Diario Oficial de la Federación del 23/01/2020

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Source: Diario Oficial de la Federación

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Primera Sección
DIARIO OFICIAL

Jueves 23 de enero de 2020

DECLARACIONES
I.

La SEGOB declara que:

I.1.

Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, en lo sucesivo RISEGOB.

I.2.

Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila, Secretaria de Gobernación cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación, con el nombramiento expedido por el Presidente de la República Mexicana, Lic. Andrés Manuel López Obrador y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 5 del RISEGOB, quien también funge como Presidenta del Consejo Nacional de Población CONAPO, con fundamento en los artículos 6o. de la Ley General de Población y 36 de su Reglamento.

I.3.

De conformidad con el artículo 5o. de la Ley General de Población, el CONAPO tiene a su cargo la planeación demográfica del país y tiene por objeto incluir a la población en los programas de desarrollo económico y social que se formulen dentro del sector gubernamental y vincular los objetivos de éstos con las necesidades que plantean los fenómenos demográficos.

I.4.

De conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción III, 114, 115, fracción V, 142 y 143, fracción IX del RISEGOB cuenta con un órgano administrativo desconcentrado denominado SGCONAPO, a la que corresponden las funciones operativas del Consejo Nacional de Población.

I.5.

Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, está facultado para suscribir el presente instrumento, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.

I.6.

Raúl Horacio de Jesús Cantú Hernández, Director General de Programas de Población y Asuntos Internacionales, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115, fracción V, 116, 143, fracciones VI, IX y 158
del RISEGOB.

I.7.

Señala como domicilio legal el ubicado en la Calle Bucareli número 99, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06699, Ciudad de México.

II.

El GOBIERNO DEL ESTADO declara que:

II.1.

Es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 40, 41, párrafo primero, 42, fracción I, 43 y 116, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 22 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

II.2.

Héctor Antonio Astudillo Flores, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación y acredita su personalidad jurídica conforme a la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección de Gobernador, otorgada por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, expedida el 14 de junio de 2015, y la publicación del Bando Solemne por el que se da a conocer la Declaratoria de Gobernador Electo que realizó el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, a favor del Ciudadano Héctor Antonio Astudillo Flores, para el periodo comprendido del 27 de octubre de 2015 al 14 de octubre de 2021, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero número 84, Alcance III, de fecha 20 de octubre del 2015 y los artículos 71, 87, 88, numeral 3, 90, numeral 2 y 91, fracciones XXIX y XLVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero;
1, 2, 3, 4, 6 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero número 08.

II.3.

Florencio Salazar Adame, en su carácter de Secretario General de Gobierno, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado a su favor por Héctor Antonio Astudillo Flores, Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero y el Acta de Protesta, ambos de fecha 27 de octubre del 2015, participa en el presente Convenio Marco de Coordinación, con sustento en los artículos 87, 88 y 90, numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero;
3, 6, 7, 11, 18, Apartado A, fracción I y 20, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero número 08; 3, 5 y 10, fracciones X, XIII y XXXVI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 23/01/2020

TitreDiario Oficial de la Federación

PaysMexique

Date23/01/2020

Page count618

Edition count3451

Première édition01/01/2011

Dernière édition21/06/2024

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