Diario Oficial de la República de Chile del 15/10/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 15 de Octubre de 2019

Que, se requiere modificar el decreto del asunto, a efectos de agregar a don Alberto González Soto, RUN 9.530.801-5, como nuevo integrante del Panel de expertos referido, según se informa en el memorándum electrónico N1439/2019
de la Jefa de División Observatorio Social de la Subsecretaría de Evaluación Social, por tanto, Decreto:
Primero: Modifícase el decreto N15, de 9 de octubre de 2018, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, en el sentido de agregar en el inciso primero de su numeral Tercero un nuevo integrante del Panel de Expertos para la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional 2019, según se indica:

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

2.c. Operaciones no reajustables en moneda nacional de 90 días o más, inferiores o iguales al equivalente de 5.000 unidades de fomento y superiores al equivalente de 200 unidades de fomento: 19,05% anual.
2.d. Operaciones no reajustables en moneda nacional de 90 días o más, superiores al equivalente de 5.000 unidades de fomento: 5,57% anual.
3.a. Operaciones reajustables en moneda nacional de menos de 1 año: 3,72%
anual. Esta tasa rige para las leyes que se remiten a la tasa de interés máxima convencional para operaciones reajustables.
3.b. Operaciones reajustables en moneda nacional de 1 año o más, inferiores o iguales al equivalente de 2.000 unidades de fomento: 4,63% anual.
3.c. Operaciones reajustables en moneda nacional de 1 año o más, superiores al equivalente de 2.000 unidades de fomento: 4,16% anual.
4.a. Operaciones expresadas en moneda extranjera inferiores o iguales al equivalente de 2.000 unidades de fomento: 10,53% anual.
4.b. Operaciones expresadas en moneda extranjera superiores al equivalente de 2.000 unidades de fomento: 6,63% anual.
5.
Conforme al inciso final del artículo 6 bis de la ley 18.010, el interés máximo convencional aplicable para las operaciones de crédito de dinero cuyo mecanismo de pago consista en la deducción de las respectivas cuotas directamente de la pensión del deudor será de: 19,70% anual.

Nº 42.477

8 Pablo Alberto González Soto, RUN 9.530.801-5.

Segundo: Deja constancia que en todo lo no modificado rige plenamente lo dispuesto en el decreto N15, de 9 de octubre de 2018, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, y su respectivo alcance contenido en el oficio N27.156, de fecha 31 de octubre de 2018 de la Contraloría General de la República.

Santiago, 11 de octubre de 2019.- Por orden del Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero, Luis Figueroa de la Barra, Intendente de Regulación de Bancos e Instituciones Financieras.

Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Sebastián Sichel Ramírez, Ministro de Desarrollo Social y Familia.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Amanda Dawes Ibáñez, Subsecretaria de Evaluación Social S.

Ministerio de Desarrollo Social y Familia
Ministerio de Educación
SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN

CVE 1667690
MODIFICA DECRETO N15, DE 2018, DE ESTA SECRETARÍA DE ESTADO, SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIAL, EN LA PARTE QUE INDICA

CVE 1667679
ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL DIRECTOR DE EDUCACIÓN
PÚBLICA Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO N206 EXENTO, DE 2018, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Santiago, 11 de septiembre de 2019.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 7.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32º número 6º y 35º de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado por el decreto supremo N100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica los cuerpos legales que se indican; en el decreto supremo N15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba el Reglamento del artículo 4 de la ley N20.530 sobre la estructura organizativa interna del Ministerio de Desarrollo Social; en el decreto con fuerza de ley N1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 1º, apartado I, N21 del decreto supremo N19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en el decreto N15 de 9 de octubre de 2018 del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que crea la Comisión Asesora Ministerial denominada Panel de Expertos para la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional 2019 más su respectivo alcance contenido en el oficio N27.156 de fecha 31 de octubre de 2018 de la Contraloría General de la República y en la resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:

Que, mediante decreto N15 de 9 de octubre de 2018 del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de Evaluación Social, se creó la Comisión Asesora Ministerial denominada Panel de Expertos para la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional 2019, el cual fue tomado de razón con fecha 31 de octubre de 2018, con los alcances indicados en el oficio N27.156 de fecha 31 de octubre de 2018 de la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial el 9 de noviembre de 2018.

Núm. 963 exento.- Santiago, 10 de octubre de 2019.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32 N10 y 35, de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado;
en la ley N21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales; en la ley N19.882, regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley N29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto N19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar Por orden del Presidente de la República; en el decreto exento N206, de 2018, del Ministerio de Educación, que Fija Orden de Subrogación del Director de Educación Pública; en el decreto exento N72, de 2019, del Ministerio de Educación, que Modifica Orden de Subrogación del Director de Educación Pública; en la resolución exenta N3, de 2018, de la Dirección de Educación Pública, que establece y aprueba la organización interna, otorga denominaciones y asigna funciones de la forma que indica a las unidades de la Dirección de Educación Pública; en la resolución N6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, de las materias de personal que se indican;
Considerando:
1 Que, el artículo 79 del decreto con fuerza de ley N29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, señala que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el titular o suplente;
2 Que, el artículo 81 del referido decreto con fuerza de ley señala que la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 15/10/2019 - Secciones I-IV

TitreDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaysChili

Date15/10/2019

Page count404

Edition count1245

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Dernière édition19/03/2024

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