Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 3/2/2023 - Anuncios y Avisos Legales
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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 24
Viernes 3 de febrero de 2023
Pág. 449
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
367
GESTIÓN DE PARTICIPACIONES MARINAS S.L.
SOCIEDAD ABSORBENTE
LUZ DE LASTRES, S.L.U.
SOCIEDAD ABSORBIDA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles "LME", se hace público que el socio único de Luz de Lastres, S.L.U., ha aprobado con fecha 27 de enero de 2023, la fusión de las sociedades Gestión de Participaciones Marinas S.L. y Luz de Lastres S.L.U., mediante la absorción de la última por la primera.
A la presente fusión le resulta de aplicación el régimen especial previsto en el artículo 49.1 de la LME, en la medida en que la sociedad absorbente es titular de manera directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la sociedad absorbida.
Por otro lado y de acuerdo con el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión podría adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de administradores sobre el Proyecto Común de Fusión.
Asimismo, en el marco de la referida fusión por absorción, el socio único decidió, de conformidad con lo previsto en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, adoptar la denominación social de la entidad absorbida, es decir, la sociedad absorbente pasará a denominarse Luz de Lastres S.L.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener, en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de los acuerdos adoptados por el socio único de la sociedad absorbente aprobando la fusión, y a obtener los respectivos balances de fusión.
De acuerdo con el artículo 44 de la LME, los acreedores de Gestión de Participaciones Marinas S.L. y Luz de Lastres S.L.U., cuyos créditos se encuentren en la situación que se describe en el apartado 2 del referido artículo 44 de la LME, podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de los acuerdos por los que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el citado artículo.
ID: A230003744-1
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2023-367
Verificable en https www.boe.es
Madrid, 30 de enero de 2023.- Los Administradores Mancomunados y Solidarios, respectivamente, de las sociedades participantes en la fusión, D.
Gonzalo Ordoño Peña Oriol y D. Marta Aguado Rubio.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958