Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 5 de julio de 2004

BOLETIN OFICIAL Nº 30.435

3

Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios
CONSIDERANDO:
Que en atención a las necesidades operativas del área mencionada, resulta necesaria la designación de nuevos Notificadores en dicha jurisdicción.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas II.
Que la Dirección de Asuntos Legales Administrativos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.
Que de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

GANADO BOVINO PARA
EXPORTACION
Disposición 955/2004

Nuevo Título Colección de Separatas del
Modifícase el Anexo I de la Disposición Nº 292/2003, referida a las características que deben reunir las caravanas que se utilicen para la identificación de bovinos destinados a faena para exportación.

BOLETIN OFICIAL

Bs. As., 22/6/2004
VISTO el expediente Nº 3343/2003 la Resolución Nº465 del 18 de octubre de 2001, ambos del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y la Disposición Nº 292 del 18 de marzo de 2003
de la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios del citado Servicio Nacional, y
TEXTOS DE CONSULTA OBLIGADA

Por ello, CONSIDERANDO:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Artículo 1º Designar como Notificadores para que actúen conforme a la Ley Nº 11.683
texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, en jurisdicción de la Dirección Regional San Juan, a los agentes Adolfo Adrián BELMONTE Legajo Nº 37.063/01 - D.N.I. Nº 16.865.063, Alejandro CORTEZ Legajo Nº 34.516/08 D.N.I. Nº 14.609.669, Manuel Francisco MONTIVERO MIRANDA Legajo Nº 38.171/15 D.N.I. Nº 14.474.945, Gregorio Alejandro PEREZ Legajo Nº 90.702/88 - D.N.I.
Nº 12.887.230, Sergio Andrés QUIROGA Legajo Nº 31.320/94 - D.N.I. Nº 11.102.818, Graciela Marina SASTRE Legajo Nº 38.654/87 D.N.I. Nº 17.923.762, Pablo Javier AUBONE
DEMARTINI Legajo Nº 62.252/82 - D.N.I.
Nº 24.234.823, Nélida Daniela BOTTO Legajo Nº 62.283/27 - D.N.I. Nº 25.319.574, Dar í o Gabr iel BUSTOS MENDEZ Legajo Nº 63.005/41 - D.N.I. Nº 24.660.186, Fabio Ignacio CABRERA Legajo Nº 62.291/17 - D.N.I.
Nº 24.972.180, Rober to Federico CONTE
GRAND BIANCO Legajo Nº 62.319/21 - D.N.I.
Nº 24.426.922, Fernando Germán FEMIA
Legajo Nº 62.356/39 - D.N.I. Nº 25.823.282, S e r g i o A r iel FUENTES NAVAS Legajo Nº 62.372/19 - D.N.I. Nº 25.319.111, Ivana Emilse MANINI Legajo Nº 62.450/80 - D.N.I.
Nº 22.159.470, Sergio Alfredo MILLAN Legajo Nº 62.469/90 - D.N.I. Nº 22.677.661, Guil l e r mo RAMOS BERNASCONI Legajo Nº 63.013/31 - D.N.I. Nº 24.948.371, Rafael Alejandro SERRA MESTRE Legajo Nº 62.558/83
- D.N.I. Nº 25.167.519, Mauricio Andrés SIRI
JALIL Legajo Nº 62.563/32 - D.N.I.
Nº 25.118.278, Mauricio Javier SUAREZ SILVA
Legajo Nº 62.579/11
D.N.I.
Nº 25.167.218, Gustavo Marcelo YAFAR Legajo Nº 62.604/95 - D.N.I. Nº 22.958.930, Fa biá n E n r iq ue FONTEMACHI Legajo Nº 62.102/12 - D.N.I. Nº 18.562.880, María Verónica GONZALEZ MUÑOZ Legajo Nº 62.394/51 - D.N.I. Nº 26.510.535, María G a br iela LLOVERAS ROMERO Legajo Nº 62.434/00 - D.N.I. Nº 26.511.391, Rogelio Daniel FERNANDEZ Legajo Nº 84.265/62 D.N.I. Nº 23.735.672, Sergio Ramón PRADO
Legajo Nº 35.564/58 - D.N.I. Nº 21.592.121, Fer n a n d o Facundo ROBLEDO Legajo Nº 91.952/72 - D.N.I. Nº 11.855.830, Julio Diego del Valle BRAVO Legajo Nº 30.422/14 D.N.I. Nº 10.133.765, Claudia Anabel AFUR
Legajo Nº 36.884/13 - D.N.I. Nº 18.510.353, Patricia Mabel BRIZUELA Legajo Nº 37.155/24
- D.N.I. Nº 20.253.231, Analía del Valle BUSTOS Legajo Nº 30.442/48 - D.N.I.
Nº 13.341.118, Elio del Valle CASAS SEGUI
Legajo Nº 34.399/01 - D.N.I. Nº 14.862.668, María Arsenia ROMERO Legajo Nº 62.191/04
- D.N.I. Nº 21.356.060, Ana Lía SCALISI Legajo Nº 39.039/63 - D.N.I. Nº 22.714.335 y Raúl Oscar SALINAS Legajo Nº 92.022/53 - D.N.I.
Nº 21.899.481.
Art. 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.
Nº 451.988

