Periódico Oficial de Aguascalientes del 10/7/2023

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Pág. 2

Primera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Julio 10 de 2023

A

GOBIERNO DEL ESTADO

O
IV
H C
R

MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:

La LXV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Decreto Número 381

ARTICULO ÚNICO. Se reforman los artículos 14 fracción IV y 33 Bis fracción IV de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue:
Artículo 14.-
I a la III.

V. a la XXV.
I. a la III.

A

Artículo 33 bis. -

P

IV. Celebrar acuerdos, convenios, contratos y bases con las autoridades de la Federación, Entidades Federativas y Municipios a fin de promover, con la participación, en su caso, de los sectores social y privado, universidades e instituciones de educación superior, públicas o privadas, las políticas, acciones y programas tendientes al fomento, promoción, incentivo y desarrollo de la cultura física y deporte;

V. a la VII.

A

R

IV. Coordinarse con el IDEA y con otros Municipios para la promoción, difusión, estímulo, fomento y desarrollo de la cultura física y deporte; además suscribir convenios de colaboración con las universidades e instituciones de educación superior, públicas o privadas, con la finalidad de contar con un apoyo técnico para evaluar las políticas públicas, acciones y programas de cultura física y deporte municipal;

C

TRANSITORIO

ÚNICO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

O

Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

N

Dado en el Salón de Sesiones Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes, del Palacio Legislativo, a uno del mes de junio del año dos mil veintitrés Lo que tenemos el honor de comunicar a Usted, para los efectos Constitucionales conducentes.

U

ATENTAMENTE.
LA MESA DIRECTIVA

S

Aguascalientes, Ags., a 01 de junio del año 2023.

GLADYS ADRIANA RAMÍREZ AGUILAR
DIPUTADA PRIMER SECRETARIA

A

CUAUHTÉMOC ESCOBEDO TEJADA
DIPUTADO SEGUNDO SECRETARIO

LT

SALVADOR MAXIMILIANO RAMÍREZ HERNÁNDEZ
DIPUTADO PRESIDENTE

En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35, 36, 46 fracción I y 49 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, para su debida publicación y observancia, Promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 6 de julio de 2023.- La Gobernadora del Estado de Aguascalientes, C. María Teresa Jiménez Esquivel.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Mtro. Florentino de Jesús Reyes Berlié.Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 10/7/2023

TitrePeriódico Oficial de Aguascalientes

PaysMexique

Date10/07/2023

Page count108

Edition count1339

Première édition03/01/2000

Dernière édition28/08/2023

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