Diario Oficial de la Federación del 26/12/2023

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Source: Diario Oficial de la Federación

Martes 26 de diciembre de 2023

DIARIO OFICIAL

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DECLARACIONES
I.

LA SECRETARÍA DECLARA QUE:

I.1

Es una dependencia de la Administración Pública Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 2o. fracción I, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2.- El artículo 15, fracción XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, establece que el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, tendrá la facultad de autorizar la apertura, suspensión o cierre de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace, a propuesta del Director General de Oficinas de Pasaportes, por lo que cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa.
I.3.- Las Oficinas Municipales de Enlace con LA SECRETARÍA son oficinas administrativas que dependen económica y administrativamente de una Entidad Federativa o Municipio, según sea el caso, cuyo establecimiento y operación se autoriza por la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante la suscripción de un Convenio de Colaboración Administrativa, el cual deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2015.
I.4.- El artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que en territorio nacional LA SECRETARÍA podrá autorizar unidades móviles u oficinas de enlace para la tramitación de pasaportes, su establecimiento se hará mediante convenios de colaboración administrativa.
I.5.- De conformidad con el artículo 54, fracciones IX y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores corresponde a la Dirección General de Oficinas de Pasaportes, proponer al Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, la apertura, suspensión o cierre de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace, así como promover y coordinar el programa de desconcentración administrativa de los servicios que presta LA SECRETARÍA, a través del establecimiento de Oficinas de Pasaportes, que podrán auxiliarse de Oficinas Estatales o Municipales de Enlace, mediante la suscripción de convenios de colaboración administrativa.
I.6.- Señala como domicilio legal el ubicado en Plaza Juárez número 20, Colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06010, Ciudad de México, el cual consigna para los fines y efectos legales del presente Convenio de Colaboración Administrativa.
II. EL AYUNTAMIENTO DECLARA QUE:
II.1.- Es una entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II.2.- Mediante CIII Sesión Solemne del Ayuntamiento, de fecha treinta de septiembre del año dos mil veintiuno quedo instalado el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, periodo 2021-2024.
II.3.- De acuerdo a la Constancia de Mayoría de votos de la Elección para la Presidencia Municipal expedida por Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, de fecha 13 de junio de 2021, el C. José Álvarez Campos, es electo Presidente Municipal, habiendo tomado protesta el día 30 de septiembre de 2021, ante el H. Ayuntamiento en pleno, así mismo mediante Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 18 de mayo de 2023, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco, en el punto 5, analizó y aprobó autorizar por unanimidad de los integrantes del pleno al Presidente Municipal y a la Síndico Municipal para que en representación del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco puedan suscribir un Convenio de Colaboración Administrativa para el establecimiento y operación de una oficina municipal de enlace con LA SECRETARÍA, en el Municipio de Jalostotitlán, Jalisco.
II.4.- Se designa a la Oficina Municipal de Enlace en Jalostotitlán, Jalisco, a través de su Titular, como el área responsable, de vigilar y dar cumplimiento al presente Convenio de Colaboración Administrativa.
II.5.- Es su voluntad colaborar con LA SECRETARÍA, en el despacho de los asuntos que son de su competencia, en beneficio de los habitantes del Municipio de Jalostotitlán, Jalisco.
II.6.- Cuenta con los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para la operación de la Oficina Municipal de Enlace.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 26/12/2023

TitreDiario Oficial de la Federación

PaysMexique

Date26/12/2023

Page count532

Edition count3436

Première édition01/01/2011

Dernière édition31/05/2024

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