Diario Oficial de la República de Chile del 11/11/2021 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 11 de Noviembre de 2021

Normas Generales PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior y Seguridad Pública SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR
CVE 2040703
PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN
CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA POR EL PERIODO QUE INDICA
Núm. 281.- Santiago, 10 de noviembre de 2021.
Visto:
Lo establecido en los artículos 9, 19 N1, 32 N5, 39, 42 y 43 de la Constitución Política de la República; en la Ley N18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción; en el decreto con fuerza de ley N1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto supremo N1.364, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, establece disposiciones relativas al uso de la fuerza en las intervenciones policiales para el mantenimiento del orden público; la circular N1.832, de 2019, del General Director de Carabineros de Chile, Uso de la Fuerza:
Actualiza instrucciones al respecto; la Orden General N2635, de 2019, del General Director de Carabineros, Protocolos para el mantenimiento del orden público: aprueba nuevo texto y deroga normativa que indica, y sus modificaciones posteriores; el decreto supremo N8, de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, establece las reglas de uso de la fuerza para las Fuerzas Armadas en los estados de excepción constitucional que indica; el decreto supremo N270, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de emergencia en las zonas del territorio nacional que indica; el decreto supremo N276, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga la declaración de estado de excepción constitucional de emergencia por el lapso que indica; el oficio Gabinete Presidencial N1.548, de 2 de noviembre de 2021, que somete a consideración del Congreso Nacional la prórroga del estado de excepción constitucional de emergencia; el Of. 17.049, de 9 de noviembre de 2021, de la H.
Cámara de Diputados; y, en la resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, a través del decreto supremo N270, de 12 de octubre de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se declaró estado de excepción constitucional de emergencia, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, por un término de 15 días, como consecuencia del preocupante aumento y concentración de actos de violencia vinculados al narcotráfico, el terrorismo y el crimen organizado en las zonas indicadas, cometidos por grupos armados que no sólo han atentado contra la vida e integridad física de miembros de las Fuerzas de Orden y Seguridad, sino que también de civiles, y han destruido casas, iglesias, escuelas, instalaciones y bienes destinados a actividades turísticas, industriales, agrícolas y comerciales.
2. Que, a pesar de los esfuerzos desplegados, fue necesario prorrogar la declaración de estado de excepción constitucional de emergencia, por 15 días adicionales, mediante el decreto supremo N276, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
3. Que, aun cuando en las zonas mencionadas la situación derivada de la violencia señalada ha disminuido debido a una serie de medidas que se han adoptado para hacer cesar las graves alteraciones del orden público, éstas no han sido suficientes, subsistiendo las circunstancias que motivaron la declaración efectuada.
4. Que, en consecuencia, y en estricto cumplimiento a la normativa constitucional, mediante el oficio Gabinete Presidencial N1.548, se solicitó el acuerdo del H.
Congreso Nacional para prorrogar la declaración de estado de excepción constitucional de emergencia por un plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del periodo previsto en el artículo primero del decreto supremo N276, de 2021, antes referido.

Nº 43.100

5. Que, por oficio N17.049, de 9 de noviembre de 2021, de la H. Cámara de Diputados, se comunicó la aprobación del Honorable Congreso Nacional a la solicitud efectuada por S.E. el Presidente de la República, en orden a prorrogar la vigencia del estado de excepción constitucional de emergencia, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, por un plazo adicional de 15 días, en los términos solicitados.
6. Que, de conformidad a los fundamentos expuestos, vengo en dictar el siguiente, Decreto:
Artículo primero: Prorrógase el estado de excepción constitucional de emergencia, declarado mediante decreto supremo N270, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, declarando como zonas afectadas, las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía, por un plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el decreto supremo N276, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Artículo segundo: Renuévanse, por el mismo período, las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional en las zonas señaladas en el artículo anterior, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados en el decreto supremo N270, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Delgado Mocarquer, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Baldo Prokurica Prokurica, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Juan Francisco Galli Basili, Subsecretario del Interior.
DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE ATACAMA
CVE 2038963
ORDENA EL DESALOJO ADMINISTRATIVO DEL INMUEBLE FISCAL
QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO DE TODO OCUPANTE ILEGAL
DEL MISMO
Resolución Núm. 1.226 exenta.- Copiapó, 4 de noviembre de 2021.
Vistos:
Artículos 115 bis y 116, de la Constitución Política de la República; artículos 2º letra c y 4º letra h, de la Ley N19.175, LOC sobre Gobierno y Administración Regional; las facultades contenidas en el DFL N22, de 1959, del Ministerio del Interior, artículo 26 letras e y f, y artículos 33 y 34; Ord N3080, de fecha 2
de noviembre de 2021, emitido por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales; decreto N178, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
y resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución Política de la República, en la provincia de asiento de la capital regional, el Delegado Presidencial Regional ejercerá las funciones y atribuciones del Delegado Presidencial Provincial.
2.- Que, conforme a lo anterior y en relación a lo dispuesto en el artículo 4º letra h de la ley N19.175, corresponde al Delegado Presidencial Regional vigilar y cuidar la conservación de los bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad correspondiente lo solicite.
3.- Que, de acuerdo con el Ord. N3080, de fecha 2 de noviembre de 2021, citado en los vistos, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Atacama solicitó a esta repartición adoptar las medidas tendientes para desalojar a todo ocupante ilegal y obtener la restitución administrativa del predio fiscal ubicado en sector El Morro, ruta C-302, altura km. 6, comuna de Caldera, cuya ocupación ilegal por terceros no individualizados fuera constatada en ficha de fiscalización N1342229, de dicha Secretaría Regional.
4.- Que, el inmueble ilegalmente ocupado, conforme lo informado en el documento antes señalado, corresponde a una superficie estimada de 500 metros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 11/11/2021 - Secciones I-IV

TitreDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaysChili

Date11/11/2021

Page count32

Edition count1245

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Dernière édition19/03/2024

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