Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 7 de mayo de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.878

28

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº484/2014

Resolución Nº487/2014

Tope Nº286/2014

Tope Nº281/2014

Bs. As., 3/4/2014

Bs. As., 3/4/2014

VISTO el Expediente Nº174.938/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº166 del 14 de febrero de 2014, y
VISTO el Expediente Nº 1.575.527/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº177 del 14 de febrero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/7 del Expediente Nº174.938/13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA
BLANCA, por el sector gremial, y la empresa MASA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº166/14 y registrado bajo el Nº246/14, conforme surge de fojas 41/43 y 46, respectivamente.

CONSIDERANDO:
Que a fojas 4 vta. y 5 vta. del Expediente Nº1.591.534/13, agregado como fojas 16 al principal, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE OBREROS, ESPECIALISTAS
Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE SANTA
FE, por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº821/06 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº177/14 y registrado bajo el Nº238/14, conforme surge de fojas 26/28 y 31, respectivamente.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que según surge de las escalas salariales, el incremento salarial pactado será aplicable a los trabajadores dependientes de la empresa MASA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA que cumplen funciones en la Planta Mega.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que en consecuencia, el promedio de las remuneraciones que se fija por la presente, del cual surge el respectivo tope indemnizatorio, resultará limitado al ámbito de aplicación personal del acuerdo de marras.

Que a fojas 37/41, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que a fojas 54/58, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº628 y Nº2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o.
1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº166 del 14 de febrero de 2014 y registrado bajo el Nº246/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES
DE BAHIA BLANCA y la empresa MASA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, para los trabajadores dependientes de esta firma que cumplen funciones en la Planta Mega, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº628 y Nº2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº177 del 14 de febrero de 2014 y registrado bajo el Nº238/14 suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E
INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE SANTA FE, por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

ANEXO

Expediente Nº1.575.527/13

Expediente Nº174.938/13

PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DEL PERSONAL
DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES
DE BAHIA BLANCA
C/
MASA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/04/2013
01/09/2013
01/01/2014

PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 10.709,00
$ 11.174,60
$ 11.733,33

TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 32.127,00
$ 33.523,80
$ 35.199,99

PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS
DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA
DE LAS TELECOMUNICACIONES
DE SANTA FE
C/
TELECOM ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/07/2013
01/01/2014

PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 11.161,27
$ 12.458,48

TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 33.483,81
$ 37.375,44

CCT Nº821/06 E

CCT Nº350/99 E - Planta Mega
Expediente Nº174.938/13

Expediente Nº1.575.527/13

Buenos Aires, 08 de Abril de 2014

Buenos Aires, 08 de abril de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº484/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 286/14 T. VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº487/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 281/14 T. VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date07/05/2014

Page count28

Edition count9374

Première édition02/01/1989

Dernière édition22/06/2024

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