Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/7/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

13 de julio de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 131

de la ejecución de las obras de edificación.

1.5.2. Parcelas resultantes:

Una vez descontado el viario se presentan dos parcelas:

Parcela 1 con una superficie de 1.228,50 m2s.

La edificación estará formada por viviendas unifamiliares en hileras, adosándose en sus medianeras laterales y dejando espacios privados en sus fachadas frontales anterior y posterior. También se permitirán viviendas en condominio, dispuestas en bloque adosado pero siempre que respeten las condiciones de posición y forma propias de la edificación unifamiliar adosada y bajo la concepción de un proyecto unitario.

Serán de aplicación las siguientes condiciones de aprovechamiento y volumen, procedentes del vigente PGOU al que nos remitiremos subsidiariamente para cualquier indefinición.

- Parcela mínima:

Las condiciones de parcela mínima a efectos de posterior parcelación son las recogidas en el artículo 2.3.3. de las Normas Urbanísticas del PGOU de Tarifa.
Superficie mínima 120 m2
Anchura mínima de fachada 5 m Fondo mínimo . 20 m
- Edificabilidad máxima:
1 m2s / 1 m2t a materializar en las huellas definidas.

- Nº máximo de viviendas:

No se establece número máximo de viviendas, se ajustarán en el futuro Proyecto de Edificación, cumpliendo con las Ordenanzas del PGOU de Tarifa.

- Ocupación máxima:
50 % de la parcela.

- Altura máxima:

2 plantas, para las construcciones por encima de esta altura máxima se estará a lo dispuesto en las normas urbanísticas del PGOU.

- Alineaciones y retranqueos:

Las alineaciones serán señaladas en los planos de ordenación. Las edificaciones se retranquearán un mínimo de 5 m a la alineación principal, no obstante se permitirán adosar a la misma, edificaciones complementarias destinadas a garaje al servicio de la vivienda permitiéndose en este último caso disponerlas fuera del ámbito de área de movimiento de la edificación definida en los planos de ordenación.

- Vuelos:

No se permitirán vuelos sobresalientes de fachada a vial público, sí se permitirán vuelos de hasta 1,5 m a espacios libres de parcela residencial, siempre que se respeten las alineaciones y retranqueos del apartado anterior.

Parcela 2 con una superficie de 2.007,50 m2s.

La edificación estará formada por viviendas unifamiliares en hileras, adosándose en sus medianeras laterales y dejando espacios privados en sus fachadas frontales anterior y posterior. También se permitirán viviendas en condominio, dispuestas en bloque adosado pero siempre que respeten las condiciones de posición y forma propias de la edificación unifamiliar adosada y bajo la concepción de un proyecto unitario.

Serán de aplicación las siguientes condiciones de aprovechamiento y volumen, procedentes del vigente PGOU al que nos remitiremos subsidiariamente para cualquier indefinición.

- Parcela mínima:

Las condiciones de parcela mínima a efectos de posterior parcelación son las recogidas en el artículo
2.3.3. de las Normas Urbanísticas del PGOU de Tarifa.
Superficie mínima 120 m2
Anchura mínima de fachada 5 m Fondo mínimo . 20 m
- Edificabilidad máxima:
1 m2s / 1 m2t a materializar en las huellas definidas.

- Nº máximo de viviendas:

No se establece número máximo de viviendas, se ajustarán en el futuro Proyecto de Edificación, cumpliendo con las Ordenanzas del PGOU de Tarifa.

- Ocupación máxima:
50 % de la parcela.

- Altura máxima:

2 plantas, para las construcciones por encima de esta altura máxima se estará a lo dispuesto en las normas urbanísticas del PGOU.

- Alineaciones y retranqueos:

Las alineaciones serán señaladas en los planos de ordenación. Las edificaciones se retranquearán un mínimo de 5 m a la alineación principal, no obstante se permitirán adosar a la misma, edificaciones complementarias destinadas a garaje al servicio de la vivienda permitiéndose en este último caso disponerlas fuera del ámbito de área de movimiento de la edificación definida en los planos de ordenación.

