Periódico Oficial de Tlaxcala del 27/3/2013 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Periódico Oficial No. 13 Segunda Sección, Marzo 27 del 2013

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Técnica 2013, Impulso a la Agroindustria Rural 2013 y Agricultura Urbana 2013, que estarán a cargo de la Secretaría de Fomento Agropecuario del Gobierno del Estado de Tlaxcala, contando con la asesoría de las Secretarías de la Función Pública y de Finanzas del Gobierno del Estado de Tlaxcala.
Estos programas se rigen en base a los principios de eficiencia, eficacia, equidad, honestidad, corresponsabilidad y transparencia en el uso de los recursos públicos por las partes que intervienen.
ARTÍCULO 2. Para efectos de las presentes Reglas de Operación de los Programas Capacitación Móvil 2013 Tecnomóvil 2013, Sistema Estatal de Asistencia Técnica 2013, Impulso a la Agroindustria Rural 2013 y Agricultura Urbana 2013, se entenderá por:
I. BENEFICIARIOS. Todos los productores rurales del Estado de Tlaxcala;
II. CIPE. Comisión Interna de los Programas Estatales;
III. PROGRAMAS. A los programas Capacitación Móvil 2013 Tecnomóvil 2013, Sistema Estatal de Asistencia Técnica 2013, Impulso a la Agroindustria Rural 2013 y Agricultura Urbana 2013;
IV. RESPONSABLE DIRECTO DEL PROGRAMA. Dirección de Desarrollo Rural de la SEFOA; y V. SEFOA. Secretaría de Fomento Agropecuario del Gobierno del Estado de Tlaxcala.
ARTÍCULO 3. La Dirección de Desarrollo Rural de la Secretaria de Fomento Agropecuario, será la responsable directa de la ejecución del Programa y como área de apoyo y normativa presupuestal será la Dirección Administrativa.
ARTÍCULO 4. Los programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por ningún Partido Político, Asociación Civil o Grupo Social y sus recursos provienen de las contribuciones que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos Programas para fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos Programas, deberá ser denunciado ante la autoridad competente, para que en su caso, sea sancionado en términos de lo establecido por el Código Penal vigente en el Estado de Tlaxcala y demás disposiciones legales.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LOS OBJETIVOS DE
LOS PROGRAMAS
ARTÍCULO 5. El programa de Capacitación Móvil Tecnomovil 2013 tendrá los siguientes objetivos:
A General:
Implementar el Sistema Estatal de Capacitación Móvil TECNOMÓVIL; como un servicio innovador de extensión y capacitación agropecuaria para difundir la tecnología disponible hacia el sector rural del Estado de Tlaxcala.
B Específicos:
Propiciar que mediante la facilitación de acceso al conocimiento a través de la transferencia de tecnología, la población desarrolle sus capacidades y habilidades en sus procesos productivos y de mejora de su entorno ambiental y social, redundando en una mejor calidad de vida al resolver problemas de seguridad alimentaria, posibilitando su participación en niveles más altos de las cadenas productivas, conservando los recursos naturales

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 27/3/2013 - Sección 2

TitrePeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaysMexique

Date27/03/2013

Page count15

Edition count441

Première édition12/01/2011

Dernière édition19/04/2023

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