Boletín Oficial de la República Argentina del 07/06/2010 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Lunes 7 de junio de 2010
bano Público, rematará el 11 de Junio de 2010, a las 12hs, en punto en la calle Pte. Perón 1233, de esta Ciudad, 4 inmuebles ubicados sobre Ruta Provincial Nº36 altura 1900, Pdo. de Florencio Varela, Pcia. de Buenos Aires, A Lote de terreno Nº10, superf. 4 has., 13 á., 32 ca.; Nom.
Cat: C. I: Secc.: E. Par. 256; Pda 2796; Matricula 68645. B Lote de terreno Nº12, sup. 4 has., 13
á., 29 ca.; N.C: C. I; Secc.: E; Parc 258; Pda 7964, Matr. 68644. C Fracción de terreno designada como Manzana A, sup. de 10.228,34 m2.; N.C:
C. I; Secc. E; Manz. A; Parc. 2; Pda 3382, Matr.
68642. D Lote de terreno letra B, sup. 5 has., 60 á., 17 ca.; 66 cm2; N.C: C. I; Secc. E; Fracc I;
Parc 1; Pda 2797, Matr. 68643. Formando aprox.
en conjunto un total de 14 has, 108 á., 161 cá. , con un gran frente sobre la calle Beata Thevenet, que va desde la confluencia con Ruta Prov 36
hasta calle Berutti Sobre parcela 258 hay edif.
un galpón de aprox 85 m. de largo por 40 m. de ancho con techo parabólico a dos aguas, dividido adentro en 60 puestos, con una cámara frigorífica y oficinas varias con piso de hormigón, ocupado por aprox. doce puesteros frutihorticolas con mercadería perecedera y por el Sr. Lucio Luizaga García en carácter de socio de los demandados, y tiene entrada sobre la calle Berutti casi esq. B.
Thevenet. Y sobre la parcela dos hay una casa de aprox 300 m2. en regular estado de uso y conservación, ocupada por la Sra. Delia Núñez, con su esposo Alfredo Martínez y sus tres hijos y el Sr. Rene Núñez con su esposa, madre e hijos, no habiendo exhibido titulo alguno. Adeuda: Municip de Florencio Varela: Pda 2796 al 01/09/09
$ 503,90.-, Pda 7964 al 01/09/09 $ 1814,87.Pda 3382 al 01/09/09 $ 187,44.- Pda 2797 al 01/09/09 $467,54.- A.B.S.A: Pda 7964 al 04/2010
$1004,50.- Pda 2796 al 04/2010 $488,61.- Pda 3382 sin servicio, Pda 2797 sin servicio. Azurix Bs. As. S.A.: Pda 7964 $1008,94 al 14/04/2010;
Pda 2796 $1008,94 al 14/04/2010; Pda 3382 sin registro; Pda 2797 sin registro. Si el monto obtenido en la subasta no alcanzare para el pago de las deudas del inmueble impuestos, tasas y contribuciones, el adquirente sólo responderá por las devengadas desde fecha posesión del bien, conf. Plenario del fuero del 18.02.99 en Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto Isaac s/ Ejec. Hipot.. Base: U$S 250.000.- Seña: 30%, Comisión: 4% y Sellado de Ley: 1%. Todo en dinero efectivo en acto del remate. Saldo de precio dentro de cinco días hábiles de realizada la subasta mediante deposito judicial en los autos abajo señalados bajo apercibimiento de lo dispuesto Art. 62, ley citada, debiendo el comprador constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Título de prop. agregado en autos. Actúa Juzgado Nac. de 1a Instancia en lo Civil Nº103 a cargo Dr. Martín Alejandro Christello, Secretaria Única, sito en Av. De los Inmigrantes 1950, Piso 1º, de esta Ciudad, en autos Goluboff, Berta c/Productores Frutihorticolas Norchichas Potosi s/Ejecución Especial Ley 24.441 Expte.
23.471/2008. De fracasar la subasta con la base fijada, se efectuará otro remate seguidamente con la base reducida un 25% U$S 187.500.-, y si tampoco existieren postores, seguidamente saldrá sin base Art. 61 misma ley. Exhibición:
Días 8 y 9 de Junio de 2010 de 14 a 16 horas.
Consultas al Martillero Miguel Ángel Vaccaro, Tel.
155-307-8739/155-061-3848.
Buenos Aires, 28 de Mayo de 2010.
Miguel A. Vaccaro, martillero.
e. 03/06/2010 Nº59287/10 v. 07/06/2010

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

JUZGADO NACIONAL
EN LO PENAL ECONOMICO NRO 3, SECRETARIA CONTRATADA
Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, a cargo del Dr. Rafael Caputo, Secretaría Contratada, en legajo Nº 70, caratulado: Compañía Argentina de Granos S.A. s/Inf. Ley 24.769

