Periódico Oficial de Chiapas del 15/3/2023 - Sección Segunda

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 15 de marzo de 2023

Periódico Oficial No. 272 2a. Sección
Una vez votada la resolución final se deberá emitir el acuerdo correspondiente, que incluirá las acciones que deberán realizar tanto el Comité como las Unidades Administrativas que participen en la denuncia.

SGG-ID-PO17475

El Comité emitirá sus recomendaciones al servidor público denunciado, en las que, en su caso, se exhorte al mismo a corregir o dejar de realizar las conductas contrarias al Código de Ética y al Código de Conducta.
El Comité notificará la resolución a las y los promoventes, al servidor público involucrado y a su jefe inmediato dentro de los 5 días hábiles posteriores al que se emita la resolución.
El Comité enviará copia de las recomendaciones u observaciones al jefe inmediato, al Titular del área a la que se encuentre adscrito el servidor público involucrado en la denuncia, y a la Coordinación Recursos Humanos para que se incorpore al expediente del servidor público en mención.
Será responsabilidad del Presidente del Comité dar parte al Comité de Control Interno si el Comité estima que se presentó una probable responsabilidad administrativa, o a las instancias correspondientes dependiendo de la naturaleza del incumplimiento o conducta desplegada por el servidor público implicado, sin exceder el plazo de 5 días hábiles siguientes a la resolución.
En caso de incumplimiento a las recomendaciones u observaciones emitidas por el Comité derivadas de conductas contrarias al Código de Ética y al Código de Conducta por parte de los servidores públicos del H. Ayuntamiento Municipal, el Comité dará vista al Comité Interno de Control.
DE LAS EVALUCIONES A SERVIDORES PUBLCIOS PARA EL APEGO AL CÓDIGO DE ÉTICA Y
CONDUCTA
1 De las Evaluaciones El servidor público que con motivo de su empleo, cargo, comisión o función, participara en procesos de evaluación y se apega en todo momento a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.
a
Las evaluaciones será autorizadas por este comité y se realizarán en forma aleatoria y esporádica por lo menos dos veces al año a los servidores públicos del H. Ayuntamiento Municipal.

b
Así también se aplicara las evaluaciones a los servidores públicos si el comité detecta alguna de las siguientes irregularidades.
i.
Proporcionar indebidamente la información contenida en los sistemas de información de la Administración Pública Municipal o acceder a ésta por causas distintas al ejercicio de sus funciones y facultades.
ii.
Trasgredir el alcance y orientación de los resultados de las evaluaciones que realice cualquier instancia externa o interna en materia de evaluación o rendición de cuentas.
iii.
Dejar de atender las recomendaciones formuladas por cualquier instancia de evaluación, ya sea interna o externa.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 15/3/2023 - Sección Segunda

TitrePeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaysMexique

Date15/03/2023

Page count181

Edition count543

Première édition11/12/2006

Dernière édition21/06/2023

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