Boletín Oficial de la República Argentina del 15/02/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Buenos Aires, jueves 15
de febrero de 2007

Año CXV
Número 31.096
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales Sumario
DECRETOS
Pág.

DECRETOS

TRANSPORTE
Decreto 98/2007

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
2087/2006
Prorrógase a partir del vencimiento del plazo determinado en el artículo 2º del Decreto 1185/2005, la designación transitoria del Director de Aprovechamiento de Recursos en el ámbito de esta Administración, como excepción de lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III, y VI, artículo 71
primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº993/91 T.O. 1995, y por el artículo 1º del Decreto Nº1140/2002, en lo que concierne a la aprobación de la estructura organizativa conforme lo establecido en el artículo 19 del Decreto Nº357/2002.

4

ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G.
MALBRAN
2091/2006
Dase por prorrogada la designación transitoria del Jefe del Departamento Administración del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Dr. Emilio Coni, integrante de esta Administración Nacional, entidad descentralizada en el ámbito del Ministerio de Salud.

5

INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
2088/2006
Dase por designada con carácter transitorio a la Directora de Fomento de este Instituto, organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

4

Bs. As., 6/2/2007

MINISTERIO DE DEFENSA
104/2007
Prorrógase el plazo fijado en el Artículo 2º del Decreto Nº240/2006, por el cual se designó con carácter transitorio y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y Título VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº993/91 T.O. 1995, Director General de Planificación Tecnológica e Industrial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento de este Ministerio.

3

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
105/2007
Dase por prorrogado el término establecido en el artículo 1º del Decreto Nº657/06, con respecto al cargo de Director de Presupuesto dependiente de la Dirección General de Administración y Gestión Financiera de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de este Ministerio.

3

2092/2006
Dase por designado con carácter transitorio el Director Nacional de Coordinación Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria dependiente de la Secretaría de Políticas Universitarias, a cuyo fin tiénese por exceptuado a este Ministerio de las limitaciones establecidas por el Artículo 7º de la Ley Nº26.078 y de lo dispuesto por el Título III, Capítulo III y Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº993/91 T.O. 1995.
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
2090/2006
Dase por exceptuado a este Ministerio de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº26.078 y de lo dispuesto por los Títulos III - Capítulo III - y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº993/91 T.O. 1995, a efectos de cubrir el cargo de Director Nacional de Vías Navegables, existente en la Planta Permanente de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Secretaría de Transporte.
PRESIDENCIA DE LA NACION
2086/2006
Dase por prorrogada la designación del Director de Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Gestión Administrativa y Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Cultura, con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y Título VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº993/91 T.O. 1995.
2089/2006
Dase por prorrogada la designación transitoria del Director Nacional de Patrimonio y Museos de la Secretaría de Cultura.
Continúa en página 2

Sustitúyese el Artículo 1º del Decreto Nº 564/2005 y los Artículos 1º y 2º del Decreto Nº 1488/2004 y sus modificatorios, prorrógase el plazo previsto en el Artículo 5º del Decreto Nº 652/2002 y sus modificatorios, sustitúyese el Artículo 2º del Decreto Nº 118/2006. Régimen de Compensaciones Complementarias del Sistema Integrado de Transporte Automotor. Control de empresas beneficiarias. Coeficientes de Participación Federal. Autoridad de Aplicación.

6

VISTO el Expediente Nº S01:0155297/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.028 estableció en todo el territorio de la Nación, con afectación específica al desarrollo de proyectos de infraestructura vial y/o a la eliminación o reducción de los peajes existentes, a hacer efectivas las compensaciones tarifarias a las empresas de servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor, a la mejora y profesionalización de servicios de transporte de carga por automotor y a los subsidios e inversiones para el sistema ferroviario de pasajeros o de carga, un impuesto sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o importación, de gas oil o cualquier otro combustible líquido que lo sustituya en el futuro, destinado a regir hasta el 31 de diciembre de 2010.
Que por el Artículo 12 del Decreto Nº 976 de fecha 31 de julio de 2001 se creó el FIDEICOMISO, constituido por los recursos provenientes de la Tasa sobre el Gasoil y las Tasas Viales creadas por el Artículo 7º del Decreto Nº 802 de fecha 15 de junio de 2001.
Que el HONORABLE CONGRESO DE LA
NACION dispuso la prórroga de la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario Nº 25.561 y sus modificatorias hasta el 31 de diciembre de 2007.

Que, en consecuencia, corresponde en esta instancia extender hasta la finalización de la emergencia pública declarada por el Artículo 1º de la Ley Nº 25.561 y sus modificatorias, la vigencia de los Decretos Nº 564 de fecha 1º de junio de 2005 y sus modificatorios, Nº 118 de fecha 3 de febrero de 2006 y Nº 678
de fecha 30 de mayo de 2006, por los que se dispuso la afectación hasta el 31 de diciembre de 2006 de los recursos cuyos beneficiarios se establecen en el Artículo 1º de la ley Nº 26.028.
Que asimismo resulta necesario modificar hasta igual fecha el período establecido por el Artículo 1º del Decreto Nº 1488 de fecha 26 de octubre de 2004 y sus modificatorios.
Que el Artículo 1º del Decreto Nº 678/06 estableció el REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS RCC al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR SISTAU, destinado a compensar los incrementos de costos incurridos por las empresas de servicios de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano bajo jurisdicción nacional que prestan servicios en el ámbito geográfico delimitado por el Artículo 2º de la Ley Nº 25.031 y en la órbita de las unidades administrativas establecidas por Resolución Nº 168 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el marco de lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto Nº 656 de fecha 29 de abril de 1994.
Que el Artículo 6º del Decreto Nº 678/06 facultó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a otorgar, con carácter provisorio y sujeto a los términos, condiciones y criterios que la misma establezca, hasta tanto fije el procedimiento definitivo a aplicar, idéntico tratamiento al establecido por los artículos 6º y 9º del Decreto Nº 564/05, respecto de la aplicación de los fondos del REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS RCC del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR SISTAU previstos en los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 678/06 a las empresas de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano bajo jurisdicción provincial y municipal dentro del ámbito geográfico determinado por el Artículo 2º de la Ley Nº 25.031 y en las unidades administrativas establecidas por Resolución Nº 168/95 de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

5

4

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº538.103

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
5

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/02/2007 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/02/2007

Page count44

Edition count9349

Première édition02/01/1989

Dernière édition28/05/2024

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