Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/2/2019 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 32

Victoria, Tam., viernes 22 de febrero de 2019

Periódico Oficial
QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2018.
Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
POR LA SECRETARÍA.- SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD.- DR.
PABLO ANTONIO KURI MORALES.- Rúbrica.- DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE
EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA.- DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS.- Rúbrica.DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD.- DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE.Rúbrica.- DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA.- DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS.- Rúbrica.DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE
ENFERMEDADES.- DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN.- Rúbrica.- SECRETARIA TÉCNICA DEL
CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL.- T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES.- Rúbrica.DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL
VIH/SIDA.- DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA.- Rúbrica.- SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO
NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES.- DR. ARTURO GARCÍA CRUZ.- Rúbrica.DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA
ADOLESCENCIA.- DR. JUAN LUIS GERARDO DURÁN ARENAS.- Rúbrica.- POR EL EJECUTIVO DEL
ESTADO.- SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DEL OPD. SERVICIOS DE SALUD DE
TAMAULIPAS.- DRA. GLORIA DE JESÚS MOLINA GAMBOA.- Rúbrica.- SECRETARIA DE FINANZAS.- C.P.
MARÍA DE LOURDES ARTEAGA REYNA.- Rúbrica.

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 77, 91 fracciones V, VI, XI, XX y XLVIII, 93 primer párrafo y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 41 fracciones II y III del Código Fiscal del Estado de Tamaulipas; 2 numeral 1, 3, 10 numerales 1 y 2, 15 numeral 1, 23 numeral 1 fracciones II y III, 25
fracciones XXIX y XXXV y 26 fracciones IV, XX, XXXII y XXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; y CONSIDERANDO
PRIMERO. Que la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación de los mexicanos de contribuir para los gastos públicos de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes, en las que se determinan los impuestos y derechos que se causarán y recaudarán durante los periodos que las mismas abarcan.
SEGUNDO. Que el artículo 41 del Código Fiscal del Estado de Tamaulipas otorga al Ejecutivo Estatal, atribuciones para adoptar determinaciones, mediante resolución general, a fin de condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, así como conceder subsidios o estímulos fiscales.
TERCERO. Que entre las contribuciones estatales se encuentran los derechos por los servicios proporcionados en materia de protección civil y de seguridad privada, en particular, por la emisión de dictámenes y/o resoluciones de análisis de riesgo, establecidos en el artículo 85 fracción II de la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas. Asimismo, los derechos por servicios proporcionados en materia de protección contra riesgos sanitarios, por los giros sanitarios que requieren licencia, en especial a los centros de atención infantil, estancias o guarderías, establecidos en el numeral 23 de la fracción VIII del artículo 93 del citado ordenamiento.
CUARTO. Que el Gobierno a mi cargo ha venido actuando en forma diversa a las anteriores administraciones, teniendo como objetivo principal restablecer el tejido social, fortaleciendo los mecanismos de inclusión y de incentivos para asegurar el ingreso y la permanencia de las y los tamaulipecos en el sistema educativo estatal, teniendo como objetivo principal diseñar e instrumentar acciones para la intervención en los diversos niveles de educación, con el fin de reducir la deserción y rezago educativo, de conformidad con el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022.
QUINTO. Que de acuerdo al diseño del sistema educativo en el Estado, las estancias infantiles representan en Tamaulipas, uno de los principales aliados para reducir la deserción y el rezago educativo, ya que éste tipo de instituciones tienden a proveer y orientar el trabajo educativo con las niñas y los niños, generando desde los primeros años de los infantes, ambientes favorables para aprender y desarrollarse plenamente en los aspectos físico, cognitivo, emocional, social y cultural, coadyuvando a su vez en el apoyo a las madres tamaulipecas trabajadoras o estudiantes en su mayoría jefas de familia que no cuentan con los medios para el cuidado diario,

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/2/2019 - Legislativo

TitrePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaysMexique

Date22/02/2019

Page count34

Edition count4065

Première édition02/01/1999

Dernière édition20/06/2024

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