Gaceta Oficial de la República de Panamá del 7/3/2024

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Source: Gaceta Oficial de la República de Panamá

No. 29984

Gaceta Oficial Digital, jueves 07 de marzo de 2024

4

28. de diciembre de

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RESOLUCIÓN

N56, 7 54-2023-J. D.

La Junta Directiva de la Caja de Seguro Social, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio de la nota No. D.G.-CldeFT-475-2023 del 1 de diciembre 2023, el Director General presenta a consideración de la Junta Directiva formal solicitud de aprobación de exclusiones de renglones de la Lista Oficial de Medicamentos con base en el artículo 16 de la Resolución No.
53, 128-2019-J.D. de 28 de febrero de 2019;
Que mediante Resolución No. 41,725-2009-J.D. de 22 de diciembre del 2009, este organismo colegiado aprobó las Políticas de Medicamentos de la Caja de Seguro Social, la cual entre sus principios rectores contempla la atención integral de salud a los jubilados, pensionados, asegurados y dependientes de la Institución;
Que el sistema de servicios de salud incluye la prestación en materia de medicamentos, la cual se brinda con criterios de eficacia, equidad, calidad y efectividad, por lo que corresponde a la Caja de Seguro Social la formulación y seguimiento de una política interna de medicamentos que garantice disponibilidad, accesibilidad y control de medicamentos de acuerdo con las normas, protocolos y guías clínicas institucionales homologadas para tal efecto;
Que mediante Resolución No. 53,128-2019-J.D. de 28 de febrero de 2019, se deja sin efecto la Resolución No. 45,594-2012-J.D. de 27 de marzo de 2012 que aprueba el Reglamento de la Comisión de Medicamentos de la Caja de Seguro Social y la Resolución No. 48,573-2014-JD de 30
de septiembre de 2014 que aprueba el Comité de Análisis Costo Efectividad Clínico ACEC de la Comisión de Medicamentos, y; se aprueba el Reglamento de la Comisión Institucional de Farmacoterapia de la Caja de Seguro Social;
Que el artículo 1 del Reglamento de la Comisión Institucional de Farmacoterapia de la Caja de Seguro Social, establece que dicha Comisión es el organismo técnico, científico y consultivo adscrito administrativamente a la Dirección General, encargada del proceso de selección de las moléculas o principios activos inclusión, modificación y exclusión y de la descripción de los renglones de la Lista Oficial de Medicamentos LOM;

Que el artículo 8 literal a y e, del Reglamento de la Comisión Institucional de Farmacoterapia de la Caja de Seguro Social, dispone que es función de dicho ente, evaluar la conveniencia de incluir, excluir o modificar los distintos principios activos en la Lista Oficial de Medicamentos de la Caja de Seguro Social y recomendar a la Dirección General, mediante informe técnico, las moléculas descritas de forma farmacopéica principio activo, concentración o potencia, vía de administración, que conformarán los renglones de la Lista Oficial de Medicamentos para lo cual presentará un informe de evaluación en términos de los criterios de eficacia, seguridad, conveniencia y análisis de costo y de adoptarse dicho informe, será remitido con el proyecto de resolución de Junta Directiva, para la consideración y aprobación final;
Que de conformidad con el artículo 14 del precitado Reglamento las solicitudes para la inclusión, modificación o exclusión, podrán ser iniciadas por los Comités Locales de Farmacoterapia de las unidades ejecutoras, para tal fin, los servicios o programas clínicos solicitantes deben presentar y sustentar su solicitud ante la Comisión Institucional de Farmacoterapia, quien asistida por la Unidad Nacional Farmacoterapia evaluara la conveniencia de incluir, excluir o modificar los distintos principios activos en la Lista Oficial de Medicamentos, sujeto a la aprobación de la Junta Directiva;
Que, con fundamento en lo anterior el Pleno de la Comisión Institucional de Farmacoterapia, en Sesión y Acta No.40-2023 de 23 de noviembre de 2023, decidió de oficio recomendar la EXCLUSIÓN
del renglón GESTRINONA 2.Smg, cápsula, V.O. VEN: E; Grado de Distribución: 03; Uso Restringido: Ginecología, utilizado para la indicación clínica de "Endometriosis
Que la Unidad Nacional de Farmacoterapia de la Comisión Institucional de Farmacoterapia, previa investigación independiente y evaluación de toda la documentación recopilada por el evaluador, presenta su Informe Técnico Científico y Administrativo, para el análisis de la Comisión Institucional de Farmacoterapia;
Que la Comisión Institucional de Farmacoterapia en Sesión Ordinaria del 23 de noviembre de 2023, Acta No. 40, luego de analizar el Informe Técnico Científico y Administrativo elaborado por el equipo técnico de la Unidad Nacional de Farmacoterapia, la Comisión Institucional de Farmacoterapia recomienda al Director General, la EXCLUSIÓN del renglón GESTRINONÁ 2.Smg, cápsula, V.O.
VEN: E; Grado de Distribución: 03; Uso Restringido: Ginecología, utilizado para la. indicación clínica de "Endometriosis con base en los siguientes sustentos:
No cuenta con Producto registrado en la base de la Dirección Nacional de Farfnacias .y Droga a la fecha del 20/11/23
No cuenta con Oferente en la base de datos de Oferentes del Ministerio de Salud a la fecha del 20/11 /23
Tiene ficha técnica en la Comité Técnico Nacional lnterinstitucional.

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Acerca de esta edición

Gaceta Oficial de la República de Panamá del 7/3/2024

TitreGaceta Oficial de la República de Panamá

PaysPanama

Date07/03/2024

Page count80

Edition count2404

Première édition27/10/2006

Dernière édition24/05/2024

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