Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/4/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 40

B.O.P. DE CADIZ NUM. 61

este Auto, lo acuerdo mando y firma D. JESÚS SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO
DE ALGECIRAS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al EJECUTADO RYDER CLUBS
RESTAURANTES S.L, COSTAGOL 73 S.A, GRUPO 3ML MARBELLA 2016 S.L
y SERVICIOS TURISTICOS Y HOTELEROS SAN ROQUE S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a once de marzo de dos mil veintiuno. EL LETRADO DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.
Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 21.508


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue los autos núm. 1233/2019, sobre Despidos/
Ceses en general, a instancia de DAVID BAENA MEDINA contra MASQUEREFORMA
CONTRATAS Y SERVICIOS SLU, en la que con fecha 10.03.21 se ha dictado Sentencia nº 53/21 que sustancialmente dice lo siguiente:
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº2
JEREZ DE LA FRONTERA
AUTOS núm. 1233/19
SENTENCIA núm. 53/21

En Jerez de la Frontera, a diez de marzo de dos mil veintiuno.

Dña M Soledad Ortega Ugena, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO
DE LO SOCIAL NUM. 2 de Jerez de la Frontera, tras haber visto los presentes autos sobre DESPIDO-CANTIDAD seguidos a instancia de DON DAVID
BAENA MEDINA contra MASQUEREFORMA CONTRATAS Y SERVICIOS
SLU, emplazado el FOGASA, EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA

FALLO

Que estimando la demanda respecto de la acción de despido formulada DON DAVID BAENA MEDINA contra MASQUEREFORMA CONTRATAS Y
SERVICIOS SLU, emplazado el FOGASA, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, se tiene por efectuada la opción por la indemnización y se acuerda la extinción de la relación laboral con fecha del despido, condenando a la empresa al abono de la indemnización en cuantía de 12644 €. Se estima la demanda respecto a la pretensión de cantidad y se condena a la empresa al abono de 1.27954 €, más el 10% de interés de mora, sin pronunciamiento para el FOGASA.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco de Santander nº 1256 0000 65 1233 19, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo deberá en el momento de anunciar el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria haciendo constar también el número de procedimiento.

Así por esta mi sentencia lo ordeno, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a MASQUEREFORMA
CONTRATAS Y SERVICIOS SLU, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

15/3/21. EL/LA LETRADO/A DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
ROSARIO MARISCAL RUIZ. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Nº 21.522

5 de abril de 2021

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
MADRID
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1373/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EL YAZID MASSAOUD frente a GREEN NICE GARDEN
SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
ACTA

En Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veintiuno .

Ante el Ilmo. Sr. Letrado/a de la Admón. de Justicia D./Dña. LAURA
CARRIÓN GÓMEZ de este Juzgado de lo Social nº 2, con asistencia de mi el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ.

COMPARECEN:

Como demandante/s: D./Dña. EL YAZID MASSAOUD, DNI Y0456262W
asistida de la LETRADA DOÑA MARIA LOPEZ IGLESAS con num de col 81846.

Como demandado/s: GREEN NICE GARDEN SL CIF B72350176 no comparece pese a estar citado.

S.S, a la vista de lo anterior, acuerda la SUSPENSIÓN de los actos de conciliación y juicios señalados por no encontrarse citado FOGASA.

Así mismo acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 07/07/2021, a las 13:00 horas, en la Sala de vistas de este juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para el mismo.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando este acta los que en la misma intervienen, después de S.S, de lo que yo, Letrado/a de la Admón. de Justicia, doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GREEN
NICE GARDEN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Cádiz
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. EL/LA
LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA. LAURA CARRIÓN GÓMEZ.
Firmado.
Nº 21.550


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra.
LUZ MARÍA BONILLA VALLEJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA, en los autos número 149/2020
seguidos a instancias de RAFAEL GALAN CARAVACA contra UNION GRAFICA
GADITANA SL sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a UNION
GRAFICA GADITANA SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 31 DE ENERO DE 2022 A LAS 10:15 Y A LAS 10:45
HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a UNION GRAFICA GADITANA SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Jerez de la Frontera, a 17/3/21. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ALFONSO MENESES DOMÍNGUEZ.
Firmado.
Nº 21.893

.
.P

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PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/4/2021

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date05/04/2021

Page count39

Edition count6017

Première édition02/01/2001

Dernière édition15/05/2024

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