Boletín Oficial de la República Argentina del 26/03/2023 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.136 - Primera Sección
3

Jueves 23 de marzo de 2023

Decretos

SECTOR PÚBLICO NACIONAL
Decreto 164/2023
DECNU-2023-164-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2023
VISTO el Expediente NEX-2023-18108543-APN-DGDAMEC,y CONSIDERANDO:
Que es menester profundizar las medidas orientadas a consolidar el sendero de nuestra economía a través del fortalecimiento del orden macroeconómico.
Que, en ese sentido, también resulta necesario reforzar el mejoramiento general de expectativas mediante políticas que nos permitan aportar mayor certidumbre cambiaria y financiera en el corto y el mediano plazo.
Que, para ello, se ha resuelto tomar un conjunto de medidas que abordarán los principales frentes que hoy generan mayor incertidumbre en materia cambiaria y financiera, de modo de despejarla.
Que con el fin de continuar avanzando en el sendero de disminuir el desequilibrio fiscal es importante continuar con las acciones tendientes a evitar la volatilidad extrema en el mercado cambiario en sentido amplio, dados los efectos contraproducentes que conllevan las subas bruscas en este ámbito sobre la inflación en particular y en la vida económica cotidiana de la población.
Que en el aspecto financiero es fundamental continuar garantizando por un lado el financiamiento del TESORO
NACIONAL y, a la vez, la sostenibilidad de la deuda pública, de manera que el ESTADO NACIONAL cubra sus necesidades financieras de forma sostenible.
Que, a esos fines, resulta también crucial fortalecer la consistencia entre la política fiscal y la monetaria, de forma tal de reducir también las presiones cambiarias e inflacionarias, lo cual a su vez permitirá mejorar los salarios reales, las condiciones de vida de la población más vulnerable y mantener el vigor de la actividad económica.
Que se apunta a seguir reduciendo probables excedentes monetarios, estabilizando el mercado cambiario y fortaleciendo el financiamiento de las arcas públicas, despejando así el camino para el cumplimiento del programa financiero en 2023, lo cual debiera redundar en la reducción del costo financiero para el TESORO NACIONAL, vigorizando la sostenibilidad de la deuda.
Que estas medidas van a permitir contar con mayor disponibilidad de instrumentos para, en caso necesario, estabilizar los mercados, absorber posibles excedentes monetarios y para seguir combatiendo la inflación.
Que las acciones previstas en el presente decreto importan disminuir los incentivos negativos que genera la brecha cambiaria sobre la inflación, el comercio exterior y el buen funcionamiento de la economía, y mejorar la perspectiva del financiamiento de las necesidades del TESORO NACIONAL por una gran parte de 2023, despejando la infundada incertidumbre sobre el mercado de bonos en pesos.
Que el presente decreto se enmarca en un reordenamiento de los activos financieros, en especial aquellos denominados en moneda extranjera, dentro del SECTOR PÚBLICO NACIONAL, para un manejo más prudente y eficiente de los mismos, preservando el objetivo y destino de los distintos organismos y jurisdicciones objeto de la medida.
Que, asimismo, se busca maximizar el resultado de las operaciones financieras en el mercado de capitales, utilizando procedimientos confiables y transparentes, y sin afectar su normal funcionamiento.
Que ante la urgencia en la adopción de estas medidas, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, deviene imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.
Que la Ley N 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/03/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date26/03/2023

Page count88

Edition count9330

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/05/2024

Télécharger cette édition