Que en la mencionada Disposición Nº 292/2003
se establecieron las características que deben reunir las caravanas que se utilicen para la identificación de bovinos destinados a faena para exportación, entre ellas el formato al que se debe ajustar el número de Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios RENSPA impreso en las mismas.

Propiedad Horizontal - Ley 13.512 - Prehorizontalidad - Ley Propiedad Horizontal - Ley 13.512
Prehorizontalidad - Ley 19.724
Normas modificatorias y complementarias
19.724 Normas modificatorias y complementarias
Que corresponde modificar tal formato a los fines de que el mismo coincida con lo que al respecto establece el artículo 6º de la Resolución Nº 465/2001.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial
$5

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto, conforme lo establecido por el Anexo II del Decreto Nº 1585
del 19 de diciembre de 1996, y la Resolución Nº 2162 del 29 de noviembre de 2000 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Por ello, EL DIRECTOR
DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS
FARMACOLOGICOS Y VETERINARIOS
DISPONE
Artículo 1º Modifíquese el Anexo I de la Disposición Nº 292 del 18 de marzo de 2003 de la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en lo que se refiere al formato del número de Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios RENSPA, que las caravanas deben llevar impreso en su dorso, quedando redactado de la siguiente forma:

VENT
AS
VENTAS
Sede Central, Suipacha 767, Capital 11.30 a 16 hs.
Delegación TTribunales, ribunales, Libertad 469, Capital 8.30 a 14.30 hs.
Delegación Colegio Público de Abogados, Av. Corrientes 1441, Capital 10.00 a 15.45 hs.

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Dorso: Se deberá grabar el número de RENSPA del productor que registra el animal bajo el formato, 99.999.9.99999.99, con un tamaño mínimo de cada dígito de CUATRO MILIMETROS, 4 mm, pudiendo ser impreso en dos líneas.
El primer y el segundo dígito corresponden al número de provincia, el tercero es un punto, desde el cuarto hasta el sexto corresponden al código de departamento, el séptimo es un punto, el octavo corresponde a la división de jurisdicciones de una oficina local, el noveno es un punto, desde el décimo hasta el decimocuarto corresponde al número que individualiza el predio y no se repite dentro de un mismo departamento o partido, el decimoquinto es un punto, y el decimosexto y decimoséptimo identifican los distintos productores que coexisten en él.
Los códigos de provincia son los establecidos en la Resolución Nº 465 del 18 de octubre de 2001
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Art. 2º La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Eduardo A. Butler.

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA:

Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 -Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo y en cumplimiento del Decreto Nº 1172 del 3 de diciembre de 2003, los anexos podrán visualizarse en forma libre y gratuita a través del sitio www.boletinoficial.gov.ar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/07/2004

Page count12

Edition count9375

Première édition02/01/1989

Dernière édition23/06/2024

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