La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 27/4/2020

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

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La Gaceta Nº 93 Lunes 27 de abril del 2020

CONTENIDO
Pág N
DOCUMENTOS VARIOS 2
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Acuerdos 9
Resoluciones 10
Avisos 10
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 11
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 12
RÉGIMEN MUNICIPAL 17
AVISOS 19
NOTIFICACIONES 20

DOCUMENTOS VARIOS
HACIENDA
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
San Jose, 22 de abril de 2020
ONVVADCPREG-053-2020
Señora Raquel del Carmen Montero Rivera Representante Legal Grupo Logístico ZL S.A.
Cédula jurídica 3-101-690345
S.O.
ASUNTO:Convocatoria para Audiencia de Información de Resultados de la Investigación Fiscalizadora. Estudio 07-DCP-AR-2019
Estimada señora:
En virtud de los resultados obtenidos en el ejercicio de las funciones fiscalizadoras por parte del Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera en adelante ONVVA, contenidos en el Estudio 07-DCP-AR-2019; y en atención a lo dispuesto en los artículos 24 bis de la Ley General de Aduanas, 55 bis, 536 bis y 536 ter del Reglamento a la Ley General de Aduanas sus reformas y modificaciones y Resolución DGA-302-2011, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 234 de fecha 06/12/2012, se les convoca a audiencia oral y privada, a efectos de exponerle los resultados de la investigación realizada, según el Informe INF-ONVVA-DCPAR-007-2020 de fecha 31 de marzo de 2020, relacionado con las siguientes declaraciones aduaneras DUAs:
Ítem
Aduana
Año
DUA

Fecha de aceptación
1

6

2016

163971

05/10/2016

2

6

2016

199313

01/12/2016

3

6

2016

200112

02/12/2016

Ítem
Aduana
Año
DUA

Fecha de aceptación
4

6

2016

201599

06/12/2016

5

5

2017

078796

17/02/2017

6

5

2017

151895

30/03/2017

La audiencia se celebrará en la Sala de Reuniones de la Dirección del Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera, ubicada en el octavo piso del Edificio La Llacuna, el día lunes 25 de mayo de 2020 a las 10:00 a.m.
No se omite indicar, que podrá comparecer personalmente o por medio de un apoderado quien deberá demostrar en ese acto su condición; si es de su elección podrá hacerse acompañar de un abogado y especialista técnico. Al efecto, los asistentes deberán acreditar su legitimación para comparecer a la audiencia, lo cual implica lo siguiente:
- La cuantía por la que está autorizado el apoderado debe ser igual o superior al monto por el que se llama a regularizar.
- El poder especial otorgado no debe ser para determinados actos jurídicos judiciales o extrajudiciales, sino que debe facultar al mandatario a realizar las funciones específicas encomendadas en sede administrativa.
- El poder especial debe detallar claramente las facultades que se le otorgan al apoderado para actuar en sede administrativa, incluyendo la de aceptar o rechazar la propuesta de regularización.
- Si los apoderados deben actuar en forma conjunta, la actuación individual es inválida.
- Las certificaciones de personería deben indicar si los apoderados generalísimos sin límite de suma están facultados para otorgar poderes.
- En las certificaciones debe indicarse si fue expedida en lo literal o conducente, e indicar datos importantes, tales como domicilio social, certificación de los tomos de constitución de la sociedad y quién ostenta la representación.
En las autenticaciones y testimonios de escrituras de poderes especiales otorgados por parte de las empresas importadoras, deben cancelarse los timbres de ley en su totalidad.
De presentarse tan solo uno de los sujetos pasivos convocados, la comparecencia será válida y se celebrará en los mismos términos.
En caso de no presentarse el importador, ni el agente de aduanas, como representantes legales y responsables solidarios, se remitirá la carpeta de estudio a la Dirección del Órgano Nacional de Valoración para el inicio de los procedimientos administrativos que en derecho correspondan.
Departamento de Control Posterior del Valor en Aduana.
Floribel Chaves Arce, Jefa.Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera.1 vez.O.C. N 4600034859.Solicitud N 194946. IN2020452750 .

JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Solicitud Nº 2019-0011293.Roberto Enrique Romero Mora, casado una vez, cédula de identidad 107840570, en calidad de Apoderado Especial de Tertulia Brugge, Sociedad Anónima,
Junta Administrativa Ricardo Salas Álvarez
Carlos Andrés Torres Salas
Kathia Ortega Borloz
Generif Traña Vargas
Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa
Viceministro de Gobernación y Policía Presidente Junta Administrativa
Representante Ministerio de Cultura y Juventud
Delegado Editorial Costa Rica

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 27/4/2020

TitreLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaysCosta Rica

Date27/04/2020

Page count20

Edition count5372

Première édition01/01/2003

Dernière édition30/05/2024

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