- Vuelos:

No se permitirán vuelos sobresalientes de fachada a vial público, sí se permitirán vuelos de hasta 1,5 m a espacios libres de parcela residencial, siempre que se respeten las alineaciones y retranqueos el apartado anterior..

En Tarifa, a 30 de diciembre de 2019. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Francisco Ruiz Giráldez. El Secretario General. Fdo.: Antonio Aragón Román.
Nº 33.722


AYUNTAMIENTO DE TARIFA
EDICTO
APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD

Página 5

INTEGRADA UA-5 TARIFA, PROMOVIDO POR LIMA SOLAR, S.L.

El Pleno del Ayuntamiento de Tarifa, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

7. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA
UNIDAD INTEGRADA UA-5 TARIFA, PROMOVIDO POR LIMA SOLAR S.L.

Se da cuenta del expediente en el que se incluye el dictamen de la Comisión Informativa de Presidencia, Relaciones Institucionales y Desarrollo Sostenible de fecha 20 de mazo de 2019.

PROPUESTA DE ACUERDO AL PLENO

DEPARTAMENTO: Urbanismo Planeamiento, Gestión y Proyectos de Actuación
ASUNTO: Aprobación definitiva del ESTUDIO DE DETALLE DE LA
UNIDAD INTEGRADA UA-5 TARIFA, promovido por LIMA SOLAR, S.L. apoderada de INCOBE 2000, S.L., según escritura de poder adjunta al escrito presentado en fecha 20.03.2018, cuyo objetivo es ajustar a la realidad las determinaciones del PGOU sobre dicha unidad de actuación -a tenor de lo recogido en el apartado E, sobre el objeto del estudio de detalle, del informe técnico emitido en fecha 09.07.2018- expediente número PG-9/2018 del Área de Urbanismo -departamento de Planeamiento, Gestión y Proyectos de Actuación-.

QUORUM VOTACION: MAYORIA SIMPLE

En relación con el expediente número PG-9/2018 del Área de Urbanismo departamento de Planeamiento, Gestión y Proyectos de Actuación, sobre el ESTUDIO
DE DETALLE DE LA UNIDAD INTEGRADA UA-5 TARIFA, promovido por LIMA
SOLAR, S.L. apoderada de INCOBE 2000, S.L., según escritura de poder adjunta al escrito presentado en fecha 20.03.2018, que fue aprobado inicialmente por Decreto de la Alcaldía número 2673, de fecha 09.08.2018, siendo sometido a información pública mediante la inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, número 171, de fecha 05.09.2018, en el Diario Europa Sur de fecha 24.08.2018, así como mediante la remisión al tablón municipal, a la radio y televisión local y a la página Web oficial municipal, dirigiéndose notificación del Decreto de aprobación inicial a los correspondientes propietarios e interesados que constaban en el expediente, resulta que:

- Con fecha 21.09.2018 tienen entrada en el Registro General de esta Corporación los escritos de alegaciones presentados por Carlos Cristóbal Nieto Romero, José Lázaro Nieto Romero, María José Nieto Romero y Aurora Patricia Nieto Romero.

- Con fecha 17.10.2018 tiene entrada en el Registro General de esta Corporación un oficio procedente de la Consejería de Cultura, Delegación Territorial en Cádiz y anexo informe de la Jefatura del Departamento de Protección del Patrimonio Histórico.

- Con fecha 30.10.2018 tiene entrada en el Registro General de esta Corporación un escrito presentado por Tobias Kai Gottfried Greiling LIMA SOLAR, S.L. y anexo estudio de detalle y resumen ejecutivo.

- Con fecha 27.11.2018 emite informe el Arquitecto Municipal.

