La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 25/3/2020

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 60 Miércoles 25 de marzo del 2020
se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle audiencia a la persona o quien demuestre estar legitimación para representarla, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este despacho, todo de conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley N 8687 que es Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Referencia expediente N
2019-1249-RIM.Curridabat, 17 de marzo de 2020.Lic. Joe Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.1 vez.O.C. N OC20.
Solicitud N 190411. IN2020447869 .

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
SUCURSAL HEREDIA
De conformidad con los artículos 10 y 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes. Por haber sido infructuosos los intentos de notificación al patrono Daniel Vargas Garro número patronal 0-401340448-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Heredia procede a notificar por medio de edicto, Traslado de Cargos número de caso 1212-2020-01020, por eventuales omisiones salariales, por un monto de 212.286,00 en cuotas obreropatronales. Consulta expediente: en Heredia, 200 norte 50 oeste del Palacio de los Deportes. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Heredia. De no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24
horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.Heredia, 16
de marzo del 2020.Sucursal Heredia.Licda. Hazel Barrantes Aguilar, Jefa.1 vez. IN2020447803 .

MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
NOTIFICACIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO
Cobro Administrativo.Montes de Oca, a las ocho horas del 13 de enero del 2020.Señores representantes judiciales de quien en vida fuera Gregoria del Carmen Marlein Arce López, cédula de identidad N 4-0072-0792, medio para notificaciones: publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 18, 19, 20 y 53 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y 241 de la Ley General de Administración Pública; se le insta para que en un plazo no mayor a ocho 8 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta municipalidad el adeudo sostenido por la finca del Partido de San José, N 145588-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2017 al IV trimestre del 2019, por un monto de 454.321,55
cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trescientos veintiún colones con 55/100; la tasa de servicios urbanos por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2017 al IV trimestre del 2019, por un monto de 427.875,05 quinientos ochenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos colones con 55/00. Según el artículo N 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente.
Se les advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el
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artículo N79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.Montes de Oca.Captación de Ingresos.Karina Elizondo Sanchéz. IN2020447618 .
3 v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.Montes de Oca, ocho horas treinta minutos del 13 de enero, 2020.Señor Raventós Barange Oscar, cédula de identidad 8-0115-0052, Presidente de Azaleas y Manzanos Sociedad Anónima; cédula jurídica 3-101-548738.
De conformidad con lo establecido en los artículos N 18, N 19, N 20 y N 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N 241 de la Ley General de Administración Pública;
se les insta para que, en un plazo no mayor a ocho 8 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N 128783-000, a saber: la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2019 al IV trimestre del 2019, por un monto de 1.118.543,40 Un millón ciento dieciocho mil quinientos cuarenta y tres colones con 40/100.
Según el artículo N 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se les advierte que de no camelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.Montes de Oca.Captación de Ingresos.
Karina Elizondo Sánchez. IN2020447619 .
3 v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.Montes de Oca, nueve horas del 13 de enero del 2020. Señores representantes judiciales de quien en vida fuera Chaves Solano Antonio, cédula de residencia N 100027298. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos N 18, N 19, N 20 y N 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N 241 de la Ley General de Administración Pública; se le s insta para que, en un plazo no mayor a ocho 8 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N 154270000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2016 al IV trimestre del 2019, por un monto de 415.725,70 cuatrocientos quince mil setecientos veinticinco colones con 70/100; la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2016 al IV trimestre del 2019, por un monto de 585.472,55 quinientos ochenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos colones con 55/00. Según el artículo N 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se les advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.Montes de Oca.Captación de Ingresos.
Karina Elizondo Sánchez. IN2020447620 .
3 v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.Montes de Oca, nueve horas treinta minutos del 13 de enero, 2020. Señor Tenna-Pujol Sebastián identificación RE009000048305, Presidente de Cok Mil Novecientos Once Sociedad Anónima; cédula jurídica N 3-101-205059. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos N 18, N 19, N 20
y N 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N
241 de la Ley General de Administración Pública; se le s insta para que, en un plazo no mayor a ocho 8 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N 172128-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2019 al IV trimestre del 2019, por un monto de 3.718.167,50 tres millones setecientos dieciocho mil ciento sesenta y siete colones con 50/100; la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2019 al IV trimestre del 2019, por un monto de 652.458,60
Seiscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y ocho un colones con 60/00. Según el artículo N 57 del Código de Normas

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 25/3/2020

TitreLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaysCosta Rica

Date25/03/2020

Page count76

Edition count5373

Première édition01/01/2003

Dernière édition31/05/2024

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