Periódico Oficial de Tamaulipas del 16/5/2018 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Página 26

Victoria, Tam., miércoles 16 de mayo de 2018

Periódico Oficial
CAPÍTULO IV
DE LAS ATRIBUCIONES COMUNES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
SECCIÓN I
DE LAS SUBSECRETARÍAS Y DE LA COORDINACIÓN TÉCNICA
ARTÍCULO 73.- Corresponde a los titulares de las Subsecretarías y de la Coordinación Técnica, las atribuciones siguientes:
I.
Informar permanentemente al Secretario de las actividades programadas, en proceso y concluidas, con la finalidad de unificar criterios para el cumplimiento de los objetivos;
II.
Establecer como atribuciones de las o los servidores públicos el ejercicio de las funciones que le competan a su área;
III. Integrar los proyectos de presupuesto y programas anuales de las áreas a su cargo y presentarlos al Secretario para su aprobación;
IV. Acordar con el Secretario el despacho de los asuntos que competan a las unidades administrativas bajo su responsabilidad;
V. Desempeñar las comisiones encomendadas por el Secretario y mantenerlo informado del resultado de las mismas;
VI. Someter a la aprobación del Secretario los estudios y proyectos que elaboren las áreas a su cargo;
VII. Dictar las medidas necesarias de mejoramiento administrativo en las unidades administrativas a ellos adscritas y proponer al Secretario la delegación de facultades encomendadas, a las o los servidores públicos subalternos;
VIII. Recibir en acuerdo a los titulares de las unidades administrativas a su cargo y conceder audiencias al público;
IX. Proporcionar, en el ámbito de su competencia, la información y apoyo técnico que les sea requerido por otras dependencias de la administración pública federal, estatal y municipal, de acuerdo a las políticas establecidas por el Secretario y la normatividad aplicable;
X. Cumplir puntualmente en coordinación con las unidades administrativas, las obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas, referentes a la tabla de aplicabilidad autorizada por el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas ITAIT; y XI. Las demás que se establezcan en el presente Reglamento, otros ordenamientos, acuerdos, decretos, circulares y convenios aplicables, así como las que les asigne el Secretario.
SECCIÓN II
DE LAS DIRECCIONES
ARTÍCULO 74.- Al frente de cada Dirección habrá un titular, quien se auxiliará en el desempeño de su competencia con los titulares de las Jefaturas de Departamento, Jefaturas de Unidad y demás personal operativo adscrito a su área.
ARTÍCULO 75.- Corresponden a los titulares de las Direcciones, las atribuciones siguientes:
I.
Establecer como atribuciones de las o los servidores públicos el ejercicio de las funciones que le competan a su área;
II.
Informar permanentemente al área superior inmediata de las actividades programadas, en proceso y concluidas, con la finalidad de unificar criterios para el cumplimiento de los objetivos;
III. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las labores encomendadas a las unidades administrativas que integran la Dirección a su cargo;
IV. Acordar con el Secretario y el titular de la Subsecretaría respectivo, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre dentro de la competencia de la Dirección a su cargo;
V. Formular dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por sus superiores;
VI. Integrar los proyectos de programas y presupuestos de las instancias bajo su responsabilidad y someterlos a la aprobación del titular de la Subsecretaría respectivo;
VII. Intervenir en conjunto con la Dirección Administrativa, en la selección del personal para el ingreso a la Dirección a su cargo, así como en el otorgamiento de licencias y promoción del mismo;
VIII. Elaborar proyectos sobre la creación, modificación y reorganización de las unidades administrativas a su cargo y someterlos a la consideración de sus superiores;
IX. Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a las o los servidores públicos de la Secretaría;
X. Coordinarse con los titulares de las otras Direcciones cuando así se requiera, para el mejor funcionamiento de la Secretaría;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 16/5/2018 - Anexo

TitrePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaysMexique

Date16/05/2018

Page count27

Edition count1119

Première édition27/01/1999

Dernière édition22/05/2024

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