- Con fecha 28.01.2019 emite informe el Arquitecto Municipal, en el que se expresa lo siguiente: NÚM. EXPTE.: PLANEAMIENTO Y GESTIÓN 2018/9
INFORME TÉCNICO A. OBJETO DEL INFORME En contestación a los escritos procedente del Área de Urbanismo de este Ayuntamiento de fechas 19 de octubre y 8
de noviembre de 2018, relativos al expediente de Planeamiento y Gestión 2018/9, sobre el ESTUDIO DE DETALLE UNIDAD INTEGRADA UA5. TARIFA CÁDIZ, emito el presente informe, como continuación y en sustitución del emitido con fecha 27 de noviembre de 2018, tras el período de información pública, y previo a su resolución definitiva. B. ANTECEDENTES 1. Con fecha 20 de marzo de 2018 y registro de entrada 2964, se presenta solicitud de admisión a trámite para su aprobación del ESTUDIO DE DETALLE UNIDAD INTEGRADA UA5. TARIFA CÁDIZ, para lo que se aporta documento técnico junto con el correspondiente RESUMEN
EJECUTIVO, para su admisión a trámite y posterior aprobación. 2. Con fecha 27 de marzo de 2018 y registro de entrada 3297, se presenta nuevo documento técnico del ESTUDIO DE DETALLE UNIDAD INTEGRADA UA5. TARIFA CÁDIZ, que viene a sustituir al presentado con fecha 20 de marzo de 2018 y registro de entrada 2964. 3. Con fecha 3 de abril de 2018 y registro de entrada 3433, se presenta RESUMEN
EJECUTIVO, del Estudio de Detalle referido en el antecedente 2 anterior. 4. Con fecha 9 de julio de 2018, se emite informe técnico favorable a la admisión a trámite del ESTUDIO DE DETALLE UNIDAD INTEGRADA UA5. TARIFA CÁDIZ
presentado con fecha 27 de marzo de 2018 y registro de entrada 3297, mediante su aprobación inicial. 5. Por Decreto de Alcaldía 2673/2018, de 9 de agosto, se dispone la aprobación inicial del ESTUDIO DE DETALLE UNIDAD INTEGRADA UA5.
TARIFA CÁDIZ, y su sometimiento a información pública. 6. Con fecha 21 de septiembre de 2018 y registro de entrada 10425, Carlos Cristóbal Nieto Romero, presenta escrito de alegaciones a la aprobación inicial del ESTUDIO DE DETALLE
UNIDAD INTEGRADA UA5. TARIFA CÁDIZ. 7. Con fecha 21 de septiembre de 2018 y registro de entrada 10426, José Lázaro Nieto Romero, presenta escrito de alegaciones a la aprobación inicial del ESTUDIO DE DETALLE UNIDAD
INTEGRADA UA5. TARIFA CÁDIZ. 8. Con fecha 21 de septiembre de 2018 y registro de entrada 10441, María José Nieto Romero, presenta escrito de alegaciones a la aprobación inicial del ESTUDIO DE DETALLE UNIDAD INTEGRADA UA5.
TARIFA CÁDIZ. 9. Con fecha 21 de septiembre de 2018 y registro de entrada 10443, Aurora Patricia Nieto Romero, presenta escrito de alegaciones a la aprobación inicial del ESTUDIO DE DETALLE UNIDAD INTEGRADA UA5. TARIFA CÁDIZ.
10. Con fecha 17 de octubre de 2018 y registro de entrada 11342, se recibe escrito de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Cultura, de fecha 10 de octubre de 2018, en el que, en respuesta a la solicitud de informe, se traslada el informe en materia de patrimonio histórico emitido al borrador del plan y al documento inicial estratégico de la Declaración Ambiental Estratégica de la Modificación del PGOU de Tarifa en la Unidad de Actuación UA-5. 11. Con fecha 30 de octubre de 2018 y registro de entrada 11863, se presenta nuevo documento técnico del ESTUDIO DE DETALLE

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/7/2020

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date13/07/2020

Page count11

Edition count6018

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Dernière édition06/06/2024

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