Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/4/2019

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 10

B.O.P. DE CADIZ NUM. 70

o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 25.978


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

D/D JOSÉ MANUEL SEOANE SEPÚLVEDA, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 19/2019 a instancia de la parte actora D/D. ROCIO RODRIGUEZ BARROSO contra FRAFERSA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto despachabndo ejecucin, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecucin de la sentencia dictada en estas actuaciones con fecha 14 de eneero de 2019 despachndose la misma a favor de DOÑA ROCIO RODRIGUEZ BARROSO frente a la empresa FRAFERSA SL por la cantidad de SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON CUARENTA Y
CUATRO EUROS 7224.44€ en concepto de principal, ms la de MIL OCHENTA
Y TRES EUROS 1.083€ calculados para intereses y costas, siguiéndose la via de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las cantidades citadas.

Consúltense y obténganse de la aplicación de la AEAT, la TGSS, y, en su caso domicilio Fiscal de empresas acreedoras de la ejecutada, asi como los datos oportunos imprescindibles a fin de asegurar la efectividad de la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podr interponerse en el plazo de TRES DIAS RECURSO DE
REPOSICION, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podr deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la accin ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del ttulo, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña.
LINO ROMÁN PÉREZ, MAGISTRADO-JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA. Doy fe.

Asimismo se ha dictado Decreto, cuya parte dispositiva es como sigue:ACUERDO:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y Fogasa, debiendo ser notificada la ejecuctada por edicto en el BOP de la provincia, por encontrarse en ignorado paradero.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación al demandado FRAFERSA SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN
OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jerez de la Frontera, a 26/03/2019. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO POR JOSÉ MANUEL SEOANE
SEPULVEDA.
Nº 25.981


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D. ALFONSO MENESES DOMINGUEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos de Ejecución nº 439/16, seguidos en este Juzgado a instancia de la MUTUA DE ANDALUCIA Y CEUTA CESMA
contra INSS-TGSS y ALTOS DE BAHIA PROMOCION NUEVO MILENIO, SL
sobreCantidad, se ha dictado Decreto con esta misma fecha, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA..- Declarar a la parte ejecutada ALTOS DE LA
BAHÍA PROMOCIÓN NUEVO MILENIO, SL, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 6.070,36 euros de principal, más 1.821 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.- Siendo condenada como responsable subsidiario el "INSS" y "TGSS", continúese la presente ejecución contra dichos organismos, requiriéndoles para que, dentr__o del plazo de UN MES, de cumplim__iento a lo ordenado en la sentencia que se ejecuta.- Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de
12 de abril de 2019

REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS
hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.- Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, D. ALFONSO MENESES DOMÍNGUEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO
SOCIAL NÚM. UNO DE ALGECIRAS. Doy fe.- EL LETRADO DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA.-

Y para que sirva de notificación al demandado ALTOS DE BAHIA
PROMOCION NUEVO MILENIO, SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintiseis de marzo de dos mil diecinueve. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 26.003


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D ALFONSO MENESES DOMINGUEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos de Ejecución nº 191/17, seguidos en este Juzgado a instancia de D. RAQUEL GUIRADO VALENZUELA contra ALGEFITNESS SL sobre Cantidad, se ha dictado Decreto en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA.- Declarar a la parte ejecutada ALGEFITNESS, SL en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 4.959,30
euros de principal, más 1.488 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.- Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso Art. 187 y 188 de la LRJS.- Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.- Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, D. ALFONSO MENESES DOMÍNGUEZ, LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.
UNO DE ALGECIRAS. Doy fe.- EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.-

Y para que sirva de notificación al demandado ALGEFITNESS SL
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintiseis de marzo de dos mil diecinueve. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 26.031


Juzgado de lo Social Nº 1
Jerez de la Frontera EDICTO. CÉDULA DE CITACIÓN

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 893/2018 Negociado: A. N.I.G.:
1102044420180002700. De: D/D. AMALIA ESQUIVEL PARRA. Contra: D/D.
GESTIÓN SPA JEREZ, S.L.U., ACTIVA SPA & HOTEL, S.L., HIDROAQUA SPA
VALENCIA, S.L.U., HIDROPOLIS SPA, S.L., ML SPA ESTUDIO, S.L., FAMALAVIA, S.L. y ADMINISTRADOR CONCURSAL D. JORGE NARCISO COBO GARCÍA

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. LINO
ROMÁN PÉREZ, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE
JEREZ DE LA FRONTERA, en los autos número 893/2018 seguidos a instancias de AMALIA ESQUIVEL PARRA contra GESTIÓN SPA JEREZ, S.L.U., ACTIVA SPA
& HOTEL, S.L., HIDROAQUA SPA VALENCIA, S.L.U., HIDROPOLIS SPA, S.L., ML SPA ESTUDIO, S.L. y FAMALAVIA, S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha acordado citar a GESTIÓN SPA JEREZ, S.L.U., ACTIVA SPA & HOTEL, S.L., HIDROAQUA SPA VALENCIA, S.L.U., HIDROPOLIS SPA, S.L., ML SPA ESTUDIO, S.L. y FAMALAVIA, S.L., como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 19-FEBRERO-2020; a las 10:45 horas para la celebración del acto de conciliación a celebrar en la OFICINA JUDICIAL ante EL/LA LETRADO/A

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/4/2019

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date12/04/2019

Page count11

Edition count6018

Première édition02/01/2001

Dernière édition06/06/2024

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