Diario Oficial de la Federación del 22/12/2023

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Source: Diario Oficial de la Federación

Viernes 22 de diciembre de 2023

DIARIO OFICIAL

3

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
BASES para la liquidación del Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, denominado Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.Secretaría de Gobernación.
LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, Secretaria de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, 7 y 8 del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1 y 5, fracciones VI y XXXIV
del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y Cuarto del Decreto por el que se Extingue el Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, No Sectorizado, Denominado Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, y se Abroga la Ley que Crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2023, y CONSIDERANDO
Que los artículos 6 y 7 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales refieren que la desincorporación de entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, se llevará a cabo mediante la disolución, liquidación, extinción, fusión, enajenación, o bien, mediante transferencia a las entidades federativas; mientras que, para la extinción de un organismo descentralizado, será la Ley o Decreto respectivo, el instrumento que señale la autoridad que emitirá las bases para el desarrollo del proceso;
Que el 21 de diciembre de 2023 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se Extingue el Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, No Sectorizado, Denominado Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, y se Abroga la Ley que Crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano;
Que el artículo Cuarto del Decreto determinó que la Secretaría de Gobernación establecerá las Bases para llevar a cabo la liquidación de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, atendiendo la normatividad aplicable, así como las disposiciones que regirán la emisión de las decisiones o acuerdos colegiados señalados en el Decreto en comento, y Que, con el fin de brindar la debida certeza al proceso de liquidación de dicha entidad, he tenido a bien emitir las siguientes:
BASES PARA LA LIQUIDACIÓN DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, NO SECTORIZADO, DENOMINADO NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO
PRIMERA. El presente instrumento tiene por objeto establecer las bases para el desarrollo del proceso de liquidación del Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, No sectorizado, denominado Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, en adelante Notimex.
SEGUNDA. El Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, Liquidador Único del Gobierno Federal, en adelante el "Liquidador", en términos de los artículos Tercero y Transitorio Cuarto del Decreto por el que se Extingue el Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, No Sectorizado, Denominado Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, y se Abroga la Ley que Crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, en adelante el Decreto, deberá cuidar, en todo tiempo, la eficiencia, eficacia, austeridad y transparencia del proceso de liquidación de Notimex, apegándose a los términos del Decreto, las presentes Bases de Liquidación y las demás disposiciones aplicables.
El Liquidador, en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto, contará con las más amplias que correspondan para actos de administración, pleitos y cobranzas y de dominio; para suscribir u otorgar títulos de crédito, así como para realizar cualquier acción que coadyuve a un eficiente proceso de liquidación.
Asimismo, podrá revocar los poderes generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio con todas las facultades generales y aún las especiales que, de acuerdo con la ley aplicable requieran poder o cláusula especial, que hubiere otorgado Notimex con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto, y en su caso, otorgar aquéllos necesarios en su carácter de Liquidador, para ejercer los derechos y atender todas las obligaciones que se deriven del proceso de liquidación.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 22/12/2023

TitreDiario Oficial de la Federación

PaysMexique

Date22/12/2023

Page count396

Edition count3436

Première édition01/01/2011

Dernière édition31/05/2024

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