Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 1/2/2023 - Anuncios y Avisos Legales

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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 22

Miércoles 1 de febrero de 2023

Pág. 407

en plazo de un mes a contar desde la publicación en el BORME del acuerdo de ampliación de capital, proporcionalmente al valor de las que ya posean.
El desembolso de las acciones, se realizará mediante ingreso del total en la cuenta corriente de la sociedad en Banco Santander ES1800491792262110006731, indicando el concepto de suscripción de acciones en ampliación de capital. El justificante de ingreso se entregará en las oficinas de la sociedad, junto con el Boletín de suscripción debidamente cumplimentado y con el contenido regulado en el artículo 309 de la Ley de Sociedades de Capital.
Una vez finalizado el plazo anterior, y hasta un 1 año después, siempre que no se haya cubierto el citado Aumento, queda abierta la ampliación de capital a cualquier persona interesada, tanto accionistas como personas extrañas a la sociedad, quienes podrán realizar el desembolso en la cuenta anteriormente señalada, indicando el mismo concepto.
El órgano de administración fijará la cifra de capital social en atención a los desembolsos efectuados y las acciones suscritas.
VI. Suscripción y desembolso de las nuevas acciones, y contravalor de la ampliación.
Los accionistas y demás adquirentes de derechos de suscripción que ejerciten los mismos en los plazos otorgados al efecto, deberán desembolsar, en el momento de la suscripción, el importe íntegro del valor nominal, más la prima de emisión de las acciones que suscriban, de manera que el contravalor de estas nuevas acciones emitidas serán sus aportaciones dinerarias.
El desembolso de las acciones, se realizará mediante ingreso del total en la cuenta corriente de la sociedad en Banco Santander ES1800491792262110006731, indicando el concepto de suscripción de acciones en ampliación de capital.
VII.-. Suscripción incompleta o aumento en exceso En caso de que el aumento del capital social no se desembolsara íntegramente dentro del proceso y plazo establecidos, el capital social quedará aumentado en la cuantía efectivamente desembolsada.
En el caso de que el aumento se cubriera en exceso se dará preferencia por el orden temporal de suscripción.

Las Nuevas Acciones que se emitan en su caso como consecuencia del presente aumento de capital serán acciones ordinarias, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, gozando de los mismos derechos que el resto.
Terrassa, 25 de enero de 2023.- Presidente del Consejo de Administración, Jordi Cuesta Blas.
ID: A230003349-1

https www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2023-335
Verificable en https www.boe.es
VIII. Derechos de las Nuevas Acciones.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 1/2/2023 - Anuncios y Avisos Legales

TitreBoletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

PaysEspagne

Date01/02/2023

Page count14

Edition count3292

Première édition03/01/2011

Dernière édition03/05/2024

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