Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 1/3/2022 - Anuncios y Avisos Legales
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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 41
Martes 1 de marzo de 2022
Pág. 923
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
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RESIDENCIA CEMAR BALNEARIO S.A.U.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 14 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el accionista único de la sociedad Residencia Cemar Balneario, Sociedad Anónima Unipersonal, ejerciendo la competencias de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, el 1 de octubre de 2021, acordó efectuar una reducción de capital social y simultánea transformación de la sociedad en los términos siguientes:
i Reducir el capital social en la cifra de 694.982,67 euros con la finalidad de compensar pérdidas.
ii Como consecuencia de este acuerdo de reducción, el capital social de la sociedad asciende a 529.880 euros, representado por 4.076 acciones de 130
euros de valor nominal cada una de ellas, íntegramente suscrito y desembolsado.
iii Se acordó la simultánea transformación de "Residencia Cemar Balneario, Sociedad Anónima Unipersonal" en sociedad de responsabilidad limitada, con idéntica denominación salvo en lo respectivo al tipo de sociedad, pasando a denominarse "Residencia Cemar Balneario, Sociedad Limitada Unipersonal", aprobándose asimismo el balance de transformación cerrado a 30 de septiembre de 2021, así como los nuevos Estatutos Sociales adecuados a la nueva forma social.
Se hace constar, expresamente, que el acuerdo de transformación ha sido aprobado por el accionista único de la sociedad, que representa la totalidad del capital social, por lo que no existe derecho de separación de los accionistas.
Asimismo, se deja constancia de que no existen titulares de derechos especiales distintos de las acciones.
En virtud del artículo 335.a de la Ley de Sociedades de Capital los acreedores no gozan de derecho de oposición a la reducción de capital aprobada, atendiendo a su finalidad, por lo que su eficacia es inmediata.
Mondariz Balneario, 16 de febrero de 2022.- Administradora, Maria Elena Nuñez Casal.
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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958