Boletín Oficial de la República Argentina del 12/06/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 12 de junio de 2015

Pág.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 314/2015
Autorízase contratación en la Dirección Nacional de Promoción del Empleo 8
MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decisión Administrativa 287/2015
Dase por autorizada contratación en la Dirección General Técnica Jurídica 8
MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decisión Administrativa 288/2015
Dase por autorizada contratación en la Dirección General Técnica Jurídica 8
MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decisión Administrativa 301/2015
Dase por autorizada contratación en la Dirección Nacional de Migraciones 9

BOLETIN OFICIAL Nº 33.149

2

Art. 7 Derógase el artículo 8 de la Decisión Administrativa N669 de fecha 20 de diciembre de 2004.
Art. 8 El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a los créditos asignados a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 9 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2
XI. JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE
SUSBSECRETARIA DE PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD
OBJETIVOS

RESOLUCIONES
TRANSPORTE PORAUTOMOTOR DEPASAJEROS
Resolución 926/2015-ST
Base Tarifaria de Aplicación. Aprobación 9
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 3779-AFIP
Procedimiento. Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Responsables inscriptos y sujetos exentos en el impuesto al valor agregado. Resoluciones Generales N2.485 y N2.904, sus respectivas modificatorias y complementarias, y N3.749. Norma complementaria y modificatoria 10

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos 11

AVISOS OFICIALES

1. Asistir a la SECRETARIA DE GABINETE en la formulación de un marco regulatorio específico que propicie la identificación y protección de las infraestructuras críticas del SECTOR PUBLICO
NACIONAL, y a las organizaciones civiles, del sector privado y del ámbito académico que así lo requieran, fomentando la cooperación y colaboración de los mencionados sectores.
2. Entender en la elaboración de la ESTRATEGIA NACIONAL DE PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD.
3. Entender en las acciones de supervisión, monitoreo, análisis y detección de los activos críticos de información, en el ámbito de su competencia.
4. Entender en los procesos relativos al accionar del equipo de respuesta a emergencias informáticas a nivel nacional CERT NACIONAL.
5. Elaborar políticas de capacitación para el SECTOR PUBLICO NACIONAL y contribuir a la capacitación de las organizaciones civiles, del sector privado y del ámbito académico en la temática de su competencia, que así lo requieran.
6. Elaborar normas y estándares referidos a la seguridad de la información del SECTOR PUBLICO NACIONAL.
7. Desarrollar programas de asistencia a los organismos del SECTOR PUBLICO NACIONAL y a las provincias y municipios que así lo requieran y articular con sectores académicos y privados las acciones en el ámbito de su competencia.

Nuevos 13

ANEXO I

REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. 13
Anteriores 59

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Incorpórase al Anexo I del artículo 1 del Decreto N 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada, Apartado XI, la SUBSECRETARIA DE
PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD
en el ámbito de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 2 Incorpóranse al Anexo II del artículo 2 del Decreto N357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios Objetivos, en el Apartado XI, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y
CIBERSEGURIDAD dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.
Art. 3 Suprímense los Objetivos 5 y 6 de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aprobados en el Anexo II al artículo 2 del Decreto N357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.
Art. 4 Apruébase la estructura organizativa de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte integrante de este Decreto.
Art. 5 Transfiérese el PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD dependiente de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE
INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de la DIRECCION NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 6 Facúltase al señor SUBSECRETARIO DE PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS a aprobar la Política de Seguridad Modelo y dictar las normas aclaratorias y complementarias de la Decisión Administrativa N669 de fecha 20 de diciembre de 2004. El Subsecretario de Protección de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS podrá delegar en el Director Nacional de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad dichas facultades.

ANEXO II
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE
SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION
Y CIBERSEGURIDAD
DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAS CRITICAS DE INFORMACION Y CIBERSEGURIDAD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en todos los aspectos relativos a la ciberseguridad y protección de las infraestructuras críticas, comprendiendo la generación de capacidades de detección, defensa, respuesta y recupero ante incidentes del SECTOR PUBLICO NACIONAL.
ACCIONES:
1. Entender, asistir y supervisar en los aspectos relativos a la seguridad y privacidad de la información digitalizada y electrónica del SECTOR PUBLICO NACIONAL.
2. Elaborar normas y estándares destinados a incrementar los esfuerzos orientados a elevar los umbrales de seguridad en los recursos y sistemas relacionados con las tecnologías informáticas en el ámbito del SECTOR PUBLICO NACIONAL.
3. Dictar la POLITICA DE SEGURIDAD MODELO DE LA INFORMACION.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/06/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date12/06/2015

Page count60

Edition count9376

Première édition02/01/1989

Dernière édition24/06/2024

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