Desprendimiento de la Causa Nº 1.831/00, Caratulada: Viazzo, Roberto Gustavo y Otros s/24.769, notifica a Miguel Angel Lescano D.N.I. Nº 11.041.564, Martín Echevarri, Oscar Paternó, Waldemar Petrich C.U.I.T. Nº 2014486703-4, Sergio Roque Castelli C.U.I.T.
Nº 13695107-7, Ricardo Héctor Cantone C.U.I.T. Nº20-14535092-2, Carlos Alberto Valacco C.U.I.T. Nº20-13134839-9, Ismael Francisco Araya C.U.I.T. Nº23-17704159-9, Omar Seguetti C.U.I.T. Nº24-06553400-9, Raúl Sovran C.U.I.T. Nº20-06606571-6, Carlos Miguel Weht, Carlos Horacio Marino C.U.I.T. Nº 2010897045-7 y Daniel Castex C.U.I.T. Nº 2004018798-8, que con fecha 1º de febrero de 2010 se dispuso: Autos y Vistos: Y Considerando: Se Resuelve: I Declarar la Incompetencia de este Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, por razón del territorio, para continuar interviniendo en la presente causa Nº70, caratulada: Compañía Argentina de Granos S.A. sobre Infracción Ley 24.769 desprendimiento y disponer su remisión al juzgado federal con jurisdicción en Adelia María, Provincia de Córdoba, que por turno corresponda Reg.
4 NºF. 10/14 Sec. Contratada 2010. Asimismo, que con fecha 29 de marzo de 2010 en la misma causa se dispuso: En atención a que fueron interpuestos en tiempo y forma, concédense con efecto suspensivo los recursos de apelación interpuestos a fs. 1577/1578 y 1579/1580
por las defensas de Alfredo Hugo García y Marta Aranceli Giordanino de Bresso fs.1573/vta. y 1576/ vta. contra la declaración de incompetencia de fs.1532/1536 arts. 49, 442, 449 y ccdtes.
del C.P.P.N.. Con respecto a la notificación de lo dispuesto por el párrafo anterior, cabe aclarar que con fecha 29/12/2008 este juzgado estableció por Resolución de Superintendencia que cuando se conceda un recurso de apelación, se deberá notificar únicamente a las partes que no sean la recurrente, excluyéndose también a la fiscalía de primera instancia Reg. Nº9/08
de la Secretaría de Superintendencia de este Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº3.
Aquella decisión se tomó como consecuencia de la interpretación que para este juzgado corresponde efectuar con relación a la reforma del Código Procesal Penal de la Nación efectuado por ley 26.374 B.O. 30/05/08 para la tramitación del recurso de apelación. Se entendió -en opinión de este juzgadoque se deberá cursar notificación sólo a las partes que no hayan recurrido, excluyéndose también a la fiscalía de primera instancia, en razón de los argumentos que por aquella pieza se expusieron y que se dan por reproducidos por razones de brevedad.
En consecuencia, por los fundamentos expuestos, no se notificará a las partes recurrentes y a la fiscalía de grado las concesiones dispuestas por el primer párrafo del presente punto. Notifíquese a las partes que fueron notificadas de la resolución de fs. 1532/1536, con excepción de las mencionadas por el párrafo anterior, por los mismos medios utilizados en aquella oportunidad. Cumplido, fórmese incidente de apelación con testimonios de las partes pertinentes y eléveselo a la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, mediante acta de estilo art. 452 del C.P.P.N Fdo. Rafael Francisco Caputo, Juez Nacional. Ante mí:
Federico Roldán, Secretario. Publíquese por cinco 5 días.
Buenos Aires, 21 de mayo de 2010.
e. 02/06/2010 Nº58011/10 v. 08/06/2010

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO 5
POSADAS - MISIONES
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 5, sito en Av. Santa Catalina N
1735, Palacio de Justicia, 2 Piso, Posadas, hace saber por dos 2 días, en autos, Expte.
N 2258/09 - Vera Juan Carlos c/Perrone Juan y Otro s/Usucapión, cítese a los demandados por edictos en el Boletín Oficial de la Nación, con asiento en Capital Federal, por el plazo de nueve 9 días Sres. Perrone Ernesto y Perrone Juan sobre inmueble determinado como: Dep. Capital 04 en mayor extensión al T 133 146 Zona MnesF 112 180 Fca. 21.600, nomenclatura catastral: Dep. 4, Mun. 59, Secc. 019, Chac.
0139, Mz. 0012 ó L, Parc. 0012 Partida Inmobiliaria 74.934.- Bajo apercibimiento de designar Defensor de Ausente para los representantes en el Proceso.
Posadas, Mnes, 21 de mayo de 2010.
Roxana González, secretaria.
e. 04/06/2010 N 60173/10 v. 07/06/2010

