Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.556 - Primera Sección
55

Jueves 7 de enero de 2021

Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO
DEL AGUA Y LA ENERGIA, por la parte sindical, y la empresa DUKE ENERGY CERROS COLORADOS SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, obrante en la página 3 de la CD-2019-74999871-APN-DGDMTMPYT, perteneciente al EX-2019-72325220-APN-DGDMTMPYT, conforme lo dispuesto por la Ley N14.250 t.o.2.004
ARTICULO 2.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO
DEL AGUA Y LA ENERGIA, por la parte sindical, y la empresa DUKE ENERGY CERROS COLORADOS SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, obrante en la página 174 de la CD-2019-74999871-APN-DGDMTMPYT, perteneciente al EX-2019-72325220-APN-DGDMTMPYT, conforme lo dispuesto por la Ley N14.250 t.o.2.004
ARTICULO 3.- Declarase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO
DEL AGUA Y LA ENERGIA, por la parte sindical, y la empresa ORAZUL ENERGY CERROS COLORADOS SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, obrante en las páginas 198/199 de la CD-2019-74999871-APN-DGDMTMPYT, perteneciente al EX-2019-72325220-APN-DGDMTMPYT, conforme lo dispuesto por la Ley N14.250 t.o.2.004
ARTICULO 4.- Declarase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO
DEL AGUA Y LA ENERGIA, por la parte sindical, y la empresa ORAZUL ENERGY CERROS COLORADOS SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, obrante en las páginas 205/207 de la CD-2019-74999871-APN-DGDMTMPYT, perteneciente al EX-2019-72325220-APN-DGDMTMPYT, conforme lo dispuesto por la Ley N14.250 t.o.2.004
ARTICULO 5.- Declarase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO
DEL AGUA Y LA ENERGIA, por la parte sindical, y la empresa ORAZUL ENERGY CERROS COLORADOS SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, obrante en las páginas 4/6 de la CD-2019-75005988-APN-DGDMTMPYT, perteneciente al EX-2019-72325220-APN-DGDMTMPYT, conforme lo dispuesto por la Ley N14.250 t.o.2.004
ARTICULO 6.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro de los instrumentos obrantes en las páginas 3, 174, 198/199, y 205/207 de la CD-201974999871-APN-DGDMTMPYT, y en las páginas 4/6 de la CD-2019-75005988-APN-DGDMTMPYT, ambos del EX-2019-72325220-APN-DGDMTMPYT.
ARTÍCULO 7.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, remítase las actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976
y sus modificatorias. Por último, procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N183/95 E
ARTÍCULO 8.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos homologados, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 9.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 07/01/2021 N339/21 v. 07/01/2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date07/01/2021

Page count56

Edition count9369

Première édition02/01/1989

Dernière édition17/06/2024

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