Periódico Oficial de Tamaulipas del 27/2/2018 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 27 de febrero de 2018

Página 3

Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, que, entre otras cuestiones, regulaban la previsión de una lista de reserva ante la generación de una vacante de Consejera o Consejero Presidente, y Consejeras o Consejeros Electorales dentro del período de cuatro años.
V.

El 14 de julio de 2017, el Consejo General emitió el Acuerdo INE/CG218/2017, por el que se modificó el Acuerdo INE/CG56/2017, mediante el cual se aprobaron las Convocatorias para la designación de las y los Consejeros Electorales de los OPL de las entidades de Baja California Sur, Campeche, Colima, Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, en acatamiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal recaída en el expediente SUP-RAP-105/2017 y SUP-RAP109/2017 Acumulados, de conformidad con lo señalado en el antecedente IV.

VI.

El 14 de julio de 2017, el Consejo General emitió el Acuerdo INE/CG219/2017, por el que se modifica el Acuerdo INE/CG180/2017 mediante el cual se emitieron los Criterios para realizar la valoración curricular y entrevista de las y los aspirantes que acceden a dicha etapa, en el proceso de selección y designación de Consejeras y Consejeros Electorales de los OPL de las entidades de Baja California Sur, Campeche, Colima, Ciudad de México, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, en acatamiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal recaída en el expediente SUPRAP-89/2017, que mandató eliminar la previsión de una lista de reserva ante la generación de una vacante de Consejera o Consejero Electoral.

VII.

El 20 de julio de 2017, el Consejo General emitió la Resolución INE/CG335/2017, respecto del procedimiento de remoción de Consejeros Electorales identificado con el número de expediente UT/SCG/
PRCE/ESTJ/ CG/25/2016, formado con motivo de la denuncia presentada por Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo, representante propietario del candidato independiente a la Gubernatura de Veracruz Juan Bueno Torio, ante el Consejo General del OPLEV, en contra de Jorge Alberto Hernández y Hernández, Consejero Electoral del referido organismo, por hechos que podrían configurar alguna de las causales de remoción previstas en el artículo 102 de la LGIPE, cuyos Puntos Resolutivos, en lo atinente, establecen lo siguiente:

PRIMERO. Se declara INFUNDADO el procedimiento de remoción de Consejeros Electorales incoado en contra Jorge Hernández y Hernández, integrante del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, por cuanto hace a las designaciones al cargo de auxiliar de organización del Consejo Distrital 18, con cabecera en Huatusco, Veracruz, en términos del Considerando Cuarto, apartado IV, de la presente Resolución.
SEGUNDO. Se declara FUNDADO el procedimiento de remoción de Consejeros Electorales incoado en contra Jorge Hernández y Hernández, integrante del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, en tanto que participó en todo el procedimiento en la designación de la persona que ocupó el cargo de "secretaria"
del Consejo Distrital 18, con cabecera en Huatusco, Veracruz, en términos del Considerando Cuarto, apartado V, de la presente Resolución.
TERCERO. Se REMUEVE a Jorge Hernández y Hernández del cargo de Consejero Electoral integrante del OPLEV, en términos de los considerandos Cuarto y Quinto de la presente Resolución.
CUARTO. Se instruye a la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, para que, en su momento, inicie los trabajos para llevar a cabo un nuevo procedimiento de selección y designación de la vacante respectiva.
QUINTO. La presente Resolución es impugnable a través del recurso de apelación previsto en el artículo 42 de la Ley de Medios.

VIII.

El 25 de octubre de 2017, la Sala Superior del Tribunal, emitió la sentencia relacionada con el Juicio para la Protección de los Derechos PolíticoElectorales del Ciudadano SUP-JDC-544/2017, mediante el cual confirmó la materia de la impugnación en la resolución, tal y como se describe en el Punto Resolutivo único:

ÚNICO. Se confirma, en lo que fue materia de impugnación, la Resolución identificada con la clave INE/CG335/2017, emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral el veinte de julio de dos mil diecisiete.

IX.

El 22 de noviembre de 2017, el Consejo General emitió el Acuerdo INE/CG559/2017, mediante el cual se aprobó la Convocatoria la designación de la Consejera o el Consejero Electoral del OPLEV.

X.

El 20 de diciembre de 2017, mediante escrito dirigido al Consejero Presidente del Instituto, el Consejero Presidente del IETAM, Jesús Eduardo Hernández Anguiano, presentó su renuncia al cargo con efecto a partir del 31 de diciembre de 2017.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 27/2/2018 - Anexo

TitrePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaysMexique

Date27/02/2018

Page count42

Edition count1119

Première édition27/01/1999

Dernière édition22/05/2024

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