Periódico Oficial de Tamaulipas del 5/7/2023 - Judicial

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 5 de julio de 2023

Juzgado con domicilio ubicado en el Edificio de Seguridad Pública, calle Abasolo esq. con Margarita Maza de Juárez, Col. Bella Vista Sur, Cd. San Fernando, Tamaulipas C.P.
87000, dentro del término de quince días.- Se expide el presente edicto para su publicación en San Fernando, Tamaulipas, a 07 de junio de 2023.
Sin otro particular, por el momento aprovecho la oportunidad de enviar un cordial saludo, no omitiendo señalar que el presente oficio, en cumplimiento al Acuerdo General 15/2020 de fecha treinta 30 de julio del dos mil veinte 2020 Puntos Primero y Décimo Octavo, es signado por la suscrita y Comisionado Secretario de acuerdos con la firma Electrónica Avanzada FELAVA la cual produce los efectos y validez de la firma autógrafa.
Secretaria de Acuerdos Área Penal en Funciones del Área Civil y Familiar por Ministerio de Ley, LIC. CLAVEL
AZUCENA QUINTANILLA GALVÁN.
4110.- Julio 5.- 1v.
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.
Décimo Tercer Distrito Judicial.
Río Bravo, Tam.
CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES:
La C. Licenciada Claudia Virginia Torres Gallegos, Juez de Primera Instancia de lo Civil y Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha cinco de junio del dos mil veintitrés ordenó la radicación del Expediente Número 00450/2023 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JUAN MARTIN
CASTILLO CAMPOS, promovido por MARÍA DEL
CARMEN VALLIN GONZÁLEZ.
Por este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ
tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los que se consideren con derecho a la herencia pasen a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.
ATENTAMENTE
Río Bravo, Tam.; a 08 de junio de 2023.- Secretario de Acuerdos, LIC. ANTONIO DE JESÚS TORRES LÓPEZ.Rúbrica.
4111.- Julio 5.- 1v.
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.
Décimo Quinto Distrito Judicial.
González, Tam.
La Licenciada Karla Karina Trejo Torres, Juez Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en González Tamaulipas, mediante acuerdo de fecha uno de marzo de dos mil veintitrés, dictado dentro del Expediente Judicial Número 00075/2023, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MARTIN PECINA GARCIA, se ordenó convocar a las personas que se consideren con derecho a la herencia, por medio de este Edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en los Periódicos Oficial del Estado y en uno de mayor circulación que se edite en esta Zona Geográfica, a fin de que dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación del edicto;
comparezcan a deducir sus derechos hereditarios, asimismo y tomando en consideración que en la presente sucesión no existen partes demandadas, sin embargo de
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conformidad con el Acuerdo General Número 5/2022, de fecha quince de marzo de dos mil veintidós, emitido por el Consejo de la Judicatura del Estado, este Tribunal con el objeto de que pudiera tener interés alguna persona en esta Sucesión en deducir sus derechos hereditarios tiene a bien insertar SEGUNDO.- Presentación de demandas, contestaciones y promociones diversas. Las partes podrán presentar sus demandas iniciales, contestaciones, promociones, cumplimiento de prevenciones o cualquier documento requerido por las y los juzgadores, mediante los buzones judiciales o directamente en las oficialías de partes y, en su caso, ante el propio órgano jurisdiccional en los que no exista oficialía.- Asimismo, los interesados podrán presentar diversas promociones mediante el Tribunal Electrónico, a excepción de demandas iniciales y contestaciones. 4. Para el caso de contestación de demandas y promociones dentro del Juicio, el usuario deberá ingresar al Tribunal Electrónico en el apartado de Pre registro de contestación de demandas o Pre registro de promociones diversas, según sea el caso. Al abrirlo habrá la opción de registrar los datos de número de expediente, nombre del demandado, nombre del abogado apoderado y de igual manera imprimir la carátula con el folio, fecha y hora en las que deberá acudir para depositarla en el buzón que estará dispuesto en la sede del órgano jurisdiccional. 5. En los casos en que la fecha y hora que el sistema genere para la presentación del escrito de contestación de demanda sea posterior al plazo para la contestación, el usuario deberá acudir a depositar el sobre con la carátula pegada a éste, al buzón previo a que venza su término para la contestación de que se trate. 6. 7.
Si el juzgado realiza alguna observación a los documentos presentados, realizará la prevención correspondiente, la cual se mandará al correo con el acuerdo anexo en el que se defina el motivo de la prevención.- En las demandas iniciales, los accionantes deberán proporcionar su usuario o cuenta del Servicio del Tribunal Electrónico.- Las y los Juzgadores, en su auto de admisión, o bien, en el acuerdo donde se ordene el emplazamiento respectivo, deberán prevenir a la parte demandada para el efecto que proporcione a dicho tribunal su usuario o cuenta del Servicio de Tribunal Electrónico y se le autorice los servicios de consulta de expedientes, envío de promociones electrónicas y notificaciones personales electrónicas, en su escrito de contestación; esto, para el efecto de que las notificaciones dentro de los procedimientos continúen de manera electrónica.- Las personas que presenten alguna solicitud ante las Oficialías de Partes o, en su caso, ante los Órganos Jurisdiccionales, y las que acudan a depositar documentos a los buzones correspondientes, deberán portar en todo momento cubre bocas, así como respetar la sana distancia y acceder un solo usuario, ingresando el siguiente hasta en tanto el usuario que se encuentre al interior, salga del recinto.- En términos del Párrafo Quinto del Artículo 22 Bis del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, las partes pueden anexar, a sus promociones electrónicas, documentos digitalizados que originalmente consten en papel, debiendo estar debidamente signadas a través de la Firma Electrónica Avanzada así como cualquier otro medio de prueba a que se refiere el diverso artículo 379 del referido Código, de igual manera en el sistema tradicional penal conforme a lo establecido por el artículo 26 bis del Código de Procedimientos Penales del Estado, las partes podrán anexar documentos digitalizados que originariamente consten en papel, así como cualquiera de los medios de prueba a que se refiere el artículo 193

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 5/7/2023 - Judicial

TitrePeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

PaysMexique

Date05/07/2023

Page count20

Edition count1833

Première édition11/03/2010

Dernière édition22/05/2024

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