Diario Oficial El Peruano del 29/3/2019

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, viernes 29 de marzo de 2019

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANAS DE TACNA
NOTIFICACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y sus modificatorias, pone en conocimiento de la personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduanas de Tacna, en aplicación del literal j del Artículo 197 de la Ley General de Aduanas Decreto Legislativo N 1053 y en concordancia al Artículo 7 del Reglamento del Régimen Especial Aduanero de Equipaje y Menaje de Casa, aprobado por Decreto Supremo N 182-2013-EF y sus modificatorias, mediante la Resolución Jefatural de División abajo indicada ha decretado el COMISO
ADMINISTRATIVO de las mercancías descritas en las actas de incautación indicadas en la presente notificación, las mismas que fueron intervenidas en merito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerados de la presente resolución.
La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduanas de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 Pocollay Tacna, a recabar copia del documento notificado.
Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los Articulo 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N 1053, concordante con los Artículos 235, 242 y 243 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Mediante la Resolución Jefatural de División N 172-3G0500/2019-000116 de fecha 18.03.2019, se ha determinado la situación legal COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías detalladas en el Anexo I adjunto a la presente notificación, intervenidas por el personal de la División de Atención Fronteriza.
Anexo I: Listado de las Actas de Incautación vinculadas a la menciona resolución.
RESOLUCIÓN
JEFATURAL DE DIVISIÓN

ANEXO I
RELACIÓN DE ACTAS DE INCAUTACION FORMULADAS POR PERSONAL DEL CENTRO DE ATENCION FRONTERIZO PERIODO 2018

DETERMINACIÓN LEGAL

N ACTA DE INCAUTACION FECHA DEL ACTA
172-0204-2018-0000926

ARTÍCULO PRIMERO.- Disponer la INTEGRACIÓN de las Actas de Incautación señaladas en el Anexo I, de conformidad con lo 01
establecido en el numeral 4.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Ley N 27444.
172-3G0500/2019-000116
172-0204-2018-0000934
ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar el COMISO de las mercancías consignadas en las actas de incautación que se detallan en el 02
con fecha 18.03.2019
Anexo I adjunto a la presente resolución, en aplicación de lo establecido en el literal j del artículo 197 de la Ley General de Aduanas, conforme a los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos.
172-0204-2018-0000959
03

DATOS DEL INTERVENIDO

CIF US$

08.12.2018

CASTRO MOZO ELMO NATIVIDAD, IDENTIFICADO CON DNI N 45421053

211.72

12.12.2018

DIAZ VEGA CARLOS ALBERTO, IDENTIFICADO CON PASAPORTE N 10651223-K

85.45

20.12.2018

ÁLVAREZ QUISPE JOSE LUIS, IDENTIFICADO CON 10834839

68.00

Mediante la Resolución Jefatural de División N 172-3G0500/2019-000123 de fecha 20.03.2019, se ha determinado la situación legal COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías detalladas en el Anexo I adjunto a la presente notificación, intervenidas por el personal de la División de Atención Fronteriza.
RESOLUCIÓN
JEFATURAL DE
DIVISIÓN

DETERMINACIÓN LEGAL

172-3G0500/2019000123 con fecha 20.03.2019

ARTÍCULO PRIMERO.- Disponer la INTEGRACIÓN de las Actas de Incautación señaladas en el Anexo I, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Ley N 27444.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PROMOVER DE OFICIO la adecuación del fundamento legal de la intervención materializada en las actas de incautación vistas en el Anexo I, al amparo del tipo legal prescrito en el inciso j del Artículo 197 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, por ser la norma de correcta aplicación, de conformidad del Artículo 154 de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Ley N 27444.
ARTÍCULO TERCERO.- Declarar el COMISO de las mercancías consignadas en las actas de incautación que se detallan en el Anexo I, en aplicación de lo establecido en el literal j del Artículo 197 de la Ley General de Aduanas.

ANEXO I
RELACIÓN DE ACTAS DE INCAUTACION FORMULADAS POR PERSONAL DEL CENTRO DE
ATENCION FRONTERIZO PERIODO DEL AÑO 2018
ACTA DE
FECHA DEL
DATOS DEL INTERVENIDO
CIF US$
N INCAUTACION
ACTA
SUMIANO MEJIA, FIDEL FELIPE, 172-0204-20188.00
24.12.2018
IDENTIFICADO CON DNI N 00523450
01
0000967

