Diario Oficial de la Unión Europea del 27/1/2020 - Sección Legislación

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

27.1.2020

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 21/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN UE 2020/111 DE LA COMISIÓN
de 13 de enero de 2020
por el que se modifica el Reglamento de Ejecución UE 2015/1998 en lo que se refiere a la homologación de equipos de seguridad de la aviación civil, así como a los terceros países a los que se reconoce la aplicación de normas de seguridad equivalentes a las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento CE n.o 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil y por el que se deroga el Reglamento CE n.o 2320/2002 1, y en particular su artículo 4, apartado 3, Considerando lo siguiente:
1

El Reglamento CE n.o 272/2009 de la Comisión 2 completa las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil establecidas en el anexo del Reglamento CE n.o 300/2008.

2

El Reglamento CE n.o 272/2009 encarga a la Comisión el reconocimiento de la equivalencia de las normas de seguridad de terceros países, con arreglo a los criterios establecidos en la parte E de su anexo.

3

El anexo del Reglamento de Ejecución UE 2015/1998 de la Comisión 3 enumera los terceros países a los que se reconoce la aplicación de normas de seguridad equivalentes a las normas básicas comunes.

4

La Comisión ha comprobado que la República de Serbia, por lo que respecta al Aeropuerto de Belgrado-Nikola Tesla, cumple los criterios establecidos en la parte E del anexo del Reglamento CE n.o 272/2009.

5

La Comisión ha comprobado que el Estado de Israel, por lo que respecta al Aeropuerto Internacional Ben Gurión, cumple los criterios establecidos en la parte E del anexo del Reglamento CE n.o 272/2009, en lo que se refiere a la seguridad de las aeronaves y al control de los pasajeros y del equipaje de mano.

6

Entre las medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes a que se refiere el Reglamento CE
n.o 300/2008 figuran los procedimientos de homologación y uso de equipos de seguridad de la aviación civil.

7

Las medidas adoptadas para garantizar que los equipos de seguridad de la aviación civil cumplan con las normas de funcionamiento exigidas deben armonizarse para garantizar la aplicación óptima de las normas básicas comunes de seguridad aérea.

1 DO L 97 de 9.4.2008, p. 72.
2 Reglamento CE n.o 272/2009 de la Comisión, de 2 de abril de 2009, que completa las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil establecidas en el anexo del Reglamento CE n.o 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo DO L 91 de 3.4.2009, p. 7.
3 Reglamento de Ejecución UE 2015/1998 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea DO L 299 de 14.11.2015, p. 1.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 27/1/2020 - Sección Legislación

TitreDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

PaysBelgique

Date27/01/2020

Page count34

Edition count9749

Première édition03/01/1986

Dernière édition29/09/2023

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