Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 27/12/2021 - Anuncios y Avisos Legales
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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 246
Lunes 27 de diciembre de 2021
Pág. 10247
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
8566
SUMMAR SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMÁTICOS, S.A.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el día 16 de diciembre de 2021, la Junta General Extraordinaria de accionistas de SUMMAR SOFTWARE Y SERVICIOS
INFORMÁTICOS, S.A. NIF A-43064781, acordó una reducción del capital social en 14.484,12 euros, mediante la amortización de 2.406 acciones de clase "A"
totalmente desembolsadas de 6,02 euros de valor nominal n.º 1 a 75, ambas inclusive, n.º 101 a 575, ambas inclusive, n.º 1.778 a 2.252, ambas inclusive, n.º 4.897 a 5.131, ambas inclusive, n.º 5.832 a 6.306, ambas inclusive, n.º 9.003 a 9.500, ambas inclusive, n.º 10.361 a 10.477 ambas inclusive y n.º 10.623 a 10.678, ambas inclusive. Dicha reducción se acordó con la finalidad de devolución del valor de las aportaciones a los accionistas a razón de 650 euros por acción con cargo a reservas de libre disposición.
Simultáneamente se acordó un aumento del capital social en 15.036,12 euros hasta alcanzar la cifra de 60.752,00 euros, mediante el aumento del valor nominal de las acciones restantes, tanto Clase A como Clase B, en 1,98 euros cada una de ellas, con cargo a reservas disponibles, pasando a tener cada acción un valor nominal de 8 euros. Como consecuencia se procedió a dar nueva redacción al art.
5 de los estatutos Sociales.
El acuerdo de reducción de capital con devolución de aportaciones se ha llevado a cabo de conformidad con los artículos 293, 329 y 330 LSC, habiéndose aprobado tanto por la Junta general extraordinaria de accionistas como en votación separada por los accionistas afectados y los no afectados.
El importe de la devolución de aportaciones por valor de 650 euros por acción amortizada se acordó abonar en el plazo de cinco días naturales desde la celebración de la referida Junta de Accionistas.
Al amparo del art. 335 c LSC el importe del valor nominal de las acciones amortizadas se ha destinado a una reserva de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social. Como consecuencia, queda excluido el derecho de oposición de los acreedores.
Reus, 17 de diciembre de 2021.- El Administrador solidario, Carlos Moles Abelló.
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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958