BOLETIN OFICIAL Nº 31.918

JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA
EN LO COMERCIAL NRO. 8
SECRETARIA NRO. 15
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 8, a cargo del doctor Javier Cosentino, Secretaría N 15 sito en Av. R. S. Peña 1211, P.B de esta ciudad, hace saber que en los autos caratulados N 088002 caratulados Cooperativa Patronal Limitada de Seguros s/Liquidación Judicial, la liquidación de los bienes que se efectuará por el procedimiento de mejora de oferta pública comprensiva del inmueble de la fallida que se enuncia a continuación: una fracción de campo con todo lo edificado, clavado, plantado, adherido al suelo y cuantas mejoras contiene, ubicado dentro del inmueble denominado Las Tapias en Pedanía Cruz del Eje, departamento Cruz del eje, de la provincia de Córdoba. Superficie 881
hectáreas, 22 áreas, 61 centiáreas, 50 cm2. Se tomará como base el importe de $ 240.000 ofrecido a fs 2486. Los interesados deberán formular las ofertas en sobre cerrado, en cuya parte exterior deberá constar, la leyenda Oferta de mejora en autos Cooperativa Patronal Limitada de Seguros s/quiebra expte. n 051758, sin otro dato que identifique al presentante, y en su interior deberá contener: 1- Nombre de la persona de existencia visible o ideal oferente, precio ofrecido, domicilio real y especial constituido en la jurisdicción del Tribunal, y en su caso, datos personales profesión, documento, estado civil, edad, etc..
2- Tratándose de sociedades u otras entidades de existencia ideal, se adjuntará copia auténtica del contrato social o instrumento constitutivo y los documentos que acrediten la personería del oferente. 3- Original de la boleta de depósito en garantía de la oferta a efectuarse según lo que más abajo se expone.- El interesado deberá presentar su oferta adjuntando una garantía equivalente al 10% de aquella, que se acreditará con un depósito en el Bco. de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, en una cuenta a la orden del Tribunal. Integrará el saldo de precio si la oferta fuere finalmente admitida, o se devolverá caso contrario, una vez firme la adjudicación y a petición del interesado. Una vez efectuada la apertura de los sobres, los, ofertantes podrá mejorar sus propuestas en la misma audiencia, sin límites, incluyendo al interesado cuya oferta se utiliza como base para el presente llamamiento.
En el acto se asentarán las mejoras sin limitación. El Tribunal podrá desechar aquellas ofertas que considere que no resultan significativamente importantes en relación a la anterior, teniendo en cuenta la entidad de los montos en juego y a criterio del Juzgado. la sindicatura se expedirá en dicha audiencia sobre las condiciones de la enajenación y las ofertas realizadas, y la adjudicación recaerá sobre la que el Tribunal considere mejor oferta, y la resolución al respecto será irrecurrible y será notificada por Secretaría en el mismo acto de la audiencia, salvo disposición en contrario del Tribunal. El Saldo de precio deberá depositarse al contado, en pesos, dentro de los cinco días de anoticiado el auto de adjudicación, bajo apercibimiento de declararse postor remiso CPCC: 584 y de pérdida de garantía en favor de la quiebra, debiendo acreditarlo en autos en idéntico plazo mediante la pertinente boleta de depósito. Sin perjuicio de ello, quien hubiere quedado como segunda postura en la audiencia, será considerado en forma inmediata como adjudicatario en caso de incumplimiento del primero, y así sucesivamente respecto de los restantes. El inmueble se encuentra arrendado hasta el 27 de septiembre de 2012, como consecuencia de la prórroga del contrato de arrendamiento obrante en autos. Posesión, deudas, transferencia: la posesión se otorgará una vez integrado el precio, en forma inmediata. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados y otros que tengan directa vinculación con las transferencias a realizarse oportunamente por los adquirentes, entendidos por tales las diligencias tendientes a la traslación dominial de los mismos, escrituraciones, etc., estarán a cargo exclusivamente de los compradores, no resultando comprendidas las deudas por impuestos, tasas, y contribuciones, las que estarán a cargo de la quiebra y hasta la fecha en que debiera hacerse efectiva la posesión de tales bienes por los compradores, y en ningún caso a cargo del comprador, salvo en lo relativo a expensas, las que en su caso y de no alcanzar el precio para su abono, estarán a cargo del adjudicatario. Asimismo se hace saber para su oportunidad, que será inoponible cualquier incidente de toda naturaleza por parte de los eventuales adquirentes sin previo pago depósito oportuno de la integridad del precio de venta de los bienes sometidos a realización. El comprador deberá efectuar indefectiblemente la
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transferencia del dominio dentro de los treinta días a contar de la integración definitiva del precio. Exhibición: los interesados podrán visitar el inmueble los días 18, 19, 20, 22 y 23 de junio de 2010 en el horario de 13 a 18 hs. Las resoluciones que se dicten en relación al presente procedimiento son inapelables. Todas las notificaciones, excepto las específicamente determinadas, se producirán ministerio legis. La presentación de oferta implicará para el ofertante el conocimiento y aceptación de las condiciones de la venta aquí dispuesta y de la situación fáctico-jurídica de los bienes. Todos los plazos se consideran en días hábiles judiciales. Las ofertas podrán presentarse hasta el día 28 de junio de 2010 a las 8.30 hs en la Sede del Tribunal. La audiencia de apertura de sobres y mejoramiento de ofertas se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Tribunal el dia 29 de junio de 2010 a las 9.30 hs. La sindicatura deberá expedirse conforme lo más arriba dispuesto sobre la pertinencia de las ofertas y regularidad de la venta. La resolución de adjudicación será dictada en el acto y notificada en la audiencia a todos los interesados, salvo disposición en contrario del Juzgado. Se fija la comisión del martillero en el 3% del precio art. 104 del Regl.
del Fuero y quedará a cargo del adquirente en el acto de la adjudicación. Mayores informes en autos o en Oficinas del Martillero Lavalle 1546
71 D Tel. 4374-4197.
Buenos Aires, 20 de mayo de 2010.
Adriana Milovich, secretaria.
e. 02/06/2010 N 58157/10 v. 08/06/2010

