Boletín Oficial de la República Argentina del 19/03/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.132 - Primera Sección
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Viernes 17 de marzo de 2023

Decretos

CONTRATOS
Decreto 149/2023
DCTO-2023-149-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2023
VISTO el Expediente NEX-2023-28702376-APN-DGDAMEC y el Modelo de Contrato de Préstamo CAF propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del Programa para la Promoción del Modelo Social de la Discapacidad y el Acceso a Derechos de las Personas con Discapacidad PcD, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MILLONES USD
300.000.000.
Que el objetivo general del Programa es promover el pleno goce de los derechos de las personas con discapacidad en el marco del modelo social de la discapacidad.
Que el referido Programa se desarrollará a través de TRES 3 componentes: i Apoyo presupuestario para el financiamiento de Pensiones no Contributivas PNC, ii Despliegue territorial y iii Administración, gestión y auditoría del Programa.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a través de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD ANDIS, quien coordinará todos los temas técnicos de la operación relacionados con la remisión de la documentación necesaria para llevar a cabo el Programa.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa para la Promoción del Modelo Social de la Discapacidad y el Acceso a Derechos de las Personas con Discapacidad PcD, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo CAF propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 53 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA
y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
TRESCIENTOS MILLONES USD 300.000.000, destinado a financiar el Programa para la Promoción del Modelo Social de la Discapacidad y el Acceso a Derechos de las Personas con Discapacidad PcD, que consta de las Condiciones Particulares integradas por VEINTISIETE 27 Cláusulas, de las Condiciones Generales integradas por CUARENTA Y OCHO 48 Cláusulas, de UN 1 Anexo Técnico y de UN 1 Anexo Formularios para Operaciones

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/03/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date19/03/2023

Page count107

Edition count9322

Première édition02/01/1989

Dernière édition01/05/2024

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