisitos para acceder a los recursos del Fondo de Apoyo a Deportistas de Alto rendimiento.
Artículo 2.- Para los efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:
I.

II.

III.

IV.

V.

VI.

Página 3

VIII. Fondo.- Fondo de Apoyo a Deportistas de Alto rendimiento IX.

Apoyo.- La cantidad económica o especie que se otorga a las y los deportistas considerados de alto rendimiento.

Instituto.- Instituto del Deporte de Tlaxcala
X.

Ley.- Ley de Cultura Física y Deporte para el Estado de Tlaxcala
Beneficiario.- El o la Deportista a la que se le otorga un apoyo.

XI.

Presupuesto.- El Presupuestos de Egresos del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2019

Deporte.- Actividad institucionalizada y reglamentada, desarrollada en competencias que tiene por objeto lograr el máximo rendimiento.
Deportista.- La persona que practica una disciplina deportiva en cualquiera de sus manifestaciones.
Deportista de Alto Rendimiento.- Es el individuo que a través de una secuencia gradual acorde al desarrollo biológico y a las exigencias particulares de su deporte, tiene como finalidad lograr él más alto nivel de perfeccionamiento de sus capacidades físicas, técnicas, tácticas y psicológicas, para la obtención del máximo nivel competitivo.
Deporte Convencional.- Es el deporte que está convenido como un sistema institucionalizado, es decir, regulado por los organismos internacionales correspondientes y sus reglamentos deportivos para su práctica deportiva y el carácter competitivo de ésta.

VII. Deporte Adaptado.- Es una actividad física que permite a las personas que presentan manifestaciones diferenciales
XII. Reglas de Operación.- Las presentes Reglas de Operación del Fondo de Apoyo a Deportistas de Alto rendimiento.
Artículo 3.- Corresponderá al Instituto del Deporte de Tlaxcala, la interpretación de las presentes Reglas de Operación, así como resolver los casos no previstos en las mismas.
Artículo 4.- La población objetivo del Fondo son las y los deportistas del Estado de Tlaxcala considerados de alto rendimiento o con potencial para serlo, en el deporte convencional o adaptado, teniendo como prioridad para recibir apoyos las disciplinas oficiales de deportes individuales y de conjunto.
Artículo 5.- Con el propósito de transparentar la ejecución del Fondo se contará con un Padrón de Beneficiarios con los apoyos que fueron asignados a cada uno, el cual será publicado en el portal web institucional https idet.tlaxcala.gob.mx.
Articulo 6.- El total de recursos asignados al Fondo es por la cantidad de $ 1, 000, 000.00 un millón de pesos 00/100 M.N conforme lo establece el Presupuesto.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 9/10/2019 - Sección 2

TitrePeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaysMexique

Date09/10/2019

Page count6

Edition count441

Première édition12/01/2011

Dernière édition19/04/2023

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