TRIBUNAL ORAL
EN LO CRIMINAL FEDERAL
PARANA-ENTRE RIOS
Por disposición de la Dra. Lilia Graciela Carnero, Presidente en la causa N 1449/06 caratulada Godoy Marino R. y Otro Infrac. Ley 23.737, que tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de comunicar la parte resolutiva correspondiente a la notificación de Carniel, Juan Antonio, DNI: 29.722.695, sin apodo, argentino, nacido en la ciudad de Santa Fe, Pcia. homónima, el 11/02/83, soltero, domiciliado en calle Intendente García Silva N 306, Dpto. B, Partido de Morón, Pcia. de Buenos Aires, hijo de Juan Antonio Carniel y de María Cristina Jacob; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: raná, 23 de Diciembre de 2.009.- Y
Vistos Considerando Resuelve: 1.- Declarar extinguida la Acción Penal, y en consecuencia, Sobreseer arts. 76 ter, 4to. párr. del Código.
Penal y 336 inc.1 y 361 del C.P.P.N. a Carniel, Juan Antonio, DNI: 29.722.695, sin apodo, argentino, nacido en la ciudad de Santa Fe, Pcia.
homónima, el 11/02/83, soltero, domiciliado en calle Intendente García Silva N 306, Dpto. B, Partido de Morón, Pcia. de Buenos Aires, hijo de Juan Antonio Carniel y de María Cristina Jacob, a quien se le atribuyera el delito de tenencia de estupefacientes art. 14, 1 parte, Ley 23.737.2.- Eximir de Costas a la persona mencionada art. 531 del C.P.P.N..- Regístrese, notifíquese, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.- Se constituye el Tribunal con los suscriptos en virtud de lo dispuesto en el art. 109 del R.J.N. vocalía vacante. Fdo. Lilia Graciela Carnero Presidente, Roberto M. López Arango Juez de Cámara, Ante Mi: Beatriz María Zuqui.
e. 01/06/2010 N 57364/10 v. 07/06/2010

Por disposición del Sr. Presidente, Dr. Roberto López Arango; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs.171 y vta., de la causa Nº 923/02 caratulada: Luque Néstor Fabián Uso Doc. Pco. Autom. Falso, que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Néstor Fabián Luque, sin apodos, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº 17.487.327, nacido el 31 de agosto de 1.965 en la localidad de Morón, provincia de Buenos Aires, de estado civil soltero, mecánico de automotores, hijo de Francisco Ariel Luque y de Eliza Mabel Alloy, con último domicilio en Avenida Callao Nº 2057 de Morón, provincia de Buenos Aires; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: //raná, 8 de Marzo de 2010.- Y Vistos: Considerando:Resuelve: 1.- Declarar Extinguida la Acción Penal, y en consecuencia Sobreseer arts. 336 C.P.P.N.
a Néstor Fabián Luque, sin apodos, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº 17.487.327, nacido el 31 de agosto de 1.965 en la localidad de Morón,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/06/2010 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date07/06/2010

Page count36

Edition count9368

Première édition02/01/1989

Dernière édition21/06/2024

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