Diario Oficial de la República de Chile del 16/3/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Sábado 16 de Marzo de 2019

2.- Que, resulta necesario rectificar el acto administrativo que aprobó las bases de postulación año 2019, debido a errores de transcripción en la línea de financiamiento de proyectos de Infraestructura Social y Comunitaria, que se indicaron en la resolución exenta ya individualizada precedentemente, como también en sus antecedentes adicionales.
3.- En razón de lo expuesto,
Nº 42.306

Debe decir:

Resuelvo:

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

Artículo primero: Rectifícase el artículo segundo de la resolución exenta N
887, de fecha 30 de enero del año 2019, en el siguiente sentido:
1.- En el Capítulo 1, apartado 1.5 Líneas de Financiamiento.
Donde dice:

Proyectos de Infraestructura Social y Comunitaria: Corresponde a proyectos destinados principalmente a la construcción, mejoramiento, ampliación, reparación y/o mantención de bienes inmuebles, espacios públicos incluye implementación, centros de salud municipales, postas rurales y estaciones médico-rurales ver desglose en tipología, proyectos destinados a conjuntos habitacionales, sujetos a copropiedad inmobiliaria - de conformidad a la ley 19.537, proyectos que contemplen el mejoramiento o ampliación de un sistema de agua potable rural APR, construcción de cierres perimetrales en viviendas sociales básicas, proyectos de mantención, mejoramiento o implementación de salas cuna, jardines infantiles, colegios municipalizados y colegios pertenecientes a fundaciones o corporaciones.

4.- En el citado capítulo 4, apartado 4.2 Requisitos Obligatorios para Proyectos de Infraestructura, Acápite 4.2.1 Listado de Antecedentes.
En el recuadro donde dice:

Debe decir:

Proyectos de Infraestructura Social y Comunitaria: Corresponde a proyectos destinados principalmente a la construcción, mejoramiento, ampliación, reparación y/o mantención de bienes inmuebles, espacios públicos incluye implementación, centros de salud municipales, postas rurales y estaciones médico-rurales ver desglose en tipología, proyectos destinados a conjuntos habitacionales, sujetos a copropiedad inmobiliaria - de conformidad a la ley 19.537, proyectos que contemplen el mejoramiento o ampliación de un sistema de agua potable rural APR, proyectos de mantención, mejoramiento o implementación de salas cuna, jardines infantiles, colegios municipalizados y colegios pertenecientes a fundaciones o corporaciones.

Debe decir:

2.- En el citado Capítulo 1, apartado 1.5 Líneas de Financiamiento, párrafo final.
Donde dice:

Importante: No se aceptarán proyectos por compra de materiales de construcción y bienes inmuebles. Todos los proyectos postulados a Infraestructura deberán ser por obra vendida. El plazo máximo de ejecución del proyecto y de presentación de la rendición de cuentas, corresponde a un máximo de 10 meses contados desde la transferencia de los recursos o depósito del cheque en la cuenta bancaria a nombre de la organización.

Artículo segundo: En lo no modificado, se mantiene plenamente vigente la resolución exenta N 887, de 2019, de la Subsecretaría del Interior.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Ximena Risco Fuentes, Subsecretaria del Interior S.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Jefe División Jurídica S.

Debe decir:

Importante: No se aceptarán proyectos por compra de materiales de construcción y bienes inmuebles. Todos los proyectos postulados a Infraestructura deberán ser por obra vendida. El plazo máximo de ejecución del proyecto y de presentación de la rendición de cuentas, corresponde a un máximo de 9 meses contados desde la transferencia de los recursos o depósito del cheque en la cuenta bancaria a nombre de la organización.
3.- En el capítulo 4, apartado 4.1 titulado Tipología de Proyectos Infraestructura Social y Comunitaria.

Ministerio Secretaría General de Gobierno
CVE 1560532
DESIGNA SUPLENTE DEL SUBSECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
EN EL CONSEJO NACIONAL DEL FONDO DE FORTALECIMIENTO DE
ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO
Resolución
En el cuadro donde dice:

Núm. 272/405.- Santiago, 28 de febrero de 2019.
Vistos:
La Ley Nº 19.032 que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno;
el decreto con fuerza de ley Nº 1 del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de 1992; el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.500; el decreto Nº 1, de 2013, del Ministerio Secretaría General

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 16/3/2019 - Secciones I-IV

TitreDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaysChili

Date16/03/2019

Page count20

Edition count1245

Première édition17/08/2016

Dernière édition19/03/2024

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