Boletín Oficial de la República Argentina del 16/04/2019 - Segunda Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.096 - Segunda Sección
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Martes 16 de abril de 2019
sándwich o de tipo inglés; factura de grasa, de manteca ya sea salada o dulce, pan dulce, prepizza, pan lácteo de molde entero o en rodajas, tostadas, grisines, palitos, bizcochos dulces y salados, roscas y especialidades de bares, confiterías y pastelerías, como así también la confección, fabricación y elaboración de tortas, masas, pasteles, pastas frescas o secas y discos de empanadas. Podrá asimismo dedicarse a la elaboración de postres, confituras, dulces, masas, especialidades de confitería y pastelería y servicios de lunch para fiestas incluyendo los productos elaborados por cuenta propia y de terceros, bebida con o sin alcohol y cualquier otro artículo de carácter gastronómico. Todos los productos podrán ser semiprocesados, en curso de elaboración o terminados, alimentos de todo tipo, envases o presentaciones; de sus procesos de elaboración, empaque, manipuleos y mantenimiento; y de los medios utilizados a esos fines; para el completo desarrollo de las actividades antes mencionadas. Ya sean por cuenta propia, por cuenta de terceros o asociada a terceros, o a través de concesiones y/o provisión de servicios de comedores escolares, industriales y empresarios como así también refrigerios y quioscos: así como el racionamiento en crudo: que comprendería el aprovisionamiento integral de alimentos y elementos para abastecimiento de comedores y afines. Se deja expresa constancia que la sociedad podrá optar por elaborar las comidas en forma artesanal o gourmet en cualquier momento que lo requiera su clientela; Capital:
$1.500.000; Cierre de ejercicio: 31/12; Gerente: Marcelo Alberto DUCA y Claudio Gabriel ALMADA, ambos con domicilio especial en la sede; Sede: Moreno 850 piso 16, departamento E, CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº73 de fecha 12/04/2019 Reg. Nº1917
GISELA SOSA - Matrícula: 5207 C.E.C.B.A.
e. 16/04/2019 N25479/19 v. 16/04/2019
ECHAGUE 1900S.R.L.
Hace saber: 1 SOCIOS: Caraballo de León Edgardo José, DNI92.626.898, CUIT 20926268989, Uruguayo, viudo, nacido el 07/01/1955, Domiciliado en San Juan 1171, CABA.,Caraballo Davila José Sebastián, DNI: 92.625. 256, CUIL 23926252569, Uruguayo, casado, nacido el 23/03/1979, Domiciliado en Ramón L Falcón 2272 Piso 5
Dto. D, CABA, Caraballo Arce Lucas Emmanuel, DNI 39459653, CUIL 20394596532, Argentino, soltero, nacido el 12/12/1995, Domiciliado en San Juan 1171, CABA.;Todos comerciantes 2 CONSTITUCION: Por instrumento privado de fecha 25/03/2019; 3 DENOMINACION: ECHAGUE 1900 SRL; 4 Domicilio sede social: Pedro Echague 1900, CABA; 5 La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros la explotación de negocios de restaurantes, pizzerías, confitería, bar, casa de lunch y todo lo relacionado con la actividad gastronómica. 6 DURACION: 99 años a contar a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio; 7 CAPI TAL: $100.000. 8 DIRECCION: La Administración, representación legaly uso de la firma social estará a cargo de los gerentes, el uso de la firma social será en forma individual de cualquiera de los gerentes, se designa como gerente a Caraballo de León Edgardo José por el plazo de duración de la sociedad, constituye domicilio especial en el domicilio de la sede social. 9 CIERRE DE EJERCICIO: 31 de Marzo de cada año. 10
Se otorga autorización a Manuel Antelo Trillo Tº 10 Fº 882 C.P.A.C.F. según Instrumento privado Contrato de Responsabilidad Limitada de fecha 25/03/2019.
Manuel Antelo Trillo - T: 10 F: 882 C.P.A.C.F.
e. 16/04/2019 N25508/19 v. 16/04/2019
ESTUDIO JHS.R.L.
Por escritura Nº22 del 04/04/19 se resolvio: 1 reformar Articulo 3º ojeto el cual queda redactado de la siguiente manera: Articulo Tercero: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociadas a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: 1.- CONSTRUCTORA: a Construcción de obras, edificios y cualquier otra clase de inmuebles, urbanos o rurales, sus mejoras, refacciones, terminaciones y/o reciclajes y cuando las actividades lo requieran deberán realizarse con profesionales habilitantes, ya se actuando como contratista o subcontratista, en obras privadas o públicas, estando habilitada para presentarse en Licitaciones Públicas o Privadas en el ámbito Municipal, Provincial y Nacional, también la compra y venta de materiales de construcción. b Movimientos de suelo y preparación de terrenos para obras, incluye demolición, el drenaje, excavación de zanjas para construcciones diversas, el despeje de capas superficiales no contaminadas, movimientos de tierras para hacer terraplenes o desmontes previos a la construcción de vías, carreteras, autopista, vías ferroviarias, y otras similares. c Demolición y voladura de edificios y de sus partes, incluye los trabajos de limpieza de escombros asociada a la demolición, los derribos y demolición de edificios y obras de ingeniería civil, los trabajos de voladuras y remoción de rocas. 2.- INMOBILIARIA: Compra, venta locación, permuta, administración y explotación de inmuebles urbanos, suburbanos o rurales en todas sus modalidades existentes o a crearse, inclusive las relacionadas con la Ley de Propiedad Horizontal. También la administración de obras en ejecución y administración de consorcios; y 2 reformar el articulo 4º capital social el cual se fija en la suma de $60.000.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº22 de fecha 04/04/2019 Reg. Nº1787
Matias Ezequiel Camaño - Habilitado D.N.R.O. N3029
e. 16/04/2019 N25462/19 v. 16/04/2019