Periódico Oficial de Chiapas del 31/1/2018 - Sección Cuarta

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

miércoles 31 de enero de 2018

Periódico Oficial No. 346 4a. Sección
PUBLICACIONES MUNICIPALES
Publicación No. 664-C-2018
LIC. .FRANCISCO JAVIER CHAMBÉ MORALES, Presidente Municipal Constitucional de Ocozocoautla de Espinosa, Chiapas; en pleno ejercicio de las facultades que me confieren el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 65 y 70
fracción I de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 36 fracciones II y XLII, 37, 39, 40 fracciones I, II, VI y XIII, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140 fracción I, 143, 144, 147 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas; en cumplimiento al acuerdo de cabildo tomado por el H. Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de julio de 2017, en el acta número 27/EXT/10-07-17, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Ocozocoautla de Espinosa, Chiapas; en uso de las facultades que la concede el artículo 36 fracción ll de la Ley Orgánica Municipal del Estado, y;
CONSIDERANDO
Que con el objetivo de llevar a cabo una permanente revisión, fortalecimiento, evaluación y actualización del marco legal que delimita la actuación de la Administración Pública Municipal, resulta necesaria la creación del Reglamento de Protección a la Fauna Doméstica del Municipio de Ocozocoautla de Espinosa, Chiapas.
Que la actual Administración tiene como objetivo mantener instituciones modernas, acordes con las necesidades de la ciudadanía de Ocozocoautla de Espinosa, Chiapas, además de un marco jurídico actualizado, cuya prioridad es fortalecer la legislación que regula la integración y funcionamiento de la Administración Pública Municipal, considerando que este Reglamento regula la actuación de este Órgano Administrativo.
Que de conformidad con el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, los Ayuntamientos tienen facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal, en este caso la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, los Bandos de Policía y Buen Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Que el artículo 36 fracción II de la Ley Orgánica Municipal establece que es facultad de los ayuntamientos formular los reglamentos administrativos, gubernativos e internos y los Bandos de Policía y Buen Gobierno necesarios para la regulación de sus servicios públicos y de las actividades culturales, cívicas, deportivas y sociales que lleven a cabo; así como para su organización y funcionamiento de su estructura administrativa que deberán publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 31/1/2018 - Sección Cuarta

TitrePeriódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

PaysMexique

Date31/01/2018

Page count409

Edition count84

Première édition06/06/2007

Dernière édition28/12/2022

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