02

172-0204-20180000966

23.12.2018

RIVERA CARDENAS, MARGA MARIBEL, IDENTIFICADA CON DNI N 04623150

10.00

NOTIFICACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y sus modificatorias, pone en conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduanas de Tacna, en aplicación del inciso d del Artículo 2 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, en concordancia a los Artículos 33 y 38 de la citada norma, emitió la Resolución Jefatural de División abajo indicada, decretando el COMISO de la mercancía descrita en el acta de incautación indicada en la presente notificación, la misma que fue intervenida en mérito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerados de la presente resolución.
Cabiendo resaltar que las mercancías intervenidas son materia de infracción administrativa vinculada al contrabando, en las que no se identificó plenamente al infractor o propietario de las mercancía, ni tampoco estos presentaron dentro del plazo legal, solicitud de devolución que permita su identificación, para su notificación personal.
La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduanas de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 Pocollay Tacna, a recabar copia del documento notificado.
Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los Artículos 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N 1053, concordante con los Artículos 235, 242 y 243 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Mediante Resolución Jefatural de División N 172-3G0500/2019-000120 de fecha 20.03.2019, se determina la situación legal de la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 172-0400-2015-000079 del 31.08.2015.
RESOLUCIÓN
DETERMINACIÓN LEGAL
JEFATURAL DE DIVISIÓN
N 172-3G0500/2019-000120 ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 172-0400-2015-000079 del 31.08.2015, en aplicación a lo previsto en el 172-0400-2015con fecha 20.03.2019 Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros, en concordancia del último párrafo del Artículo 35 de la citada norma, conforme a los fundamentos antes expuestos.
000079

ACTA DE INCAUTACIÓN
Fecha del Acta de Incautación Valor CIF en US$ Tributos dejados de pagar en US$
31.08.2015

522.72

261.86

Mediante Resolución Jefatural de División N 172-3G0500/2019-000128 de fecha 21.03.2019, se determina la situación legal de la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 172-0400-2015-000102 del 10.12.2015.
RESOLUCIÓN JEFATURAL
DE DIVISIÓN

DETERMINACIÓN LEGAL

N

172-3G0500/2019-000128 con ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 172-0400-2015-000102 del 10.12.2015, en aplicación de lo estipulado en el Artículo 38
fecha 21.03.2019
de la Ley de los Delitos Aduaneros, y en concordancia con el último párrafo del Artículo 35 de la acotada norma, de conformidad a los fundamentos expuestos en la presente resolución.

172-0400-2015000102

ACTA DE INCAUTACIÓN
Tributos dejados de pagar Fecha del Acta de Valor CIF en US$
en US$
Incautación 10.12.2015

642.00

198.90

NOTIFICACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y sus modificatorias, pone en conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduanas de Tacna, en aplicación del inciso d del Artículo 2 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, en concordancia a los Artículos 33 y 38 de la citada norma, emitió las Resoluciones Jefaturales de División abajo indicadas, decretando el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías descritas en las actas de incautación detalladas en la presente notificación, las mismas que fueron intervenidas en mérito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de las resoluciones.
Cabe resaltar que las mercancías intervenidas son materia de infracción administrativa vinculada al contrabando, siendo encontradas abandonadas, sin poder identificar plenamente al infractor o propietario de las mercancía, ni tampoco estos presentaron dentro del plazo legal, solicitud de devolución que permita su identificación, para su notificación personal. La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduanas de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 Pocollay Tacna, a recabar copia del documento notificado. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los Artículos 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N 1053, concordante con los Artículos 235, 242 y 243 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Acta
Fecha
Resolución Jefatural de División
Fecha
Determinación
Acta
172-0400-2015-00070 11.07.2015

172-3G0500/201900106

ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta N 172-0400-2015-00070 de fecha 11.07.2015, de con13.03.2019
formidad con el artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y modificatorias.

172-0400-2015-00017 26.02.2015

172-3G0500/201900107

13.03.2019

172-0400-2015-00068 04.07.2015

172-3G0500/201900113

ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta N 172-0400-2015-00017 de fecha 26.02.2015, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y modificatorias.
ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta N 172-0400-2015-00068 de fecha 04.07.2015, de con15.03.2019
formidad con el artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y modificatorias.

Fecha
Resolución Jefatural de División
172-0400-2015-00067 05.07.2015

172-3G0500/201900114

172-0400-2015-00065 29.06.2015

172-3G0500/201900117

172-0400-2015-00066 03.07.2015

172-3G0500/201900118

Fecha
Determinación
ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta N 172-0400-2015-00067 de fecha 05.07.2015, de con15.03.2019
formidad con el artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y modificatorias.
ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta N 172-0400-2015-00065 de fecha 29.06.2015, de con20.03.2019
formidad con el artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y modificatorias.
ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía consignada en el Acta N 172-0400-2015-00066 de fecha 03.07.2015, de con20.03.2019
formidad con el artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y modificatorias.

005-1754694-1

002-1752591-1

UNIDAD TERRITORIAL AYACUCHO

002-1754464-1

002-1754190-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 29/3/2019

TitreDiario Oficial El Peruano

PaysPérou

Date29/03/2019

Page count40

Edition count2744

Première édition01/01/2016

Dernière édition19/05/2024

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