Periódico Oficial de Chihuahua del 3/1/2024

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Source: Periódico Oficial de Chihuahua

Miércoles 03 de enero de 2024.

PERIÓDICO OFICIAL

31

SENTENCIA
Juzgado Primero Civil Distrito Judicial Benito Juárez Cd. Cuauhtémoc, Chih.
CIUDAD CUAUHTÉMOC, CHIHUAHUA, A DOCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
VISTOS para resolver en definitivo los autos del Expediente Número 56/2010 relativo al Juicio de Divorcio por Mutuo Consentimiento, promovido por MARIA GUADALUPE
RIVERA
IBARRA
Y ANTONIO
MUÑOZ
MARQUEZ, propios derechos y:
R E S U LTAN D O
CONSIDERANDO
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO ES DE RESOLVERSE Y SE:
RESUELVE
PRIMERO.- Ha procedido la vía especial de Divorcio por Mutuo Consentimiento, promovida por MARIA
GUADALUPE RIVERA IBARRA Y ANTONIO MUÑOZ MARQUEZ, por sus propios derechos.
SEGUNDO.- Se declara disuelto elVínculo matrimonial, que desde el día tres de marzo de mil novecientos ochenta y uno, régimen de Sociedad conyugal, contrajeron los señores MARIA GUADALUPE RIVERA IBARRA Y
ANTONIO MUÑOZ MARQUEZ, ante el Oficio del Registro Civil de Anahuac, Municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua, el cual obra bajo el Acta Número 30, Folio número 379, libro número 18, de la Sección Matrimonios.
TERCERO.- Quedan los divorciados en aptitud de contraer nuevas nupcias, pero la mujer no podrá hacerlo hasta en tanto transcurran trescientos días de separada físicamente de su esposo.
CUARTO.- Se aprueba para los efectos legales conducentes, el convenio efectuado por los promoventes.
QUINTO.- Una vez cause ejecutoria la presente sentencia, gírese Oficio al Encargado del Periódico Oficial de Estado, a fin de que se realice la publicación que corresponda y hecho lo anterior, atento a lo dispuesto por los Artículos 420 y 421 del Código de Procedimientos Civiles, gírese Oficio al Oficial del Registro Civil correspondiente, a fin de que sirva hacer la anotación respectiva y levante el acta que corresponda.
NOTIFIQUESE
Lo resolvió y firma el LICENCIADO ADOLFO MALDONADO DELGADO, Juez Primero Civil del Distrito Judicial Benito Juárez, ante su Secretario de Acuerdos con quien actúa y da fe. DOY FE.
CIUDAD CUAUHTEMOC, CHIHUAHUA; A VEINTISEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
VISTA la constancia que antecede y en atención a la misma, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio, ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales conducentes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 397 Fracción II del Código de Procedimientos Civiles, en relación con el 114
del mismo ordenamiento legal citado. En consecuencia dése cumplimiento al punto resolutivo QUINTO
de la misma, por lo que expídaselas las copias certificadas que soliciten las partes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 84 del ordenamiento legal citado. Hágase la devolución de los documentos anexos al escrito inicial de demanda. Una vez hecho lo anterior archívese el expediente como un asunto totalmente concluido mediante las anotaciones correspondientes que en el libro de Gobierno se haga.
NOTIFIQUESE:
Asi, lo acordó y firma el LICENCIADO ADOLFO MALDONADO DELGADO Juez Primero de lo Civil, del Distrito Judicial Benito Juárez, ante la Secretaria de Acuerdos con quien actúa y da fe. DOY FE.
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chihuahua del 3/1/2024

TitrePeriódico Oficial de Chihuahua

PaysMexique

Date03/01/2024

Page count32

Edition count1254

Première édition02/01/2008

Dernière édition30/03/2024

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