Periódico Oficial de Sinaloa del 19/2/2021 - 2da. Sección

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Source: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

4 EL ESTADO DE SINALOA

viernes 19 de febrero de 2021

PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL.

C.Ricardo Madrid Pérez, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 66, primer párrafo, y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa;
2, fracción III, 3, 4, 7, 10, 20, primer párrafo, de la Ley de Planeación para el Estado de Sinaloa; 1, 3, 7, 8, 21 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 15, fracción IV, 20, fracciones VII y VIII, del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 6, 7 apartado A, 9, fracciones 1,11,VI y XX, del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Social y demás legislación aplicable, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 en su eje estratégico II: Desarrollo Humano y Social establece que la política de desarrollo social que concebimos para Sinaloa tiene como objetivo central el bienestar individual y colectivo. que haga efectivo el ejercicio y disfrute de los derechos sociales consagrados en la Constitución con el acceso a la alimentación, educación de calidad, salud, trabajo, seguridad social, servicios básicos, vivienda digna y la no discriminación. Que con la suma de esfuerzos y voluntades, Sinaloa debe generar mejores condiciones sociales a la población, con igualdad de oportunidades y de desarrollo integral para todos.
Que el Programade Apoyo a Desplazados es un Fondo Especial para la Atención y Protección de Personas Desplazados.
Con base en lo anterior, se tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS
DEOPERACIÓN DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN
DE PERSONAS DESPLAZADOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021.

ÚNICO: El Programa del Fondo Especial para la Atención y Protección de Personas desplazadas, Para El Ejercicio Fiscal 2021, se regirá conforme a las siguientes Reglas de Operación:
1. OBJETIVOS
1.1 Objetivo General Brindar Apoyo, Atención y Protección a los sinaloenses víctimas de desplazamiento forzado interno desde el momento en el que salen huyendo de sus hogares, hasta que puedan regresar a los mismos, integrarse localmente a la comunidad donde se ubicaron de manera posterior a su salida, o puedan asentarse en otra parte del país de manera segura.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 19/2/2021 - 2da. Sección

TitrePeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaysMexique

Date19/02/2021

Page count192

Edition count295

Première édition02/01/2004

Dernière édition25/04/2022

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