Diario Oficial de la República de Chile del 25/2/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 25 de Febrero de 2020

Reducción del Descarte y de la Captura de Pesca Incidental autorizado mediante resolución exenta Nº 4.480, de 2017, de conformidad con los artículos 7º A.-, 7º B.- y 7º C.- de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2020.
Para los efectos antes señalados la nómina se divide en cuatro categorías de especies; objetivo Tabla 1; fauna acompañante sujeta a cuotas globales anuales de captura CGA Tabla 2; fauna acompañante no administrada bajo cuotas globales anuales de captura Tabla 3 y pesca incidental Tabla 4, distinguiendo en cada tabla las especies que tienen prohibición de descarte, especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Descarte y la Captura de Pesca Incidental autorizado mediante resolución exenta Nº 1.626, de 2019, de conformidad con los artículos 7º A y 7º C de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2020.
Para los efectos antes señalados la nómina se divide en cuatro categorías de especies: objetivo Tabla 1; fauna acompañante sujeta a cuotas globales anuales de captura CGA, Licencia Transable de Pesca LTP, Régimen Artesanal de Extracción RAE, o Veda V según corresponda Tabla 2; fauna acompañante no administrada con cuota global anual de captura o sometida al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT Tabla 3 y pesca incidental Tabla 4, distinguiendo en cada tabla las especies que tienen prohibición de descarte, especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

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Valparaíso, 7 de febrero de 2020.- José Pedro Núñez Barruel, Subsecretario de Pesca y Acuicultura S.

Nº 42.588

CVE 1730627
ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIE OBJETIVO Y DE FAUNA
ACOMPAÑANTE SOMETIDAS A LOS ARTÍCULOS 7ºA, 7ºB Y 7ºC DE
LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA UNIDADES DE
PESQUERÍA DE MERLUZA DE COLA, AÑO 2020
Extracto
Por resolución exenta Nº 326, de 7 de febrero de 2020, de esta Subsecretaría, establécese la nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental para la pesquería industrial de Merluza de cola, en sus unidades de pesquería, comprendidas en el área marítima de la Región de Valparaíso a la Región de Los Lagos y en el área marítima de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo a la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, las que se encuentran sometidas a un Plan de Reducción del Descarte y de la Captura de Pesca Incidental autorizado mediante resolución exenta Nº 3.067, de 2017, de conformidad con los artículos 7º A.- 7º B.- y 7º C.- de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2020.
Para los efectos antes señalados la nómina se divide en cuatro categorías de especies: objetivo sometidas al Plan de Reducción del Descarte en pesquería Merluza de cola Tabla 1; fauna acompañante sometidas a Cuota Global Anual de captura CGA, Licencias Transables de Pesca LTP, Permisos Extraordinarios de Pesca PEP, Cuota Fuera de la Unidad de Pesquería FUP, Veda V o al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT, según corresponda para las flotas de arrastre Hielera Centro Sur HSC, Hielera Sur Austral HSA y Fábrica Sur Austral FSA Tabla 2; fauna acompañante de la pesquería de Merluza de cola no administradas bajo Cuota Global Anual de captura CGA o bien, sometida al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT
para las flotas de arrastre Hielera Centro Sur HSC, Hielera Sur Austral HSA y Fábrica Sur Austral FSA Tabla 3 y pesca incidental Tabla 4, distinguiendo en cada tabla las especies que tienen prohibición de descarte, especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 7 de febrero de 2020.- José Pedro Núñez Barruel, Subsecretario de Pesca y Acuicultura S.

CVE 1730626
ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIES OBJETIVO, FAUNA ACOMPAÑANTE
Y DE PESCA INCIDENTAL SOMETIDAS A LOS ARTÍCULOS 7ºA Y 7ºC
DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA PESQUERÍA
DE JUREL, AÑO 2020
Extracto
Por resolución exenta Nº 327, de 7 de febrero de 2020, de esta Subsecretaría, establécese la nómina de especies objetivo, fauna acompañante y de pesca incidental para la pesquería industrial de Jurel en las unidades de pesquería comprendidas en el área marítima de las Regiones de Valparaíso a Los Lagos y para la actividad extractiva desarrollada en aguas internacionales, en el área de la Convención sobre Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en Alta Mar en el Océano Pacífico Sur SPRFMO, que se encuentran sometidas a un Plan de Reducción del
Valparaíso, 7 de febrero de 2020.- José Pedro Núñez Barruel, Subsecretario de Pesca y Acuicultura S.
CVE 1730625
ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIES OBJETIVO Y DE FAUNA
ACOMPAÑANTE SOMETIDAS A LOS ARTÍCULOS 7ºA, 7ºB Y 7ºC DE
LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA PESQUERÍAS
DE MERLUZA COMÚN, AÑO 2020
Extracto
Por resolución exenta Nº 328, de 7 de febrero de 2020, de esta Subsecretaría, establécese la nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental para la pesquería industrial de arrastre y artesanal de enmalle de Merluza común en su unidad de pesquería, comprendida en el área marítima de la Región de Coquimbo al paralelo 41º28,6 L.S., que se encuentran sometidas a un Plan de Reducción del Descarte y de la Captura de Pesca Incidental, autorizado mediante resolución exenta Nº 1.840 de 2017, de conformidad con los artículos 7º A.-, 7º B.- y 7º C.- de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2019.
Para los efectos antes señalados, la nómina se divide en cuatro categorías de especies: objetivo para flotas las industrial y artesanal Tabla 1; fauna acompañante FA sometidas a cuota global anual de captura CGA, Licencia Transable de Pesca LTP, Permisos Extraordinarios de Pesca PEP, Régimen Artesanal de Extracción RAE, Cuota Regional CR, Cuota Fuera de la Unidad de Pesquería FUP, Veda V o al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT, según corresponda para las flotas industrial y artesanal Tabla 2; fauna acompañante no administrada bajo cuotas globales anuales de captura o sometidas al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT según corresponda, para las flotas industrial y artesanal Tabla 3 y pesca incidental para ambas flotas Tabla 4, distinguiendo en cada tabla las especies que tienen prohibición de descarte, especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 7 de febrero de 2020.- José Pedro Núñez Barruel, Subsecretario de Pesca y Acuicultura S.
CVE 1730624
ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIES OBJETIVO Y DE SU FAUNA
ACOMPAÑANTE SOMETIDAS A LOS ARTÍCULOS 7ºA, 7ºB Y 7ºC DE
LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA PESQUERÍAS
DE MERLUZA DEL SUR Y CONGRIO DORADO, AÑO 2020
Extracto
Por resolución exenta Nº 329, de 7 de febrero de 2020, de esta Subsecretaría, establécese la nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental para las pesquerías industriales de arrastre y palangre y artesanal de espinel de Merluza del sur y Congrio dorado, en sus unidades de pesquería, comprendidas en las áreas marítimas entre los paralelos 41º28,6 al 57º L.S., que se encuentran sometidas a un Plan de Reducción del Descarte y de la Captura de Pesca Incidental autorizado mediante resolución exenta Nº 4.479, de 2017, de conformidad con los artículos 7º A.-, 7º B.- y 7º C.- de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2019.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 25/2/2020 - Secciones I-IV

TitreDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaysChili

Date25/02/2020

Page count24

Edition count1243

Première édition17/08/2016

Dernière édition22/11/2023

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