Periódico Oficial de Quintana Roo del 16/11/2010 - Sección Bis

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Source: Periódico Oficial de Quintana Roo (Bis)

PERIODICO OFICIAL

PERIOOICO OFICIAL

c Los Subdirectores o sus equivalentes:

11. De las Actas de los demás SUJETOS OBLIGADOS

d Los Jefes de Unidad Departamental: y
a En el apartado de "Responsable de la Información". deberá firmar el servidor público que genera la información en la Unidad Administrativa de la cual es titular el SUJETO OBLIGADO que entrega.

e Los Jefes de Oficina
b Toda vez que en esta Acta no se prevé la figura de encargado para entregar.
quienes deberan firmar el formato sera el sujeto cb!:gado que entrega. tal y como se prevé en los anexos del Sistema SENTRE.

11I. Los Servidores Públicos que por comisión. suplencia. encargo o bajo cualquier otra figura. hayan quedado como responsables. interinos o sustitutos de los SUJETOS
OBUGADOS a que se refieren las fracciones anteriores.

e Toda vez que en esta Acta no se prevé la figura de enca gado para recibir. quien debera firmar el formato sera el nuevo titular de la unidad administrativa.

Conforme a lo establecido en los Articulos 2 Y 3 del REGLAMENTO, los Servidores Públicos de nivel Jefe de Unidad Departamental y Jefe de Oficina u homólogo. o sus equivalentes en la Administración Pública Central y Paraestatal. serán sujetos al Proceso de Entrega y Recepción por designación de los Titulares de las Dependendas. Órganos
ARTíCULO 24. La información de naturaleza financiera-presupuestal y de observaciones en proceso de solventación. que se integren en las Actas de Entrega y Recepción. deberá ser conciliada con la Secretaria de Hacienda y de la Contraloria del Estado.
respectivamente. De igual forma la información de naturaleza administrativa que integren las Dependencias de la Administración Pública centralizada Plantilla de Personal e Inventario de Bienes Muebles: Cómputo: Lineas Telefónicas: Teléfonos Celulares. Equipo de Comunicaciones e Inventario de Parque VehicuIar y Maquinaria. necesariamente deberá ser obtenida de los sistemas automatizados implementados por la Oficialia Mayor.

Administrativos Desconcentrados y Entidades por tener bajo su responsabilidad la atención de asuntos sustantivos y prioritarios o bien. manejen y administren de manera directa fondos. bienes. valores públicos y recursos financieros.

CAPíTULO IIJ

ARTíCULO 25. Cuando la información que se incluya en determinados Anexos sea voluminosa. mas de 50 hojas archivos e inventarios. por ejemplo. la misma podrá presentarse en dispositivos de almacenamiento CD o OVO. observando los siguientes requisitos:

1.

Se integrará al inicio del Anexo el formato establecido. el cual deberá estar firmado y con la leyenda "SE ADJUNTA CO O OVO".

11.

Inmediatamente después se deberá incluir en un sobre manila o en un porta CD el disco. el cual debera contener una carátula ver Apéndice 12.: debidamente firmada.

IIJ.

Se debe preparar un disco para cada Anexo.

IV.

El ENLACE deberá verificar que la información contenida en el dispositivo de almacenamiento no contenga virus: se pueda abrir: los archivos estén ordenados y las hqas vengan firmadas y/o rubricadas. por los responsables de la información.

DE lAS GENERALIDADES DEL
PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCiÓN
ARTíCULO 5. El Gobernador del Estado realizará el Proceso de Entrega y Recepción exdusivamente de su Despacho. observando en lo general las disposiciones contenidas en los presentes LINEAMIENTOS, con las adecuadones correspondientes y abarcará los asuntos a su cargo. asi como los recursos humanos. materiales y financieros que maneja de forma directa. toda vez que la entrega detallada de los asuntos de índole administrativo. financiero-presupuestal y sustantivo de toda la Administración Pública Estatal. estará contenida en las Actas de Entrega y Recepción que estructurarán los Titulares de las Dependencias. árganos Administrativos Desconcentrados y Entidades.
ARTICULO 6. En la integradón de sus Actas de Entrega y Recepción los SUJETOS
OBLIGADOS. deberán atender los principios de legalidad. transparencia. imparcialidad y oportunidad. siendo éstos responsables de que dicho procedimiento se lleve a cabo en las formas y términos establecidos en .Ios presentes LINEAMI ENTOS.

La información de naturaleza finandera-presupuestal y las estructuras orgánicas deberán integrarse de manera impresa.

ARTICULO 7. La veracidad. integridad. legalidad. fundamentación. soporte. calidad.
confiabilidad y congruencia de la información contenida en el Acta de Entrega y Recepción y sus respectivos Anexos. es responsabilidad única y exclusiva de los Servidores Públicos encargados de desempeñar la función prevista en cada eje temático setlalado en el Acta de Entrega y Recepción. ya que son éstos los encargados de validar la información y documentos que generan.

ARTICULO 26. Cuando por la naturaleza misma de las funciones desempeñadas por los SUJETOS OBLIGADOS. sea necesario incluir Anexos adicionales informadón a los contenidos en los Modelos de Aeta de Entrega y Recepción emitidos. los ENLACES que se encuentran en estos supuestos lo podran hacer. previa consulta a la Secretaria de la Contraloría o al árgano de Control y Evaluadón Interna. a fin de determinar de manera conjunta su procedencia: cabe seiialar que en estos casos la información se presentará en formato libre. generalmente en el apartado XII "Otros Asuntos".

Los formatos de las actas de entrega y recepción. así como los apartados ylos anexos que les correspondan .. que se señalan en el presente instrumento. se determinarán por parte de la Secretaria de la Contraloria y se implementaran en su caso. a través del Sistema .EIt3Ctrónico disellado para dicho efecto.

ARl1CUlO 27. Cuando por la naturaleza de las .fundones realizadas por los SUJETOS
OBLIGADOS uno o más Anexos previstos en el Acta de Entrega y Recepción no resulten aplicables. se deberáesj:eciñcar en el cuerpo del Acta y anotar la leyenda "NO APLICA"
eh la parte .centr del forrÍlato.

TITULO TERCERO

ARl1CUI.028. Toda la documentación que se adjunte Em medios magnéticos o
.Página 12

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. Noviembre 16 de 2010

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Quintana Roo del 16/11/2010 - Sección Bis

TitrePeriódico Oficial de Quintana Roo (Bis)

PaysMexique

Date16/11/2010

Page count8

Edition count143

Première édition01/04/1964

Dernière édition30/08/2016

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